Publicado por: El Comercio 31/7/2024
En octubre del año pasado una operación privada agitó las aguas en España. En una operación que involucró 2.100 Millones de Euros, Saudi Telecom Company (STC) – empresa controlada por un fondo soberano de Arabia Saudita- adquirió el 9,9% de acciones de Telefónica (4,9% en acciones y 5% en instrumentos financieros convertibles en acciones). El anuncio motivó preocupaciones de algunos actores.
Pedro Sanchez – Presidente del Gobierno Español- mencionó que el Gobierno se encontraba analizando la operación para garantizar que se encuentre a salvo la defensa y la seguridad nacional: “el límite que existe para la inversión extranjera es la protección de nuestros legítimos intereses nacionales.”
De lo que se conoce hasta la fecha, la operación aún no se ha completado. Para hacer efectiva la conversión de los instrumentos financieros en acciones con derecho a voto (que le permitirían a STC el acceso al Directorio de la empresa), se requiere del visto bueno del Gobierno. La solicitud se encuentra pendiente.
Los mecanismos para el control de inversión extranjera se han puesto de moda en los últimos años al ritmo de las tensiones geopolíticas en el mundo. La inversión extranjera en ciertos sectores es vista con recelo, en especial de Estados o sus empresas.
En el 2020, la Comunidad Europea aprobó una directiva para orientar y alinear el establecimiento de este tipo de controles al interior de los países miembros. Regulación parecida también existe en UK y Estados Unidos.
El objetivo de estos mecanismos es velar porque la inversión extranjera no afecte el interés y la seguridad nacional, sea lo que eso signifique. En algunos casos, se identifican “sectores estratégicos” donde la inversión es vista con especial cuidado (materiales avanzados, tecnología crítica, robótica, ciberseguridad, fabricación de productos químicos, etc.). El inversor queda sometido a procesos previos de notificación y aprobación por alguna entidad especializada (nunca la agencia de competencia), quien puede rechazarla o condicionarla a la adopción de ciertas medidas. En simple, la casa se ha reservado el derecho de admisión.
Nuestra situación contrasta con ese panorama. Nosotros no tenemos ningún régimen de control que se le parezca. Convivimos con inversión de Estados extranjeros desde hace tiempo. Hasta hace muy poco el Estado Italiano controlaba uno de los principales grupos de generación y distribución de electricidad del país (Enel). Nadie se hizo problemas. Como nadie se ha hecho problemas con la mega inversión de origen chino en el puerto de Chancay. Muchos andan saltando en una pata.
Pero los ánimos pueden cambiar. Si eso sucede, no tendremos un mecanismo para procesar esas preocupaciones (reales o imaginarias) y la presión saldrá por donde no debe. En el pasado, se trató de utilizar a Indecopi (que nada tiene que ver en el asunto) para frenar las inversiones chilenas en el sector eléctrico. Eso no es bueno para fomentar inversión. Restringir la entrada de inversión extranjera es una mala idea; pero hacerlo sin reglas claras, es peor. Se requieren reglas para canalizar estas preocupaciones. No esperemos una tormenta para establecerlas.
Alejandro es Máster en Regulación por el London School of Economics and Political Sciences, Reino Unido. Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Tiene práctica en las áreas de Derecho de la Competencia, Regulación Económica, Regulación en Telecomunicaciones, Energía y Transporte, Responsabilidad Civil Extracontractual, Contratos y Arbitraje. Cuenta con un nivel fluido de inglés.