Publicado por: BFE+
Según datos recogidos por Consultoría Económica de BFE+1, a 2021 el 46% de adultos de bajos ingresos en el país tenía una cuenta en alguna institución financiera y 53% de las mujeres peruanas tenía acceso al sistema financiero2. En ese contexto, en 2021, las Fintech de micropréstamos3 colocaron, aproximadamente, USD 60 millones4 dirigidos a financiar necesidades de corto plazo. 195 512 clientes fueron atendidos por agencias de cambio Fintech5. Y el uso de billeteras digitales como medio de pago para transacciones de bajo valor alcanzó una participación de 25.4%, por encima incluso que las tarjetas de débito6. Estos datos reflejan el crecimiento que las soluciones financieras digitales han tenido en los últimos años en el país y su relevancia como herramientas para promover mayor inclusión financiera.
Tomando en cuenta lo anterior, la Dirección Nacional de Investigación y Promoción de la Libre Competencia del Indecopi (DLC) ha emitido su “Informe Preliminar del Estudio de Mercado del Sector Fintech en el Perú”. Según Indecopi, “resulta particularmente relevante analizar el mercado del sector Fintech debido al rol disruptivo de estas empresas que se caracterizan por su capacidad para dinamizar los servicios financieros a partir del aprovechamiento de tecnologías digitales, impulsando la inclusión financiera en poblaciones no atendidas” 7. El Informe analiza las condiciones de competencia existentes en los mercados en los que participan las empresas Fintech y contiene recomendaciones preliminares dirigidas al BCRP8, a la SBS9 y a las entidades del sistema financiero, las cuales serán objeto de comentarios y aportes de los interesados para la posterior aprobación del informe final.
Entre las recomendaciones, resalta aquella destinada a que las empresas del sistema financiero revisen y adecúen sus políticas para garantizar que no se deniegue de manera injustificada o discriminatoria la apertura o mantenimiento de cuentas para las empresas Fintech que lo requieran, estableciendo condiciones transparentes y debidamente informadas a los usuarios. Esto resulta particularmente relevante para las casas de cambios Fintech que suelen buscar la apertura de cuentas en los bancos con mayor número de clientes para acceder al mayor número de usuarios posibles y reducir los costos de transferencias interbancarias10. En un escenario en el que estas Fintech compiten con las soluciones específicas de cambio de moneda de los bancos, evaluar y adoptar las acciones que resulten necesarias para evitar cierres o aperturas injustificadas de cuentas es una medida de prevención de riesgos de infracciones a las normas de libre competencia. En esa línea, por su impacto en costos, también se ha recomendado la evaluación de recientes incrementos aplicados a los cobros bancarios por transferencias realizadas por las Fintech11.
Dada la necesidad de que las Fintech cuenten con diversos datos para el desarrollo de su oferta comercial, la DLC también ha resaltado que actualmente no existe en funcionamiento ningún mecanismo que permita que estas empresas digitales puedan acceder a los datos transaccionales de los bancos. En otras jurisdicciones, las entidades bancarias no solo han recibido órdenes para crear mecanismos que permitan dar acceso a sus datos para promover la competencia, si no que también se ha investigado como posibles conductas anticompetitivas la negativa a brindar acceso a dicha información o la creación de barreras para el uso de la misma.
Luego de una investigación sobre el mercado bancario, en 2017 la autoridad de competencia de Reino Unido (CMA por sus siglas en inglés) ordenó a los nueve bancos más grandes de Reino Unido e Irlanda crear una entidad Open Banking para que sus clientes puedan compartir su historial de transacciones de forma segura con terceros. Como consecuencia de esta iniciativa promovida por la autoridad, actualmente la Open Baking Implementation Entity cuenta con 7 millones de usuarios activos, entre consumidores y pequeñas y medianas empresas12. En Brasil, en 2019, el banco Bradesco enfrentó una investigación por parte de la autoridad de competencia por haber implementado restricciones al acceso a datos de sus clientes por parte de Guiabolso, aplicativo de planificación financiera. El proceso concluyó con un aporte de UDS 4.6 millones aproximadamente y un compromiso de desarrollar una interfaz de conexión para que el aplicativo pueda acceder a datos de clientes que previamente hubieran dado su consentimiento para ello13.
En este caso, el Indecopi ha recomendado a la SBS que impulse una agenda de trabajo con hitos principales para la implementación progresiva del Open Banking u Open Finance, en coordinación con el BCRP, la APDP14 y el propio Indecopi.
Indecopi ha adoptado una estrategia de promoción de la competencia en relación con el mercado de las Fintech, antes que una estrategia de investigación y sanción. Algunos de los problemas identificados en su Informe podrían haber sido objeto de una indagación por parte de la autoridad para evaluar si existían indicios razonables para el inicio de un procedimiento administrativo sancionador. En cambio, al menos por el momento, la DLC ha adoptado una actitud propositiva y no inquisidora. Esta estrategia del Indecopi es consistente con la experiencia de otras agencias de competencia que han optado por acercarse al estudio de los mercados de servicios financieros digitales a través de herramientas de abogacía de la competencia15.
El uso de la herramienta de estudios de mercado puede ser la forma más efectiva y eficiente para promover la eliminación de algunas restricciones regulatorias o conductas empresariales que podrían obstaculizar la competencia en mercados como el de las Fintech. El nivel de dinamismo de los mercados tecnológicos, la duración de los procesos de investigación y sanción y la asimetría informativa entre la autoridad y los agentes privados pueden ser elementos que disminuyan la eficacia de una decisión de sanción y de medidas correctivas. Como ejemplos del mundo digital vale la pena mencionar el caso de Google Shopping en el que la Comisión Europea impuso al gigante tecnológico una multa de 2.4 billones de euros luego de ocho años de proceso o la decisión de la Corte de Justicia Europea que resolvió la apelación del caso Intel en 2015 en relación con una conducta que habría tenido lugar entre 2002 y 200716.
En un contexto de reducida inclusión financiera, mayor crecimiento de las Fintech y poco conocimiento profundo de las industrias digitales, la estrategia de estudio de mercado adoptada por el Indecopi para abordar los problemas que podrían estar afectando este mercado es positiva. Además, seguramente también viene siendo una oportunidad para conocer el mercado y fortalecer futuras acciones de investigación y sanciones por posibles conductas anticompetitivas. Esperemos que esta estrategia motive cambios voluntarios que mejoren las condiciones de competencia en el mercado de las Fintech.
1 Ver: https://33h178.a2cdn1.secureserver.net/wp-content/uploads/2023/04/Diapositiva2.jpg
2 Se considera que tuvieron acceso al sistema financiero por haber reportado que contaban al menos una cuenta en alguna institución financiera.
3 Montos entre S/. 100 y S/. 2000.
4 Monto resultante de aplicar el tipo de cambio promedio del BCRP del año 2021 al monto de S/231 millones asociado al Volumen de préstamos desembolsados por las Fintech
5 Entendidas como proveedores de servicios financieros a través de la tecnología y medios digitales.
6 INDECOPI. Informe Preliminar del Estudio de Mercado del Sector Fintech en el Perú. Marzo 2023. Disponible en: https://bit.ly/3UI7icL
7 Ibidem. p. 7.
8 Banco Central de Reserva del Perú.
9 Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.
10 INDECOPI. Op. Cit. p. 40
11 INDECOPI. Op. Cit. p. 108-109.
12 Ver: https://www.openbanking.org.uk/about-us/
13 Ver: https://bit.ly/3mtghln
14 Autoridad de Protección de Datos Personales.
15 El propio informe se refiere al Reino Unido (2021), Canadá (2017), Países Bajos (2017), Portugal (2018), Grecia (2021) y México, jurisdicción que recientemente inicio un estudio de mercado sobre servicios financieros digitales. INDECOPI. Op. Cit. p. 7.
16 OECD. Using market studies to tackle emerging competition issues. 2020. Disponible en: https://bit.ly/3UO18I3
Andrea es la primera socia que ha desarrollado toda su carrera profesional con nosotros. Inició su carrera como practicante pre-profesional en BFE+ y cuenta con 12 años de experiencia, 6 de ellos como Asociada Senior. Es Máster en Derecho (LL.M.) por la Universidad de Chicago, Estados Unidos y abogada por la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú.