“El decreto supremo es un mamarracho jurídico. Y ojalá solo fuera eso. Es, además, una arbitrariedad”.
Quien no da razones para lo que hace, o no las tiene o no quiere darlas.
Actuar ejerciendo nuestro derecho a la libertad no requiere, en principio, de que se den explicaciones. No nos pueden exigir que demos razones de por qué vamos de un lugar a otro o por qué queremos quedarnos en nuestra casa.
Pero cuando el Estado pretende limitar la libertad tiene que dar razones. Es más. No solo tiene que darlas. Debe tener unas muy buenas. Ese es nuestro derecho, según la Constitución.
El acto de dar razones se llama “motivación”. Todo acto del gobierno debe estar debidamente motivado. Debe estar sustentado en una explicación clara y razonable. Y, para que no quede duda, la Ley del Procedimiento Administrativo General define: “No son admisibles como motivación la exposición de fórmulas generales o vacías de fundamentación para el caso concreto o aquellas fórmulas que, por su oscuridad, vaguedad, contradicción o insuficiencia no resulten específicamente esclarecedoras para la motivación del acto”.
Si Pedro Castillo y su primer ministro Aníbal Torres (supuestamente abogado) pretendían encerrarnos en nuestras casas, tienen el deber constitucional elemental de explicar, clarito, sin medias tintas y con todo detalle, por qué lo hacen. No cabe que motiven con balbuceos, ambigüedades, silencios o razones ocultas tras una declaración de “reserva” de información. No se puede decir que las razones están en un informe policial confidencial y que, por lo tanto, las explicaciones que nos merecemos no se pueden explicar.
Si los derechos pudieran suspenderse sin motivación entonces dejarían de ser derechos y se convertirían en privilegios concedidos o retirados por capricho o arbitrariedad. Mi libertad ya no sería mi derecho, sino el derecho del gobernante de turno.
El decreto supremo 034-2022-PCM de inmovilización social, por el que pretendieron privarnos de una serie de libertades, es una disposición vacía de contenido, pues no dice por qué nos quita lo que es nuestro. Es un mamarracho jurídico. Y ojalá solo fuera eso. Es, además, una arbitrariedad.
Efectivamente, en las protestas o movilizaciones sociales puede haber excesos. Y, efectivamente, se pueden cometer delitos. Para eso las leyes castigan esos delitos y nuestros impuestos se usan, entre otras cosas, para tener un sistema de seguridad policial y judicial que asegure que los infractores serán sancionados. Pero si en lugar de encerrar a los delincuentes el Estado decide encerrar a todos los ciudadanos, desvirtúa por completo su función. También se pueden reducir los asaltos en la calle prohibiendo que la gente salga de sus casas. No obstante, el remedio a la delincuencia no puede ser tratar a todos como delincuentes.
Castillo y Torres violaron la Constitución. De ello son responsables políticos y jurídicos. Pero, sobre todo, son responsables morales. Quitarnos la libertad es robarnos nuestra dignidad como seres humanos. Y, a diferencia de su decreto supremo, será muy fácil motivar por qué Castillo y Torres deben ser hechos responsables.
Máster en Derecho (LL.M.) por la Universidad de Yale, Estados Unidos. Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Doctor Honoris Causa por la Universidad Continental. Experiencia en Arbitraje Internacional y de Inversiones, Competencia, Regulación Económica, Derecho Civil y de Contratos, con enfoque en los sectores de construcción, seguros, energía, telecomunicaciones, minería, hidrocarburos, entre otros. Como abogado y experto, ha participado en 150 casos administrados bajo las reglas de CCI, CIADI, CIAC, CCL, Amcham y el Centro de Arbitraje de la PUCP. Como árbitro ha participado en más de 300 arbitrajes administrados por la CCI, CIADI, PCA, CIAC, CCL, Amcham, etc. Es el único latinoamericano que forma parte de la Corte de Arbitraje de London Court of International Arbitration. Forma parte del Consejo de administración del CEIA. Fue miembro de la Corte Internacional de Arbitraje de la CCI y Presidente de la Comisión Técnica del Ministerio de Justicia que elaboró la Ley de Arbitraje peruana. Hasta el 2000, fue miembro del Tribunal de INDECOPI. Hace más de 16 años es reconocido como Band 1 / Star Individual por Chambers & Partners, y es el único peruano reconocido en el ranking regional de International Arbitration por Chambers & Partners. Es reconocido como Global Elite Thought Leader por WWL.