Publicado por: Revista Industria Legal marzo de 2021 p.58-59
Las malas decisiones del Estado peruano en los últimos años, empeoradas por el COVID-19, han venido afectando a los inversionistas extranjeros, violando en muchos casos estándares protegidos en los tratados de inversión aplicables.
Varios de estos inversionistas ya han iniciado arbitrajes de inversión contra el
Perú por el incumplimiento de dichos estándares. Sin embargo, muchos otros se encuentran con una barrera a veces infranqueable: el tiempo y los costos que implica un arbitraje de inversión.
Buscando solucionar este problema, el CIADI ha estado considerando desde hace algunos años la inclusión de un «Arbitraje Acelerado», que le de acceso al arbitraje de inversión a empresas que de otra manera no podrían acceder a este mecanismo (siguiendo el ejemplo de otras instituciones arbitrales, como la CCI). Este cambio es parte de un grupo de reformas que, se espera, sean implementadas en el 2021.
De acuerdo con el Documento de Trabajo No. 4 del CIADI -que recoge todas las propuestas de reforma- el «‘Arbitraje Acelerado» tendría cuatro elementos principales: (i) aplicación solo bajo acuerdo (opt-in); (ii) un solo árbitro (regla default); (iii) plazos máximos para escritos, audiencia y laudo; y, (iv) cronograma único (no bifurcación).
La implementación de este mecanismo permitiría que el proceso acabe entre 16 y 18 meses después del registro de la Solicitud de Arbitraje. Comparado con los 49 meses que se suele tomar en promedio un arbitraje de inversión, la propuesta colaboraría de forma sustancial en resolver el problema de tiempo y costos.
Por ello, los inversionistas deberán estar atentos a la aprobación de esta reforma por parte del CIADI, así como a la aplicabilidad y conveniencia de la misma en cada potencial caso de inversiones que tengan.