Regulación & Competencia: Perú
NOTICIAS
EJECUTIVO: Publican proyecto de Reglamento Técnico de Etiquetado de Alimentos Genéticamente Modificados

El pasado 22 de enero, la Presidencia del Consejo de Ministros dispuso, mediante Resolución Ministerial N° 010-2025-PCM, la publicación de proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento Técnico sobre Etiquetado de Alimentos Genéticamente Modificados, y de su Exposición de Motivos, el cual busca establecer reglas para el etiquetado de alimentos envasados que incorporen componentes genéticamente modificados, sean nacionales o importados. El documento establece definiciones, criterios para el etiquetado de alimentos genéticamente modificados y reconoce al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) como supervisor del etiquetado de alimentos envasados en la puesta a disposición de dichos productos a los consumidores finales, pudiendo sancionar en materia de protección al consumidor. Adicionalmente, el Anexo 1 de dicho documento establece la nómina de productos comprendidos en su ámbito de aplicación, entre los cuales destacan leche y nata, yogurt, lactosuero, harinas, cereales, pescados, entre otros.
➔ Portal Institucional del INDECOPI (23/01/25)
EJECUTIVO: Aprueban nuevo Reglamento de la Ley de Contrataciones Públicas
El pasado 22 de enero, el Ministerio de Economía y Finanzas (“MEF”) aprobó, mediante Decreto Supremo N° 009-2025-EF, el Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas. El reglamento reconoce y promueve el principio del Valor por Dinero, que prioriza la calidad sobre el precio, a ser aplicado en la estrategia de contratación, y tanto para la evaluación de las ofertas técnicas como para las de bienes y servicios. Además, se desarrollan nuevos procedimientos de selección y ejecución contractual, como las compras públicas de Innovación, las compras centralizadas, y un marco específico para la regulación de la atención ante situaciones de emergencia. Cabe recalcar que, tras la publicación del reglamento, en noventa días calendario entrará en vigor el nuevo marco normativo, y en dicho periodo el MEF deberá emitir la normativa complementaria que abarca directivas y guías que brindarán herramientas adicionales para su aplicación.
➔ Diario Oficial El Peruano (23/01/25)
MTC: Publican proyecto de modificación del Reglamento de la Ley de Telecomunicaciones
A través de la Resolución Ministerial No. 028-2025-MTC/01.03, el Ministerio de Transporte y Comunicaciones (MTC) publicó para comentarios el proyecto de Decreto Supremo que modifica el numeral 1 del artículo 231 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo No. 020-2007-MTC. La modificación ajustó el canon anual por uso del espectro radioeléctrico. Las tarifas varían según el tipo de sistema (analógico o digital), la capacidad instalada y el número de estaciones o terminales. Para grandes concesionarios con más de 1,000 estaciones, el cálculo emplea una fórmula basada en la UIT, el ancho de banda (CAB), las bandas de frecuencia (CPB) y el tipo de servicio (CSE). Estas variables se revisarán cada tres años. Los interesados tienen 15 días calendario a partir de la publicación del proyecto para enviar sus comentarios.
➔ Diario Oficial El Peruano (21/01/2025)
OSIPTEL: Publican agenda temprana para aplicación del AIR en el periodo 2025
A través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva No. 008-2025-PE/OSIPTEL, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) publicó la agenda temprana para la aplicación del análisis de impacto regulatorio (AIR) para el periodo 2025. Las problemáticas identificadas se centran en la identificación de normas desactualizadas que no reflejan el mercado actual, trámites presenciales pese a los avances tecnológicos y requisitos complejos para reclamos de los usuarios. Además, se plantea promover la competencia en mercados de internet fijo y televisión de paga.
➔ Portal Institucional del OSIPTEL (17/01/2025)
MINEM: Anuncia publicación de norma para fiscalizar infraestructura de hidrocarburos en el litoral
El ministro de Energía y Minas (MINEM), Jorge Montero, anunció la próxima publicación de un Decreto Supremo para implementar una Fiscalización Orientativa de la infraestructura de hidrocarburos en el litoral peruano. Esta medida, a cargo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN), evaluará plataformas, ductos y terminales de empresas públicas y privadas desde Tumbes hasta Tacna. En su presentación ante la Comisión de Energía y Minas del Congreso, Montero también informó sobre los avances en el diseño y gestión del Proceso de Transformación Integral de la empresa Petróleos del Perú (Petroperú), el cual plantea medidas estratégicas y financieras para su sostenibilidad. Además, resaltó que Petroperú cerrará 2024 con utilidades de US$ 185 millones y no requerirá más salvatajes del Ejecutivo. Finalmente, el MINEM estableció 18 metas clave para hidrocarburos, electricidad y minería a cumplirse entre 2025 y 2026.
➔ Portal Institucional del MINEM (22/01/2025)
OSINERGMIN: Aprueba y modifica procedimientos técnicos del COES aplicables a termoeléctricas e hidroeléctricas
El Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Mina (OSINERGMIN) ha aprobado dos resoluciones clave para optimizar el sector eléctrico. Mediante Resolución No. 004-2025-OS/CD, se modificó y aprobó el Procedimiento Técnico del COES No. 17, enfocado en la determinación de la potencia efectiva y rendimiento de unidades termoeléctricas. Las actualizaciones incluyen ajustes en factores de corrección, ensayos de potencia y metodologías aplicables. Por otro lado, la Resolución No. 005-2025-OS/CD modifica el Procedimiento Técnico del COES No. 18, que regula la potencia efectiva en centrales hidroeléctricas, incorpora nuevos plazos para el envío y aprobación de información técnica. Ambos procesos contaron con comentarios de actores del sector y culminaron con la emisión de informes técnicos y legales que sustentan las modificaciones aprobadas. Las resoluciones completas y anexos están disponibles en el portal institucional de OSINERGMIN y el Diario Oficial El Peruano.
Diario Oficial El Peruano (21/01/25)
INDECOPI: Declaran barreras burocráticas ilegales la limitación del plazo de vigencia de la renovación para prestar transporte público, diversas exigencias municipales relacionadas con la licencia de funcionamiento y una limitación de comercializar gas licuado de petróleo en determinados lugares
La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) calificó de ilegales: (i) la limitación del plazo de vigencia de seis (06) años de la “renovación de la autorización municipal para prestar el servicio de transporte público regular de personas en la modalidad de auto colectivo”; (ii) diversas exigencias relacionadas con el otorgamiento de las licencias de funcionamiento, autorizaciones derivadas y/o conexas; y (iii) la limitación de comercializar gas licuado de petróleo a los lugares que cuentan con líneas de abastecimiento (de gas natural), durante el desarrollo de las actividades de plantas de aceite y harina de pescado y harina residual de pescado. Las razones para determinar su ilegalidad se detallan en las resoluciones correspondientes.
Diario El Peruano (22/01/2025)
Diario El Peruano (26/01/2025)
Diario El Peruano (26/01/2025)
INDECOPI: Inicia investigación por presunto dumping en importaciones de alambrón de acero de China.
En respuesta a la solicitud de la empresa Corporación Aceros Arequipa S.A. (CAASA); la Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) inició una investigación para determinar si las importaciones de alambrón originarios de la República de China durante el periodo de julio 2021 a junio 2024 están ingresando al mercado peruano bajo prácticas de dumping. Durante el periodo de análisis, las importaciones de alambrón crecieron en un 136.2%, y generado una reducción del 18.3% de los precios internos del producto.
➔ Diario El Peruano (23/01/25)
MTC: Aprueban Adenda No. 2 del Contrato de Concesión del Terminal de Embarque de Concentrados de Minerales en el Terminal Portuario del Callao
Mediante el Decreto Supremo No. 001-2025-MTC, se aprueba el texto de la Adenda No. 2 del Contrato de Concesión del Terminal de Embarque de Concentrados de Minerales en el Terminal Portuario del Callao, suscrito entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y Transportadora Callao S.A. Esta adenda modifica referencias contractuales a la tasa LIBOR, en cumplimiento de estándares financieros internacionales, y asegura el equilibrio económico-financiero del contrato. La aprobación implicó evaluaciones técnicas y legales por la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, OSITRAN y el MEF, concluyendo su viabilidad. La norma exceptúa la publicación en el diario oficial El Peruano, estableciendo que se realice en las plataformas digitales del MTC y APN por 15 días hábiles antes de su suscripción, conforme al Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional.
➔ Diario Oficial El Peruano (25/01/25)
OSITRAN: Dispone inicio de oficio de interpretación de la cláusula 1.13 del Contrato de Concesión del Tramo Vial Óvalo Chancay – Acos
El Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (OSITRAN), mediante la Resolución No. 0010-2025-PD-OSITRAN, inició de oficio el procedimiento de interpretación de la cláusula 1.13 del Contrato de Concesión del Tramo Vial Óvalo Chancay/Dv. Variante Pasamayo – Huaral – Acos. La medida responde a la solicitud de instalación de reductores de velocidad en el paradero “La Candelaria” por motivos de seguridad vial, en atención a comunicaciones previas del MTC y del Concesionario. La ambigüedad identificada radica en determinar si dicha actividad constituye “Conservación Vial Rutinaria” o una “Obra Adicional,” lo que afecta la asignación de responsabilidades. La Presidencia Ejecutiva fundamentó su decisión en el Informe Conjunto N° 00012-2025-IC-OSITRAN, bajo su facultad de emergencia dada la falta de quórum del Consejo Directivo.
➔ Diario Oficial El Peruano (26/01/25)
OSITRAN: Aprueban informes de revisión de las tarifas máximas de los servicios aeroportuarios prestados por la Corpac S.A.
El Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (OSITRAN) aprobó informes de revisión extraordinaria de tarifas máximas de servicios aeroportuarios, mediante Resolución de Presidencia No. 0008-2025-PD-OSITRAN, y la propuesta de revisión de tarifas de Navegación Aérea en Ruta (SNAR), Aproximación y Sobrevuelo, mediante Resolución de Presidencia No. 0009-2025-PD-OSITRAN, prestados por CORPAC S.A. Las resoluciones incluyen metodologías y principios económicos detallados, así como mecanismos de indexación por inflación basados en el índice de precios al consumidor de los Estados Unidos de Norteamérica (CPI). Estas revisiones tienen vigencia hasta el 31 de diciembre de 2027. Asimismo, se establecieron plazos para audiencias públicas y recepción de comentarios, garantizando la transparencia y la participación de las partes interesadas.
➔ Diario Oficial El Peruano (24/01/25)
➔ Diario Oficial El Peruano (24/01/25)
ARTÍCULOS

Alejandro Falla
Socio Regulación y Competencia
Días de furia
Este boletín recoge los principales hechos vinculados con las áreas de competencia y regulación en el país. La información presentada es de carácter público. BFE+ no incorpora investigación propia ni se hace responsable por su contenido.
Cualquier consulta llámanos al 621-1515 o escríbenos a: boletines@bullardfallaezcurra.com.
Oficina Lima
Calle Las Palmeras 310, San Isidro T +511 621 15 15
Oficina Madrid
Calle del Segre 20, 28002 Madrid T +34 649 967 589
BULLARD FALLA EZCURRA ABOGADOS S.L.U., Responsable del tratamiento de sus datos de carácter personal, le informa conforme a lo previsto en el RGPD de 27 de abril de 2016, que recaba y trata sus datos de carácter personal, aplicando las medidas técnicas y organizativas que establece el presente Reglamento con la finalidad de gestionar la relación que le vincula con el Responsable, así como poder remitirle cualquier tipo de comunicación a través de los medios designados al efecto. Usted da, como titular de sus datos, su consentimiento y autorización para dicho tratamiento. Podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición dirigiéndose al Responsable con dirección CALLE DE SEGRE 20, OFICINA 1, MADRID, 28002, MADRID.