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Lima, 25 de noviembre
2024 Año X

Lima, 25 de noviembre 2024
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Regulación & Competencia: Perú


NOTICIAS


OSITRAN: Puerto de Chancay está sujeto a la legislación peruana y a supervisión

La presidenta ejecutiva del OSITRAN, Verónica Zambrano, calificó como «inédita» la demanda de amparo presentada por Cosco Shipping Ports para limitar la supervisión del organismo sobre el megapuerto de Chancay. Zambrano sostuvo que el regulador actúa conforme a la ley peruana, que otorga a OSITRAN competencias de supervisión, regulación y fiscalización sobre puertos privados de uso público. Por su parte, la empresa alega que OSITRAN solo regula concesiones, interpretación que el regulador rechaza al destacar que sus funciones han sido comunicadas a la empresa desde 2017. Además, OSITRAN negó que estas acciones vulneren la estabilidad jurídica para inversiones, señalando que la normativa portuaria no exime del cumplimiento del marco jurídico general. Asimismo, aclaró que la regulación tarifaria solo aplica a monopolios u oligopolios, siendo Indecopi quien determinará si existe competencia en Chancay para que -de ser el caso- OSITRAN evalúe luego la posibilidad de desregular las tarifas entre los puertos.

Portal Institucional de OSITRAN (21/11/24)
Diario Gestión (20/11/24)


Cosco Shipping Ports publicó su tarifario de 139 servicios portuarios en el megapuerto de Chancay, destacando reducciones significativas frente al puerto del Callao. Según un análisis comparativo no oficial, el embarque/descarga de contenedores de 20 y 40 pies en Chancay sería entre 4.54% y 39.6% más barato que en el Callao, mientras que el trasbordo de contenedores muestra diferencias de hasta 81.59%. Sin embargo, los precios para contenedores vacíos son mayores en Chancay. Expertos en comercio exterior afirmaron que estas tarifas benefician especialmente a exportadores del norte del Perú, al reducir costos portuarios y logísticos hasta en un 25%. Además, el tránsito marítimo hacia Asia sería más eficiente, disminuyendo de 40 a 23 días. La APN añadió que entregará a OSITRAN un estudio clave encargado por este último para que INDECOPI determine si existe competencia entre ambos puertos, lo que impactará en la regulación tarifaria.

Diario Gestión (25/11/24)


Rutas de Lima ha comunicado públicamente el desacato de la MML respecto a la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que ordenó (i) la suspensión del cobro del peaje en Chillón y (ii) a la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) a construir una vía alterna para restablecer el cobro, lo cual no se ha cumplido hasta la fecha. Rutas de Lima ha indicado haber enviado múltiples comunicaciones sin respuesta y que su viabilidad financiera está en riesgo al no percibir ingresos por dicho tramo.

Diario El Comercio (25/11/24)


El Presidente Ejecutivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), Alberto Villanueva, anunció el lanzamiento del expediente electrónico que permitirá la optimización de los procedimientos reportados por los usuarios. En la primera fase, este mecanismo se aplicará exclusivamente a los nuevos casos de protección al consumidor y barreras burocráticas; y, en los próximos meses, se aplicará a todas las competencias de la institución. El expediente electrónico permitirá un ahorro anual alrededor de S/ 620.000, asimismo, un ahorro en el tiempo de redacción de las resoluciones que se generarán automáticamente y no de forma manual.

Diario El Comercio (20/11/24)


La Resolución Ministerial No. 266-2024-PCM suspendió al Presidente Ejecutivo del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL), Rafael Muente Schwarz, por 365 días sin goce de haber. Según el Reglamento de la Ley No. 27332, si un miembro del Consejo Directivo está suspendido más de 6 meses, se debe realizar un concurso público para su reemplazo. Así, el Reglamento del Concurso Público establece la conformación de un Comité de Selección, que será responsable de elegir a los postulantes al cargo de Presidente de OSIPTEL. Este Comité estará compuesto por representantes de la Presidencia del Consejo de Ministros, el Ministerio de Economía y Finanzas, y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo titulares y suplentes designados. La resolución formaliza la creación de este comité para llevar a cabo el proceso de selección. 

Portal Oficial El Peruano (19/11/2024) 


El grupo parlamentario Avanza País presentó un proyecto de ley que buscaría favorecer la tramitación célere, eficiente y justa de procedimientos realizados por los consumidores ante el Instituto Nacional de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI). En ese sentido, se busca incorporar el principio de eficacia y subsanación voluntaria. Dicho principio señala que los órganos de investigación, instrucción y resolutivos en materia de protección al Consumidor privilegian la subsanación de infracciones por parte de los proveedores a favor de los consumidores, para evitar el inicio de procedimientos sancionadores cuando existan alternativas igualmente idóneas. Asimismo, el proyecto en mención dispone que también cabe recurso de apelación contra resolución que declara infundada la denuncia, y que dicho recurso se concederá sin efecto suspensivo, salvo que la Comisión mediante resolución motivada señale que procede con efectos suspensivos. El proyecto también reconoce que las barreras burocráticas pueden estar materializadas a través de disposiciones administrativas o actuaciones materiales. Por último, dispone la modificatoria del artículo 14 del Decreto Legislativo 1044, Decreto que aprueba la Ley de Represión de la Competencia Desleal, de modo que cualquier ciudadano pueda presentar una denuncia informativa ante la Secretaría Técnica de la Comisión, para denunciar actos de violación de normas.

Proyecto de Ley 9566/2024-CR (21/11/24)


El OSITRAN declaró improcedente la solicitud de interpretación de las cláusulas 1.6 y 6.46 del Contrato de Concesión del Tramo 2 del Corredor Vial Interoceánico Sur, presentada por Concesionaria Interoceánica Sur Tramo 2 S.A. en junio de 2023. Según la Resolución de Presidencia No. 0048-2023-PD-OSITRAN, basada en el Informe Conjunto No. 00183-2024-IC-OSITRAN, no existe controversia entre las partes ni con el regulador sobre la aplicación de dichas cláusulas, y su entendimiento se ajusta al contrato y al marco legal. El concesionario alegaba que la activación del mecanismo de «obra accesoria» era urgente para garantizar medidas de seguridad vial. Sin embargo, la Presidencia Ejecutiva consideró innecesaria la interpretación debido a la coincidencia de ambas partes en la interpretación sobre estas cláusulas.

Diario Gestión (24/11/24)


En el marco de la II Semana PetroAmazónica con el objetivo de informar los avances y desafíos del sector energético en la región de Iquitos, la Viceministra de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas (MINEM), la señora Iris Cárdenas, anunció la implementación de medidas para reactivar la exploración y explotación de petróleo; así como la operación eficiente del oleoducto norperuano y la remediación de los pasivos ambientales. La representante del MINEM señaló que la visión del sector al año 2040 es contar con un sistema energético que satisfaga la demanda nacional de energía de manera confiable, continua y eficiente, que promueva el desarrollo sostenible, y se base en la planificación, investigación e innovación tecnológica.

Portal institucional del MINEM (23/11/24)


La Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) declaró barreras burocráticas ilegales las siguientes disposiciones establecidas en la Ordenanza N° 684-2023-MSS, emitida por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco (MSS): (i) la exigencia de comunicar el inicio de obras de telecomunicaciones en la vía pública con siete (7) días de anticipación; (ii) la prohibición de ejecutar obras de telecomunicaciones en las zonas dentro del área de intervención de obras efectuadas por la MSS en los últimos tres (3) años; (iii) la exigencia de presentar carta de compromiso obligándose a reponer el área pública involucrada; (iv) la exigencia de comunicar, en caso de encontrar restos arqueológicos, de manera inmediata a la MSS; y, (v) la exigencia de tramitar ante la MSS la autorización para el mantenimiento de infraestructura para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones en áreas de uso público.

Diario Oficial El Peruano (21/11/24)


La Comisión de la Oficina Regional de Cusco (ORI Cusco) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) sancionó con una multa total de 27.23 UIT – equivalente a S/ 140,34.50 – a ocho (8) proveedores del sector turismo por infracción a distintas disposiciones del Código de Protección y Defensa del Consumidor (CPDC). Entre las infracciones, se encuentran la falta de implementación del libro de reclamaciones y su respectivo aviso (artículo 150°), la falta de publicación de la lista de precios en un lugar visible de sus establecimientos (artículo 5.1°) y la falta de información relevante a los consumidores sobre el mecanismo para comprar entradas a los lugares turísticos (artículo 2.1°).

Portal institucional del INDECOPI (19/11/24)


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Desafíos de la defensa de la competencia en América Latina (Virtual)

El miércoles 27 de noviembre a las 10:00 am (hora Argentina), se llevará a cabo el desayuno virtual “Desafíos de la defensa de la competencia en América Latina”. En esta oportunidad, la mesa redonda contará con la participación de Esteban Greco, Barbara Rosenberg, Felipe Irrazábal, Pablo Márquez, Pamela Sittenfeld, Eduardo Pérez Motta, y nuestro socio, Alejandro Falla.

   

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