Lima, 23 de febrero
2026 Año XII

Lima, 23 de febrero 2026
Año XII

Regulación & Competencia: Perú


NOTICIAS


OSITRAN: Apelan sentencia del Poder Judicial sobre puerto de Chancay

El Organismo Supervisor de Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (OSITRAN) presentó un recurso de apelación en contra de la sentencia que declaró fundada en primera instancia la demanda de amparo del operador del Puerto de Chancay y, por tanto, señaló que el OSITRAN no tendría facultades para fiscalizar y supervisar las operaciones de dicho terminal. Al respecto, el OSITRAN sostuvo que su intervención como regulador no depende de la existencia de un contrato de concesión, sino de la naturaleza de uso público de la infraestructura por lo que su función implica la verificación de que el servicio público se preste en condiciones idóneas para los usuarios. Finalmente, el OSITRAN señaló como precedente el régimen del terminal portuario de Pucallpa en el cual ejerce función supervisora aun cuando se trata de un terminal privado, al igual que el Puerto de Chancay.

Portal Institucional de OSITRAN (20/02/26)


OSIPTEL: Abren consulta sobre diseño de un marco normativo para sandbox regulatorio en telecomunicaciones 

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) publicó el documento de soporte de la consulta temprana para el diseño de un marco normativo que permita la implementación de un sandbox regulatorio en telecomunicaciones, con el fin de promover la innovación y mejorar la prestación de los servicios públicos bajo un entorno controlado y supervisado. El sandbox se concibe como un mecanismo que habilita, de manera temporal y con flexibilidad regulatoria, la prueba de productos, servicios o modelos de negocio innovadores, incorporando salvaguardas para la protección de los usuarios y la estabilidad del mercado. El OSIPTEL invitó a los interesados a remitir aportes debidamente sustentados hasta el 16 de marzo de 2026. 

Portal Institucional del OSIPTEL (21/02/26) 


MINEM: Publican proyecto que modifica Reglamento de Transmisión

El Ministerio de Energía y Minas (MINEM) dispuso la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Decreto Supremo 027-2007-EM, a fin de regular el retiro de Proyectos Vinculantes del Plan de Transmisión, actualizar la Base Tarifaria e incorporar disposiciones excepcionales para la ejecución de Refuerzos aprobados en planes anteriores. La propuesta precisa que los Proyectos Vinculantes pueden estar conformados por uno o más proyectos individualmente identificables; permite al MINEM excluir o retirar proyectos de cualquier actualización del Plan mediante Resolución Ministerial, por causas técnicas o no técnicas, e incorpora un procedimiento para su reemplazo con intervención del Comité de Operación Económica del Sistema Interconectado Nacional (COES). Además, establece la actualización anual de la Base Tarifaria de Refuerzos por OSINERGMIN con el índice Finished Goods Less Food and Energy y fija un régimen excepcional para viabilizar Refuerzos de planes 2013-2022 a 2023-2032. El proyecto estará en consulta pública por 15 días calendario, es decir, hasta el 03 de marzo.

Portal Institucional del MINEM (16/02/26)
Diario Oficial El Peruano (16/02/26)


INDECOPI: Se sanciona a operador móvil por no entregar audios en investigación por llamadas spam

La Comisión de Protección al Consumidor N°3 del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), sancionó a Integratel Perú S. A. A. (antes Telefónica) con una multa de 21.44 UIT (S/ 117 920) por no atender un requerimiento de información en una investigación por presuntas llamadas comerciales no solicitadas realizadas entre diciembre de 2024 y marzo de 2025. La empresa no entregó los audios solicitados por la Dirección de Fiscalización, insumo clave para verificar si los contactos se efectuaron sin consentimiento previo, ni presentó justificación por su incumplimiento. Conforme al artículo 5 del Decreto Legislativo 807, el Indecopi puede sancionar la falta de colaboración que obstaculice sus investigaciones. El caso forma parte de las acciones frente a la problemática de llamadas spam. La resolución está en plazo de apelación.

Portal Institucional del INDECOPI (18/02/26)


FINANCIERO: Modifican Reglamento de Autorización de empresas y representantes de los Sistemas Financiero y de Seguros 

Mediante la Resolución No. 00488-2026, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones (SBS) modificó el Reglamento de autorización de empresas y representantes de los Sistemas Financiero y de Seguros, eliminando determinadas disposiciones referidas a los artículos 6 y 10, e incorporando un nuevo numeral que faculta a la SBS a requerir información a autoridades supervisoras extranjeras cuando los accionistas o beneficiarios finales sean entidades controladoras del exterior. Asimismo, se sustituye el artículo 19, precisando el procedimiento de comunicación al Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) para la emisión de su opinión dentro de un plazo máximo de treinta días.

Diario Oficial El Peruano (19/02/26) 


BANCARIO: Proponen modificación para que entidades bancarias revelen detalles de costos, tarifas, tasas y otros

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) propuso modificar el Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero para obligar a las entidades bancarias a revelar a sus clientes, en los aplicativos móviles y otros canales digitales, todos los costos, tarifas, tasas de interés, diferencias entre pagos anticipados y otros cargos aplicables, así como información mínima, con el propósito de eliminar cargos inesperados, reforzar la transparencia y elevar la confianza de los usuarios en el sistema financiero ante la rápida adopción de canales digitales. La propuesta también exige explicitar los mecanismos de atención de información y otras condiciones relevantes que antes solo se contemplaban para páginas web, lo que uniforma estándares entre los distintos canales digitales utilizados por los bancos. 

Diario Gestión (17/02/26) 


OSIPTEL: Organismos reguladores expresan respaldo tras fallo judicial sobre puerto de Chancay

Los organismos reguladores OSINERGMIN, OSIPTEL, SUNASS y OSITRAN expresaron su preocupación conjunta por el fallo judicial que determinó que el Organismo Supervisor de Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (OSITRAN) no puede ejercer función supervisora en el terminal portuario de Chancay. Al respecto, señalaron que la supervisión en infraestructura de uso público es un elemento fundamental para velar por los intereses del Estado sin importar la nacionalidad, naturaleza o titularidad del operador. Finalmente, señalaron que la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) ha enfatizado la importancia de preservar la independencia operativa de los organismos reguladores. 

Diario Gestión (18/02/26)


MTC: Aprueban los “Criterios para el Proceso de Liberalización del Transporte Aéreo Internacional”

Mediante Resolución Ministerial 093-2026-MTC/01.02, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (“MTC”) aprobó los criterios aplicables alproceso de liberalización del transporte aéreo internacional en el marco de la Convención de Aviación Civil Internacional. En ese sentido, se establecen como lineamientos el cumplimiento de la reciprocidad de derechos y obligaciones vinculados a derechos aerocomerciales, estimular la competencia, designación múltiple de líneas áreas, libre determinación de la capacidad y concesión de libertades del aire.  

Diario Oficial El Peruano (18/02/26)
Portal Institucional del MTC (19/02/26)


INDECOPI: Se sanciona a aseguradora y a empresa de peritaje por incumplir condiciones de póliza

La Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), confirmó en segunda y última instancia administrativa la sanción impuesta a Pacífico Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. y a RTS Perú Peritos y Ajustadores de Seguros S.A.C. por incumplir las condiciones pactadas en una póliza de seguro contra robo domiciliario. Ambas empresas fueron multadas con 5 UIT cada una, sumando un total de 10 UIT (S/ 55 000), tras comprobarse que aplicaron criterios no previstos en el contrato al momento de liquidar el siniestro. En particular, calcularon la indemnización considerando un valor inferior al real de los bienes asegurados, pese a que la póliza establecía cobertura por valor real, vulnerando el deber de idoneidad previsto en el artículo 19° del Código de Protección y Defensa del Consumidor. Asimismo, se ordenó emitir una nueva liquidación conforme a lo pactado.

Portal Institucional del INDECOPI (19/02/26)


INDECOPI: Impone medidas cautelares contra dos empresas inmobiliarias que tienen más de 270 denuncias

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) dictó medidas cautelares contra Aybar Corp S.A.C. y Aybar Investments S.A.C. ante la existencia de 277 denuncias por presuntas infracciones al Código de Protección y Defensa del Consumidor. Los reclamos están vinculados a la supuesta venta de lotes sin saneamiento legal y a la falta de entrega de los terrenos en los plazos pactados, en proyectos ubicados principalmente en Lima, Huaral, Ica y San Martín. Con el fin de prevenir mayores perjuicios y proteger el patrimonio de los consumidores, se ordenó el embargo en forma de retención de las cuentas bancarias de ambas empresas, así como el cese de nuevos requerimientos de pago por saldos pendientes hasta el esclarecimiento de los hechos. Los procedimientos son tramitados por los órganos resolutivos de Lima Sur y Lima Norte. De acreditarse las infracciones, podrían imponerse multas de hasta 450 UIT por cada caso, además de medidas correctivas reparadoras.

Portal Institucional del INDECOPI (16/02/26)


INDECOPI: Se declara barrera burocrática ilegal exigencia municipal

La Comisión de la Oficina Regional del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) de Cusco, mediante la Resolución N.° 0010-2025/CEB-INDECOPI-CUS, declaró como barrera burocrática ilegal la exigencia impuesta por la Municipalidad Provincial del Cusco de no tener la condición de deudor por multas de tránsito y transporte para acceder al procedimiento “Credencial de conductor habilitado para el servicio de transporte público”. Dicha exigencia estaba contenida en el TUPA aprobado por Ordenanza Municipal N.° 39-2017-MPC. La Comisión determinó que la municipalidad incorporó un requisito no previsto en la normativa nacional, vulnerando los artículos 15° y 17° de la Ley N° 27181 y los artículos 29° y 11° del Decreto Supremo N° 017-2009-MTC. En consecuencia, concluyó que la entidad excedió sus competencias al establecer una condición adicional no contemplada por el marco legal vigente.

Portal Institucional del INDECOPI (18/02/26)


ARTÍCULOS


Alejandro Falla | Bullard Falla Ezcurra +

Gabriela López, Jefa de Consultoría Económica. Paola Benancio y Roxana Campos, Practicantes de Regulación y Competencia.

¿La eficiencia no importa? Visiones contrastadas entre Perú y Chile

   

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