Regulación & Competencia: Perú
NOTICIAS
MTC: Publican proyecto normativo para regular las llamadas y mensajes de texto spam

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) publicó un proyecto de Decreto Supremo que propone regular las llamadas y mensajes de texto con fines comerciales o publicitarios (spam), con el objetivo de que los usuarios puedan identificarlos claramente. La principal medida es la asignación de una numeración especial (serie 500), que deberá ser utilizada obligatoriamente para este tipo de comunicaciones. Así, los usuarios podrán reconocer de inmediato si una llamada o SMS corresponde a publicidad y decidir si atenderla. La propuesta responde al alto número de quejas por comunicaciones no solicitadas, muchas veces realizadas sin consentimiento y desde números difíciles de rastrear. Según el MTC, algunas empresas emplean múltiples líneas o mecanismos que dificultan identificar el origen de estas comunicaciones. La iniciativa busca mejorar la trazabilidad, reducir el riesgo de engaños y facilitar la presentación de reclamos. El proyecto ha sido prepublicado y se ha otorgado un plazo de 15 días calendario (que culminarían el 02 de mayo) para recibir comentarios de la ciudadanía y actores interesados.
➔ Diario Oficial El Peruano (17/04/26)
➔ Portal institucional del MTC (15/04/26)
MINEM: Publican proyecto que aprueba Reglamento de los Servicios Complementarios
El Ministerio de Energía y Minas (MINEM), mediante Resolución Ministerial No. 171-2026-MINEM/DM, publicó el proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de los Servicios Complementarios (SSCC) y modifica los reglamentos de la Ley de Concesiones Eléctricas, del Mercado Mayorista de Electricidad y del COES. Esta iniciativa busca solucionar el problema de la afectación a la seguridad y confiabilidad del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN) derivada del incremento de la generación con recursos renovables variables (solar y eólica) y las limitaciones de los esquemas actuales. Las principales modificaciones incluyen la creación de un mercado competitivo de SSCC que incorpore nuevos agentes y tecnologías, como sistemas de almacenamiento. Asimismo, las modificaciones a normas adicionales tienen como objetivo integrar operativamente a los proveedores de SSCC, establecer mecanismos de remuneración eficientes y asignar la responsabilidad de pago únicamente a los agentes que generen la inestabilidad del sistema. Los agentes interesados pueden remitir comentarios hasta el 14 de mayo.
Diario Oficial El Peruano (17/04/26)
Portal Institucional del MINEM (17/04/26)
MTC: Se plantea propuesta normativa para prevenir el uso ilícito de llamadas y mensajes de texto
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) publicó el Proyecto de Reglamento del Decreto Legislativo No. 1723, que establece medidas para asegurar el uso adecuado de la numeración, mejorar la trazabilidad de las comunicaciones y reducir el anonimato en llamadas y mensajes de texto. La propuesta busca prevenir el uso indebido de números y combatir comunicaciones ilícitas como estafas, suplantación de identidad y extorsión, las cuales han aumentado en los últimos años. El proyecto plantea reglas para evitar el uso de numeración falsa o manipulada y establece obligaciones para los operadores, quienes deberán verificar el origen de las comunicaciones y detectar patrones irregulares, respetando la privacidad de los usuarios. Asimismo, facilitará la supervisión y fiscalización por parte de las autoridades. El MTC otorgó un plazo de 15 días calendario (que culminarían el 01 de mayo) para que empresas y ciudadanía presenten comentarios o aportes sobre la propuesta.
Diario Oficial El Peruano (16/04/26)
Portal institucional del MTC (15/04/26)
OSITRAN: Disponen publicación de proyecto de modificación del Reglamento del Aporte por Regulación
El Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (OSITRAN) dispuso la publicación del proyecto de modificación del Reglamento del Aporte por Regulación, junto con su exposición de motivos, en su portal institucional, como parte del proceso de consulta pública regulatoria. La medida establece un plazo de quince (15) días hábiles, que culminan el 11 de mayo, para que los interesados presenten comentarios, aportes u opiniones a través de la mesa de partes virtual o física de la entidad. El proyecto normativo tiene como finalidad incorporar un régimen de gradualidad para las sanciones tributarias aplicables al aporte por regulación, así como actualizar el reglamento vigente en función de recientes cambios en la normativa tributaria, fortaleciendo el marco regulatorio aplicable a las entidades bajo su ámbito de supervisión.
Diario Oficial El Peruano (18/04/26)
Portal institucional del OSITRAN (15/04/26)
OSINERGMIN: Reporta alzas en precios de referencia de combustibles y destaca impacto de crisis internacional
El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin), mediante su reporte semanal publicado el 13 de abril de 2026, informó variaciones en los precios de referencia de combustibles a nivel mayorista, los cuales reflejan la evolución de los precios internacionales y no constituyen una regulación directa del mercado. Según el reporte, las gasolinas y gasoholes registraron incrementos promedio de 2,66% (premium), 3,31% (regular) y 4,83% (84 octanos). Asimismo, el diésel B5 y los residuales aumentaron en 3,09% y 3,07%, respectivamente. En contraste, el GLP de importación disminuyó en 0,75% y el biodiésel B100 en 1,36%. Osinergmin precisó que estas variaciones responden, principalmente, al comportamiento del mercado energético internacional, influido por factores como cambios en inventarios de combustibles en Estados Unidos y la intensificación de tensiones geopolíticas en el Golfo Pérsico, que han afectado la oferta global de crudo y derivados. Finalmente, la entidad reiteró que los precios de referencia son indicadores para productores e importadores, en un contexto donde los precios finales se determinan libremente en el mercado.
Portal Institucional OSINERGMIN (13/04/26)
INDECOPI: Se inicia examen por presunta elusión de derechos antidumping en importaciones de tejidos
La Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), mediante la Resolución N.° 064-2026/CDB-INDECOPI, inició un procedimiento de examen para determinar posibles prácticas de elusión de los derechos antidumping aplicados a las importaciones de tejidos de ligamento tafetán mezcla originarios de la República Popular China. La investigación busca verificar si dichos productos estarían ingresando al mercado con ligeras modificaciones en su composición, manteniendo características y usos similares, con el fin de evitar el pago de los derechos vigentes. De confirmarse esta conducta, la Comisión podría extender la aplicación de los derechos antidumping a estos productos modificados, conforme a la normativa sobre elusión.
Portal institucional del INDECOPI (19/04/26)
Diario Oficial El Peruano (19/04/26)
INDECOPI: Se sanciona a entidad financiera por realizar llamadas comerciales sin consentimiento
La Comisión de Protección al Consumidor N.° 3 del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), en primera instancia administrativa, sancionó a Scotiabank Perú S.A.A. con una multa de 202.96 UIT por realizar llamadas comerciales sin contar con el consentimiento previo de los consumidores, infringiendo el Código de Protección y Defensa del Consumidor. La infracción fue identificada a partir de una investigación que empleó herramientas de inteligencia artificial para analizar audios de llamadas, en los cuales no se acreditó la autorización exigida por ley. La resolución se encuentra en plazo de apelación y forma parte de un conjunto de procedimientos similares en curso contra diversas entidades del sector financiero y de telecomunicaciones.
Portal institucional del INDECOPI (17/04/26)
INDECOPI: Se sanciona a empresa por publicidad engañosa en promoción de lotería
La Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), mediante la Resolución N.° 0027-2026/SDC-INDECOPI, sancionó a Nexlot S.A.C. con una multa de 7.34 UIT por incurrir en actos de engaño al promocionar su producto “Torito Mega Millions”. La autoridad determinó que la empresa no informó adecuadamente que no realizaba el sorteo directamente, sino que gestionaba la participación en una lotería extranjera, lo que podía inducir a error a los consumidores. Asimismo, se verificó la difusión de afirmaciones no veraces sobre la exclusividad del pozo y restricciones geográficas del servicio. Como medida correctiva, se ordenó el cese inmediato y definitivo de la publicidad engañosa.
Portal institucional del INDECOPI (14/04/26)
INDECOPI: Se sanciona a aseguradora por incumplir pago de indemnización por invalidez
La Comisión de la Oficina Regional del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) en Lambayeque, mediante la Resolución Final N.° 0103-2026/INDECOPI-LAM, sancionó a Rímac Seguros y Reaseguros por incumplir el pago oportuno de la indemnización del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) por invalidez permanente, vulnerando el Código de Protección y Defensa del Consumidor. La autoridad impuso una multa de 3.49 UIT y ordenó, como medida correctiva, el pago de S/ 10 700 al consumidor afectado, al verificarse que la empresa no cumplió con efectuar el pago dentro del plazo legal ni notificó válidamente la derivación del caso. La resolución establece un plazo de 15 días hábiles para el cumplimiento de la medida, bajo apercibimiento de multa coercitiva.
Portal institucional del INDECOPI (14/04/26)
INDECOPI: Se declara barrera burocrática ilegal limitación de vigencia para autorización de anuncio publicitario
La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), mediante la Resolución N.° 0128-2026/SEL-INDECOPI, declaró ilegal la limitación de dos años de vigencia impuesta a la autorización de instalación de un anuncio publicitario por la Municipalidad Distrital de Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa. La medida estaba materializada en el Procedimiento con Código PA2001F0E1 de su Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobado por Ordenanza Municipal 06-2023. La Sala concluyó que dicha restricción contraviene los artículos 2 y 42 del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, los cuales establecen que los títulos habilitantes tienen vigencia indeterminada, salvo que una ley o decreto legislativo disponga expresamente un plazo determinado, supuesto que no fue acreditado por la entidad edil. Asimismo, se precisó que la decisión no desconoce las facultades de fiscalización y control posterior de la municipalidad, siempre que sean ejercidas conforme al marco legal vigente.
Diario Oficial El Peruano (18/04/26)
OSINERGMIN: Aprueban medidas transitorias y excepcionales para el reporte de información de inventarios de combustibles líquidos y GLP
El Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) aprobó la Resolución No. 60-2026-OS/CD, que tiene como objetivo hacer frente a la volatilidad del mercado y las constantes emergencias climáticas que afectan el suministro de hidrocarburos. La finalidad central es garantizar información oportuna y confiable para prevenir el desabastecimiento nacional. Las principales modificaciones incluyen la obligación transitoria, por 180 días, para que los locales de venta reporten diariamente sus inventarios de combustibles líquidos a través de una plataforma digital, migrando del registro físico para permitir una supervisión remota. En esta línea, la medida más relevante es la integración de este reporte con el Sistema de Control de Órdenes de Pedido (SCOP); así, el cumplimiento del registro diario (antes de las 12:00 horas) se establece como una condición operativa indispensable para que los agentes puedan generar nuevas órdenes de compra de combustible.
Diario Oficial El Peruano (14/04/26)
OSIPTEL: Se continúa con el bloqueo de celulares por no estar registrados en lista blanca y tener historial de alteración de IMEI
El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) continúa con el bloqueo progresivo de celulares no registrados en la lista blanca del Renteseg y vinculados a la alteración ilegal del IMEI mediante “reflasheo”. El 14 de abril se inició una nueva fase que comprende 360 000 equipos, ejecutada en tres etapas de 120 000 bloqueos los días 14, 21 y 28 de abril. Con esta medida, se alcanzarán 960 000 equipos bloqueados entre enero y abril de 2026, superando los 3.5 millones desde abril de 2025. La intervención busca combatir el mercado negro de celulares robados y reducir fraudes, al impedir la reutilización de equipos con IMEI adulterado. Las operadoras deben notificar a los usuarios en un plazo máximo de dos días hábiles y ejecutar el bloqueo dentro de ese mismo periodo. Los usuarios afectados deberán regularizar el registro de sus equipos: si fueron adquiridos en el país, mediante el RETMIEF; si provienen del extranjero, a través de su operador móvil.
Portal Institucional del OSIPTEL (14/04/26)
ARTÍCULOS

Alejandro Falla,
Socio Regulación y Competencia
Indecopi: ¿persiguiendo ratones y fantasmas?
EVENTOS

“La política de competencia y la erosión de la razón pública” (Virtual)
El jueves 30 de abril a las 10:00 am (hora Argentina), se llevará a cabo el desayuno virtual “La política de competencia y la erosión de la razón pública: Diseñando la arquitectura del desacuerdo en la era de la guerra cultural”. En esta oportunidad, el debate lo abrirá Jorge Padilla (Chair, Compass Lexecon International, Madrid).
Este boletín recoge los principales hechos vinculados con las áreas de competencia y regulación en el país. La información presentada es de carácter público. BFE+ no incorpora investigación propia ni se hace responsable por su contenido.
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