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Lima, 18 de diciembre
2023 Año IX

Lima, 18 de diciembre 2023
Año IX

Regulación & Competencia: Perú


NOTICIAS


CONGRESO: Empresas e influencers ya no deberán publicar su RUC en publicidad digital 

Con 75 votos a favor, el Pleno del Congreso de la República ha aprobado el Proyecto de Ley No. 5434-2021, que modifica el artículo 3 del Decreto Legislativo No. 943, Ley del Registro Único de Contribuyentes, anulando la obligación de las empresas e influencers de incluir el Registro Único de Contribuyente (RUC) y denominación social en la publicidad digital. Como se recuerda, dicha obligación había sido incorporada mediante la modificación del artículo 3 del Decreto Legislativo No. 1524. La congresista Adriana Tudela, promotora del proyecto, argumentó que estas obligaciones generaban obstáculos innecesarios y afectaban la reputación de las empresas.  

➔ Diario Gestión (14/12/2023) 
➔ Expediente del Proyecto de Ley No. 5434/2022-CR


OSIPTEL: Publican nuevo Reglamento de Calidad de la Atención a Usuarios de los SSPPTT

Mediante Resolución No. 333-2023-CD/OSIPTEL se publicó el nuevo Reglamento de Calidad de la Atención a Usuarios de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones. La norma establece la obligación de las empresas operadoras que tengan más de 500,000 abonados de contar con centros de atención que se encuentren disponibles como mínimo 8 horas por día y 40 horas a la semana. Asimismo, se establece la obligación general de todas las operadoras de garantizar una disponibilidad mínima de atención telefónica por un asesor humano de 18 horas al día durante toda la semana. Igualmente, se establecen obligaciones de registro de reportes de información agregada acerca de centros de atención, arribos y atenciones presenciales, así como de trámites y consultas telefónicas.

➔ Diario Oficial El Peruano (18/12/23)


TELECOMUNICACIONES: Dictan medidas para combatir el empleo de equipos terminales móviles en la delincuencia

El pasado 17 de diciembre de 2023 se publicó el Decreto Legislativo No. 1596, que modifica diversas disposiciones normativas a fin de combatir el empleo de equipos terminales móviles en la delincuencia. Así, se establece la obligación de empresas operadoras de, en el caso de ciudadanos extranjeros, contratar servicios únicamente considerando el documento de identidad registrado por la Superintendencia Nacional de Migraciones. Asimismo, las operadoras deberán dar de baja a los servicios en cuyo proceso de contratación no se haya verificado la identidad de quien contrata el servicio o del representante de la empresa operadora que realizó la contratación, o cuando se haya celebrado la contratación en forma ambulatoria, en la vía pública, o en lugares que no cuenten con una dirección específica reportada al OSIPTEL, conforme al procedimiento que apruebe el OSIPTEL.

➔ Diario Oficial El Peruano (17/12/23)


OSIPTEL: Aprueban Lineamientos Resolutivos para la aplicación de las Normas de Represión de la Competencia Desleal en el Ámbito de las Telecomunicaciones

Mediante Resolución No. 023-2023-TSC/OSIPTEL se publicaron los nuevos Lineamientos Resolutivos para la aplicación de las Normas de Represión de la Competencia Desleal en el Ámbito de las Telecomunicaciones. Dichos lineamientos recogen la experiencia reciente en materia de competencia desleal, tanto a nivel internacional como local. De esta manera, los lineamientos abordan diversos tipos de conductas desleales, principalmente, la conducta de violación de normas, estableciendo los presupuestos para su configuración, desarrollando la ausencia de vulneración del principio de non bis in ídem y el plazo de prescripción en estos casos, así como la conceptualización de título habilitante y los alcances del concepto de “ventaja significativa” en los casos de imputación por esta conducta.

➔ Portal Institucional del OSIPTEL (16/12/23)


OSINERGMIN: Implementan la Disposición Complementaria Final de la Ley 31937 que modificó el Código de Protección y Defensa del Consumidor y Ley de Concesiones Eléctricas

El 16 de diciembre de 2023 se aprobó la Resolución No. 227-2023-OS/CD que dispuso la actualización del numeral 4.1.2 de la Tipificación y Escala de Multas y Sanciones e incorpora la sanción de multas de hasta 20o UIT por el incumplimiento de normas relacionadas con el servicio de transporte, de líquidos, de distribución y de suministro de gas natural. Asimismo, se modificó el numeral 1.29, que establece la imposición de sanciones de hasta 500 UIT cuando el proveedor realice el corte de servicio sin que el usuario haya incurrido en las causales establecidas por ley o por realizar el cobro del corte y reconexión sin que éste se haya efectuado. Finalmente, se modificó el numeral 1.35, que establece una sanción de hasta 600 UIT por no admitir los reclamos de los usuarios o condicionarlos a requisitos no exigidos.

➔ Resolución de Consejo Directivo 227-2023-OS/CD (16/12/23)


INDECOPI: Publican política de fiscalización del INDECOPI

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) publicó su política de fiscalización, en el marco de sus atribuciones en materia de libre competencia, protección al consumidor, competencia desleal, barreras burocráticas, propiedad intelectual y barreras comerciales. Según el INDECOPI, esta política tiene como fin ejercer la potestad de fiscalización de acuerdo con la normativa nacional y buenas prácticas recogidas por diversos organismos internacionales. La política recoge como principios rectores, entre otros, la regulación responsiva, la gobernanza transparente, la visión a largo plazo, los procesos claros y justos y la promoción del cumplimiento. Adicionalmente, reconoce al Plan Anual de Fiscalización como una herramienta necesaria para organizar y programar las acciones de fiscalización del INDECOPI.

➔ Portal Institucional del INDECOPI (15/12/23)


INDECOPI: Declaran ilegalidad de diversas barreras burocráticas impuestas por municipalidades y gobiernos regionales

La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas (SEL) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) ratificó la ilegalidad de las siguientes barreras burocráticas: (i) la presentación de diversos documentos para prestar servicios de transporte, impuestos por la Municipalidad de Chanchamayo; (ii) requisito de contar con una licencia de construcción para obtener una licencia de funcionamiento para giro especial, impuesto por la Municipalidad de Concepción; (iii) prohibición de ubicar establecimientos comerciales cercanos a establecimientos de educación, salud y religiosos, impuesta por la Municipalidad de Pueblo Libre; (iv) exigencia de tramitar un “certificado de control de sanidad a bordo en aeronaves” tras inspección sanitaria, impuesta por el Gobierno Regional del Callao; y, (v) la prohibición de estacionar vehículos pesados y de carga en determinadas vías, impuesta por la Municipalidad de La Victoria.

➔ Diario Oficial El Peruano (14/12/23)
➔ Diario Oficial El Peruano (14/12/23)
➔ Diario Oficial El Peruano (14/12/23)
➔ Diario Oficial El Peruano (14/12/23)
➔ Diario Oficial El Peruano (14/12/23)


CONGRESO: Proyecto de ley que articula la política integral de mejora regulatoria

El grupo parlamentario Avanza País propuso un proyecto de ley que busca promover la mejora regulatoria en todos los niveles de gobierno, asegurando la adopción de regulaciones transparentes, basadas en evidencia y que respondan a problemas públicos. Este proyecto tiene por finalidad garantizar procesos regulatorios ordenados, coordinados, graduales, y continuos; así como la promoción de calidad, eficiencia, eficacia, transparencia, coherencia y neutralidad en el ejercicio de la función normativa del Estado. Lo anterior será aplicable a los tres niveles de gobierno de la administración pública y se consideran como instrumentos de mejora regulatoria el procedimiento de eliminación de barreras burocráticas, el análisis de impacto y calidad regulatorio ex ante y ex post, entre otros.

➔ Proyecto de Ley 6665-2023-CR (14/12/23)


CONGRESO: Proponen modificar Código de Protección y Defensa del Consumidor para que consumidores reciban el 30% de las multas impuestas por INDECOPI

El grupo parlamentario Unidad y Diálogo Parlamentario ha propuesto modificar los artículos 104 y 113 de la Ley No. 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, reconociendo el derecho de los consumidores a percibir el 30% de las multas que imponga el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) a los proveedores en el marco de los procedimientos administrativos en materia de consumidor. Según la exposición de motivos, esta modificación buscaría que los recursos directamente recaudados obtenidos por la imposición de multas no sea destinado exclusivamente a INDECOPI sino que los usuarios o consumidores puedan obtener una indemnización por parte del proveedor infractor.

➔ Proyecto de ley 6616-2023-CR (11/12/23)


   

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