Lima, 13 de abril
2026 Año XII

Lima, 13 de abril 2026
Año XII

Regulación & Competencia: Perú


NOTICIAS


CORTE SUPREMA: Establecen que en libre competencia prevalece el plazo general de prescripción más favorable al administrado

La Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema emitió la Casación N° 23590-2023/Lima, mediante la cual estableció que los procedimientos administrativos sancionadores regulados por leyes especiales no pueden imponer condiciones menos favorables que las previstas en la Ley del Procedimiento Administrativo General (LPAG). En ese sentido, concluyó que en materia de libre competencia no correspondía aplicar el plazo especial de prescripción de cinco años previsto en la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas, sino el plazo general de cuatro años establecido en la LPAG, por ser más favorable al administrado. Sobre esa base, la Corte declaró prescrita la facultad sancionadora del INDECOPI en el caso donde sancionó un acuerdo para la fijación concertada de precios en la comercialización de gas licuado de petróleo envasado para distribuidores mayoristas en Lima Metropolitana y Callao, confirmado en segunda instancia mediante Resolución N° 157-2019/SDC-INDECOPI.

Casación de la Corte Suprema


OSITRAN: Inician procedimiento para tercera revisión tarifaria del Muelle Norte del Callao

Mediante la Resolución de Consejo Directivo No. 0015-2026-CD-OSITRAN, el organismo regulador dispuso el inicio el procedimiento administrativo correspondiente a la tercera revisión tarifaria de oficio del Factor de Productividad aplicable al Terminal Norte Multipropósito del Terminal Portuario del Callao. Dicha propuesta técnica, estructurada por las instancias competentes, determina el ajuste de las tarifas máximas de los servicios regulados para el periodo comprendido entre julio de 2026 y junio de 2031. El proceso se fundamenta estrictamente en el Contrato de Concesión suscrito con APM Terminals Callao S.A. y el marco normativo de regulación económica, orientándose a reflejar las ganancias de eficiencia en beneficio del mercado. Finalmente, se ha ordenado la publicación del proyecto normativo y la convocatoria a audiencia pública, garantizando así la observancia del debido procedimiento y la transparencia en la fijación de las nuevas condiciones arancelarias. 

Portal Institucional del OSITRAN (09/04/26)


OSIPTEL: Se lanza piloto para modernizar la fiscalización del proceso de contratación de servicios móviles

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) lanzó un proyecto piloto orientado a modernizar la fiscalización del proceso de contratación de servicios móviles, incorporando un enfoque basado en riesgos y en la verificación anticipada de elementos clave. La iniciativa, desarrollada en un entorno de cocreación regulatoria, cuenta con la participación voluntaria de Integratel y Entel, quienes contribuirán al análisis de aspectos críticos como la trazabilidad del chip, la validación de identidad, el uso de biometría y la activación del servicio. El piloto busca identificar riesgos regulatorios y diseñar herramientas como protocolos y listas de verificación que fortalezcan la fiscalización preventiva y la autorregulación. Con una duración de cuatro meses, incluirá visitas de campo, trabajo técnico y evaluación de establecimientos autorizados en regiones del país, con el propósito de construir una metodología de fiscalización basada en riesgos, que será aplicable para alrededor de 70 000 establecimientos existentes a nivel nacional. En contraste, Claro y Bitel optaron por no participar en esta fase inicial.

Portal Institucional del OSIPTEL (09/04/26)


INDECOPI: Se declaran barreras burocráticas ilegales cobros de DICAPI por uso de áreas acuáticas

La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), mediante la Resolución N.° 0135-2026/SEL-INDECOPI, declaró ilegales dos cobros de derecho de vigencia anual por el uso y ocupación de áreas acuáticas en ríos y lagos, aplicables a astilleros, varaderos, atracaderos de naves e infraestructura fluvial de uso efectivo. Dichos cobros estaban previstos en el Decreto Supremo N.° 015-2014-DE, Reglamento del Decreto Legislativo 1147, que regula el fortalecimiento de las Fuerzas Armadas en las competencias de la Autoridad Marítima Nacional – DICAPI. El Colegiado concluyó que estas medidas vulneraban la Norma IV del Texto Único Ordenado del Código Tributario, debido a que fueron establecidas sin el refrendo del Ministerio de Economía y Finanzas, exigido para la fijación de la cuantía de las tasas.

Diario Oficial El Peruano (12/04/26)


INDECOPI: Se mantienen derechos antidumping sobre importaciones de tejidos tafetán mezcla originarios de China

La Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), mediante la Resolución N.° 058-2026/CDB-INDECOPI, dispuso mantener por cinco años adicionales los derechos antidumping impuestos a las importaciones de tejidos de ligamento tafetán elaborados con fibras discontinuas de poliéster y algodón, originarios de la República Popular China. La decisión fue adoptada en el marco de un procedimiento de examen por expiración de medidas (sunset review), al determinarse que la supresión de los derechos generaría una probabilidad de continuación o repetición del dumping y del daño a la rama de producción nacional. Según la Comisión, China se mantuvo como principal proveedor extranjero de estos tejidos en el mercado peruano y sus exportaciones registraron precios inferiores a los de otros países y a los de la producción nacional, lo que podría intensificar el perjuicio a la industria local. En ese sentido, la vigencia de la medida se extenderá a partir del 20 de noviembre de 2026, fecha en que vencía el plazo originalmente fijado.

Diario Oficial El Peruano (12/04/26)


INDECOPI: Se imponen derechos antidumping definitivos a importaciones de alambrón de acero originario de China

La Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), mediante la Resolución N.° 065-2026/CDB-INDECOPI, impuso derechos antidumping definitivos sobre las importaciones de alambrón de acero sin alear, de bajo y alto carbono, originario de la República Popular China, por un periodo de cinco años. La medida fue adoptada tras verificarse la existencia de prácticas de dumping durante el periodo comprendido entre julio de 2023 y junio de 2024, así como la existencia de daño importante a la rama de producción nacional, representada por Corporación Aceros Arequipa S.A. Según la Comisión, el incremento de las importaciones investigadas, tanto en términos absolutos como en relación con el consumo interno y la producción nacional, incidió negativamente en los precios del producto nacional y en diversos indicadores económicos y financieros de la industria local. En ese sentido, se concluyó que correspondía imponer derechos antidumping definitivos, fijándose para las empresas del grupo Angang-Benxi un derecho específico de US$ 81.3 por tonelada, además de un derecho residual para las demás empresas exportadoras no cooperantes.

Diario Oficial El Peruano (12/04/26)
Portal Institucional de la SBS (09/04/26)


SBS: Aprueban Norma para la prevención de LA/FT aplicable a casinos y máquinas tragamonedas

Mediante la Resolución SBS No. 01015-2026, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprueba la Norma para la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo (LA/FT) aplicable a las personas jurídicas que explotan juegos de casino y/o máquinas tragamonedas; y modifican el TUPA de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS). Esta reforma tipifica como infracciones graves la omisión en la implementación de recomendaciones de la UIF-Perú, así como de auditorías internas y externas. Asimismo, se establece el carácter imperativo de contar con un manual de gestión de riesgos debidamente aprobado. La propuesta busca robustecer los estándares de vigilancia y control en el sector, garantizando que los sujetos obligados adopten medidas proporcionales a sus riesgos operativos, bajo un régimen de supervisión más riguroso que mitigue la exposición del sistema financiero a actividades ilícitas. 

Diario Oficial El Peruano (08/04/26)


INDECOPI: Se confirma sanción a colegio por incumplir deber de seguridad tras caída de techo

La Sala Especializada en Protección al Consumidor del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), en segunda y última instancia administrativa, confirmó la sanción impuesta al colegio CEP María de Las Mercedes S.A.C. por infringir el Código de Protección y Defensa del Consumidor al no garantizar la seguridad de sus alumnos. La autoridad ratificó una multa de 15 UIT, tras verificarse que la institución no realizó el mantenimiento preventivo necesario, lo que ocasionó la caída de una losa del techo en un aula de primaria y provocó daños a los estudiantes. Asimismo, se desestimó el argumento del colegio sobre la ocurrencia de lluvias imprevisibles, al determinarse que el riesgo era previsible debido a antecedentes de filtraciones y reportes internos, lo que obligaba a adoptar medidas preventivas oportunas.

Portal Institucional del INDECOPI (09/04/26)


OSIPTEL: Se publica proyecto para derogar normas especiales de internet fijo aplicables a Telefónica del Perú

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) aprobó la publicación para comentarios del proyecto de resolución que propone derogar las normas especiales aplicables a Telefónica del Perú S.A.A. para la prestación del servicio de acceso a internet fijo, vigentes desde 2020. Esta decisión se sustenta en la evaluación de cambios en las condiciones de mercado y en la existencia de mecanismos regulatorios generales que actualmente cumplen los objetivos de promover la competencia, empoderar al usuario y reducir costos de transacción. La iniciativa forma parte de la Agenda Regulatoria 2026-2027 y responde al análisis técnico desarrollado por la Dirección de Políticas Regulatorias y Competencia. Asimismo, se dispone un plazo de quince días calendario para que Integratel Perú S.A.A. y demás interesados presenten comentarios al proyecto. Con ello, el regulador busca fortalecer la transparencia, fomentar la participación de los agentes del mercado y avanzar hacia un marco normativo más eficiente y acorde con la dinámica competitiva actual del sector telecomunicaciones.

Portal Institucional del OSIPTEL (09/04/26)


MTC: Actualizan política de subsidios del transporte urbano en Lima y Callao

El 7 de abril, el Poder Ejecutivo aprobó el Decreto Supremo N° 009-2026-MTC que actualiza la Política de Subsidios del transporte urbano de pasajeros del Sistema Integrado de Transporte Urbano de Lima y Callao, originalmente aprobada por Decreto Supremo N.º 022-2019-MTC, con la finalidad de fortalecer los mecanismos de sostenibilidad económica y financiera del sistema. La norma establece nuevas condiciones para el otorgamiento de subsidios tanto a la demanda como a la oferta, incluyendo la definición de criterios objetivos para identificar beneficiarios —priorizando a usuarios en situación de vulnerabilidad—, así como la implementación de mecanismos de monitoreo y evaluación periódica. Asimismo, dispone que los subsidios a la oferta se otorguen de manera temporal y sujetos a evaluaciones basadas en indicadores operativos y financieros, pudiendo ajustarse o cancelarse según el desempeño del servicio. La medida también refuerza la transparencia, al exigir la publicación de informes técnicos anuales sobre el uso y resultados de los subsidios.

Diario Oficial El Peruano (08/04/26)


SBS: Modifican el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la SBS

Mediante la Resolución No. 01029-2026, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) actualizó su Reglamento de Infracciones y Sanciones con el objeto de fortalecer su régimen sancionador. En el ámbito de las infracciones comunes, se tipifica con rigor la vulneración de la seguridad de la información, graduando la responsabilidad según la pérdida o alteración efectiva de datos confidenciales de los usuarios. Respecto al sistema financiero, el dispositivo introduce criterios de proporcionalidad basados en el perjuicio económico causado. Se sancionan como leves los incumplimientos operativos sobre pagos anticipados e imputación de cuotas; mientras que las infracciones graves y muy graves se configuran ante afectaciones patrimoniales que alcancen o superen los umbrales de 20 y 100 UIT, respectivamente. Finalmente, se imponen deberes de transparencia informativa en entornos digitales para asegurar la tutela del consumidor financiero y la integridad del mercado bajo supervisión.

Diario Oficial El Peruano (10/04/26)
Portal Institucional de la SBS (10/04/26)


SBS: Publican para comentarios proyecto que modifica Reglamento para la clasificación de empresas del sistema financiero y empresas de seguros

Mediante la Resolución No. 01045-2026, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) autorizó la consulta pública de la reforma al Reglamento de clasificación de empresas del sistema financiero, otorgando quince días para observaciones. La propuesta busca fortalecer la independencia de las clasificadoras de riesgo, exigiendo dos evaluaciones semestrales e incorporando como infracción grave la omisión en la comunicación de su contratación. Simultáneamente, se actualiza el régimen de sanciones financieras y comunes, tipificando con rigor los incidentes de seguridad de la información y los incumplimientos en pagos anticipados o imputación de cuotas. El proyecto introduce criterios de proporcionalidad basados en el perjuicio económico, estableciendo umbrales de 20 y 100 UIT para la graduación de multas. Esta reforma garantiza la transparencia informativa y la protección del consumidor financiero, consolidando un marco preventivo que resguarda la integridad operativa y la estabilidad del mercado bajo supervisión.

Diario Oficial El Peruano (09/04/26)


EVENTOS


Alejandro Falla | Bullard Falla Ezcurra +

Carteles bajo la lupa: enforcement y tendencias en la región (Presencial)

El próximo 14 de abril, a las 11 h. (hora Argentina), nuestro socio Alejandro Falla, participará como expositor del evento presencial “Carteles bajo la lupa: enforcement y tendencias en la región”. Este evento se llevará a cabo en Montevideo 640, CABA, Buenos Aires y es organizado por la Comisión de Defensa de la Competencia del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires. En el evento, se abordarán las principales tendencias en materia de investigación y sanción de carteles, las herramientas utilizadas por las autoridades y los desafíos que plantea un enforcement cada vez más activo y sofisticado en América Latina.

   

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