Regulación & Competencia: Perú
NOTICIAS
MTC: Modifican Contrato de Inversión de Cosco Shipping Ports respecto del plazo de ejecución de inversiones

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), junto con PROINVERSION, firmó la Tercera Adenda al Contrato de Inversión con Cosco Shipping Ports Chancay Perú S.A. (CSPCP), para la ampliación de plazos y ajustes al proyecto «Terminal Portuario Multipropósito para el Puerto de Chancay». Este contrato permite recibir beneficios tributarios, como la Recuperación Anticipada del IGV, por la ejecución de grandes proyectos de inversión. Esta adenda extiende el compromiso de inversión del Contrato de Inversión a 10 años, 5 meses y 8 días desde octubre de 2014, y eleva la inversión total a más de US$ 1,213 millones. Asimismo, el acuerdo actualiza las listas de bienes, servicios y contratos de construcción autorizados, conforme al Decreto Legislativo Nº 973, que regula la Recuperación Anticipada del IGV.
➔ Diario Oficial El Peruano (09/11/24)
INDECOPI: CPC inicia investigaciones contra seis agencias de viajes de Lima por usar métodos comerciales agresivos o engañosos
La Secretaría Técnica de la Comisión de Protección al Consumidor N° 3 del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) inició procedimientos administrativos sancionadores contra seis (6) agencias de viajes de Lima, por el presunto empleo de métodos comerciales agresivos o engañosos para contratar con consumidores, afectando de esa manera su elección libre e informada. Según el análisis preliminar de la Secretaría Técnica, a partir del monitoreo y recojo de información, las agencias habrían ofrecido supuestos premios o beneficios condicionados a pagos o gastos que no fueron previamente informados a los consumidores; asimismo, estos premios habrían sido usados para presionarlos a contratar con tales empresas.
➔ Portal institucional del INDECOPI (05/11/24)
OSITRAN: Aprueban inicio del procedimiento de revisión tarifaria en el Terminal Portuario del Callao – Zona Sur
OSITRAN aprobó el inicio del procedimiento de revisión de oficio del factor de productividad aplicable a las tarifas máximas del Nuevo Terminal de Contenedores del Terminal Portuario del Callao – Zona Sur, a aplicarse entre el 18 de agosto de 2025 y el 17 de agosto de 2030. Esta decisión, sustentada en el Informe Conjunto No. 00172-2024-IC-OSITRAN, fue emitida por la Presidencia Ejecutiva de OSITRAN ante la falta de quorum en el Consejo Directivo desde octubre de 2023, aplicando sus facultades para la aplicación de medidas de emergencia. La metodología empleada será el mecanismo RPI-X, conforme al Reglamento General de Tarifas y el Reglamento de Organización y Funciones de OSITRAN. Esta revisión abarca tarifas para servicios de naves, carga y transbordo en función a dimensiones del contenedor, manteniendo la regulación hasta que existan condiciones de competencia.
➔ Diario Oficial El Peruano (10/11/24)
EJECUTIVO: Publican TUO del Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas
El Poder Ejecutivo aprobó, mediante Decreto Supremo No. 111-2024-PCM, el Texto Único Ordenado (TUO) del Decreto Legislativo No. 1034, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas. Ello, en miras de incluir las nuevas modificaciones a la ley en mención realizadas a través de la Ley No. 31112, Ley que establece el control previo de operaciones de concentración empresarial y la Ley No. 31775, Ley que modifica el Código Penal, a fin de precisar el tipo penal del delito de abuso del poder económico. En ese sentido, este nuevo TUO no modifica la referida norma, solo compila los últimos cambios realizados a la misma. Cabe recordar que Texto Único Ordenado de la Ley No. 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, dispone que las entidades del Poder Ejecutivo se encuentran facultadas a compilar en el respectivo Texto Único Ordenado las modificaciones efectuadas a disposiciones legales o reglamentarias de alcance general correspondientes al sector al que pertenecen, con la finalidad de compilar toda la normativa en un solo texto.
➔ Diario Oficial El Peruano (06/11/24)
INDECOPI: CPC sanciona a inmobiliaria y a su gerente por no cumplir con la entrega de departamentos ofrecidos
La Comisión de Protección al Consumidor N° 3 (CPC) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) sancionó con 15 UIT – equivalente a S/ 77 250 –a la inmobiliaria Medcons Gerencia de Proyectos S.A.C. (Medcons) por infracción al artículo 19 del Código de Protección y Defensa del Consumidor (CPDC) – disposición que asegura la idoneidad y calidad de los productos y servicios ofrecidos –, al incumplir con la construcción y entrega de departamentos ofrecidos en el proyecto ATOM. Según el análisis de la CPC, Medcons no inició la primera etapa del proyecto consistente en la demolición de un predio preexistente, asimismo, ninguno de los terrenos donde se ubicaría el nuevo proyecto le pertenecía a la inmobiliaria. Adicionalmente, la CPC sancionó al gerente de Medcons por infracción al artículo 111 del CPDC, al haber participado de forma negligente en el incumplimiento de las actividades vinculadas al objeto social de la inmobiliaria.
➔ Portal institucional del INDECOPI (04/11/24)
MININTER: Aprueban decreto que regula validación de información del registro de personas que intervienen en contratación de servicios de telecomunicaciones
A través del Decreto Suprem0 No. 014-2024-IN, el Ministerio del Interior regula el proceso de validación de la información del registro de abonados y de los vendedores de servicios móviles, con el fin de combatir el comercio ilegal de equipos móviles y fortalecer la seguridad ciudadana. Establece que el OSIPTEL, en colaboración con el RENIEC y la Autoridad Migratoria, validará los registros de abonados y vendedores, tanto nacionales como extranjeros, para garantizar la legalidad en la contratación de servicios. Además, establece plazos de 20 días hábiles para la validación de datos y estipula que los datos personales sean tratados conforme a la Ley de Protección de Datos Personales. Las entidades públicas involucradas financiarán la implementación con sus presupuestos. El Decreto también regula el proceso para la baja de servicios en caso de irregularidades y detalla el procedimiento de publicación y refrendo.
➔ Diario Oficial El Peruano (07/11/24)
OSIPTEL: Publican Anexo de la Resolución No. 217-2024-CD/OSIPTEL que establece tarifas topes para reactivación de suspensión del servicio y reactivación por corte
El 01 de junio de 2022 se publicó la Ley N° 31487, que otorga al OSIPTEL la facultad de fijar tarifas topes para servicios de reconexión y otras prestaciones derivadas de las condiciones de uso de los servicios públicos de telecomunicaciones. En respuesta, el OSIPTEL inició un proceso de revisión y fijación de tarifas para 17 prestaciones adicionales, como reactivación de servicios y cambio de número, entre otras. Tras recibir propuestas de 58 empresas operadoras, se publicó un proyecto de resolución para comentarios. El análisis técnico revela que las operadoras tienen poder monopólico sobre estas prestaciones, lo que justifica la intervención regulatoria. Se propone fijar tarifas basadas en costos, aplicando una regulación asimétrica a las empresas de mayor participación. Las tarifas topes se aplicarán a tres prestaciones clave, mientras que otras se mantendrán bajo el régimen vigente.
➔ Diario Oficial El Peruano (07/11/24)
INDECOPI: CPC reconoce por primera vez a organizaciones sindicales como consumidores finales
En el marco de un procedimiento administrativo sancionador, la Comisión de Protección al Consumidor (CPC) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) analizó el alcance del término ‘consumidor final’ que establece el Código de Protección y Defensa del Consumidor (CPDC) e interpretó que las organizaciones sindicales calificaban como consumidores finales en el caso en concreto. Según el análisis de la CPC, en la medida que el producto adquirido a las empresas – objeto de la denuncia en el caso – por la organización sindical no se realizó con fines comerciales -por el contrario, fue usado internamente y para el beneficio de sus afiliados- el sindicato podía acceder a los derechos de protección al consumidor. Adicionalmente, la CPC ordenó a las empresas reembolsar al sindicato el monto pagado y dispuso su inscripción en el registro de infractores.
INDECOPI: SEL declara barrera burocrática ilegal exigencia de realizar aportes reglamentarios para parques zonales
La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas (SEL) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) declaró barrera burocrática ilegal el artículo primero de la Ordenanza 1188-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML), consistente en la exigencia de realizar aportes reglamentarios para parques zonales como consecuencia de la ejecución de edificaciones del tipo multifamiliar en predios ubicados en la provincia y departamento de Lima. Según el análisis de la SEL, si bien la MML es competente para exigir el pago o la redención de aportes reglamentarios conforme a las normas nacionales, en el caso concreto excedió sus competencias, en contravención a la Ley 29090 – Ley de habilitaciones Urbanas y Edificaciones – y su reglamento.
➔ Diario Oficial El Peruano (09/11/24)
INDECOPI: Designan miembros de la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas
Mediante las Resoluciones 233-2024-PCM y 135-2024-PRE/INDECOPI, se formalizaron las designaciones de los señores Miriam Isabel Peña Niño y Orlando Vignolo Cueva, respectivamente, como miembros de la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas (SEL) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), por el periodo de cinco (5) años. Por un lado, la señora Peña ha sido Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), Directora General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) y Vocal del Tribunal del Servicio Civil (SERVIR). Por otro lado, el señor Vignolo ha sido Vocal de la SEL del INDECOPI en el periodo 2019-2024, asesor legal en la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud (MINSA) y parte de estudios de abogados.
➔ Diario Oficial El Peruano (09/11/24)
➔ Diario Oficial El Peruano (09/11/24)
OSITRAN: Anuncian revisión tarifaria del Terminal Portuario de Paracas para 2025-2030
OSITRAN avanza en la revisión tarifaria para los servicios del Terminal Portuario General San Martín, aplicable desde 17 de enero de 2025 a enero de 2030. La propuesta del regulador incluye un factor de productividad de -4.06%, lo que permitirá ajustar anualmente las tarifas con un tope máximo de RPI + 4.06%, donde RPI corresponde al índice de precios al consumidor de EE. UU. Este ajuste es resultado de un análisis de la productividad del concesionario y del entorno económico peruano, utilizando una metodología de números índice y un enfoque de “caja única” que abarca todos los servicios del terminal. La revisión también plantea cuatro canastas de servicios regulados: por nave, carga contenedorizada, carga no contenedorizada y pasajeros, estableciendo un marco actualizado para la próxima etapa tarifaria del Terminal Portuario de Paracas.
➔ Portal Institucional del OSITRAN (08/11/24)
CONGRESO: Presentan proyecto para precisar figura de allanamiento en Código de Protección al Consumidor
El grupo parlamentario Fuerza Popular presentó un proyecto de ley que buscaría precisar los alcances aplicables a la figura de allanamiento con el fin de generar certidumbre y predictibilidad respecto a la aplicación de incentivos. En ese sentido, se busca modificar el artículo 112 de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, relativo a los criterios de graduación de las sanciones administrativas. Respecto al beneficio por allanamiento y reconocimiento formulado con la presentación de los descargos, se propone especificar que los proveedores que hayan sido sancionados previamente por la misma infracción dentro de los veinticuatro (24) meses previos a la imputación de cargos no se podrán ver beneficiados por dichas atenuantes.
➔ Proyecto de Ley 9483/2024-CR (08/11/24)
ARTÍCULOS

Alejandro Falla
Socio Regulación y Competencia
Control de fusiones: ¿quién gana y quién pierde?
REPORTES

INDECOPI: Área de libre competencia con menos recursos
Según el estudio de Global Competition Review 2021-2024, desde 2020, el Indecopi ha reducido su presupuesto y personal, contando así con menos recursos para investigar prácticas anticompetitivas. ¿Qué impacto tendrá esta reducción de recursos en la regulación de la competencia en el Perú? Compartimos el análisis realizado por el área de Consultoría Económica de BFE+.
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