Regulación & Competencia: Perú
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INDECOPI: Más de 6500 barreras burocráticas fueron eliminadas voluntariamente en regiones durante el primer trimestre de 2026

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) informó que, entre enero y marzo de 2026, se logró la eliminación voluntaria de 6583 barreras burocráticas en 20 regiones del país, beneficiando a más de 1.8 millones de ciudadanos y cerca de 196 000 empresas. A través de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas, se priorizó la eliminación de trabas vinculadas a licencias de funcionamiento e inspecciones técnicas (ITSE), destacando regiones como Áncash, Piura y Pasco. La entidad resaltó que estos resultados responden a un enfoque preventivo de mejora regulatoria que busca corregir disposiciones ilegales o irrazonables sin necesidad de iniciar procedimientos sancionadores.
➔ Nota de Prensa INDECOPI (30/04/26)
CONGRESO: Aprueban dictamen para fortalecer eliminación de barreras burocráticas en regiones
El Pleno del Congreso aprobó el allanamiento a la observación formulada por el Poder Ejecutivo respecto de la autógrafa de ley derivada de los proyectos de ley 9566 y 9680, que modifican el Decreto Legislativo 1256, Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas, y el Decreto Legislativo 1044 Ley de Represión de la Competencia Desleal. La decisión, adoptada con amplia mayoría y siguiendo la recomendación de la Comisión de Defensa del Consumidor, mantiene intactas las modificaciones orientadas a fortalecer el procedimiento de eliminación de barreras burocráticas, especialmente en el ámbito regional. Entre los principales cambios, se introduce una precisión relevante en el ámbito contencioso-administrativo, estableciendo que los gobiernos regionales y locales deberán contar con autorización formal y expresa de su máxima autoridad para interponer demandas judiciales contra resoluciones que agoten la vía administrativa u otras actuaciones impugnables, en materia de barreras burocráticas. Esta medida busca ordenar la actuación procesal de las entidades públicas y evitar litigios innecesarios. Asimismo, se destacó que la reforma contribuirá a fortalecer la capacidad operativa del INDECOPI en la eliminación de barreras burocráticas a nivel regional, promoviendo procedimientos más ágiles y eficientes en beneficio de los consumidores y agentes económicos.
Portal Oficial del Congreso de la República (30/04/26)
OSIPTEL: Se dispone la publicación para comentarios de normas complementarias sobre ejecución de multas y cartas fianza
El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) aprobó la publicación para comentarios del proyecto de Normas complementarias para la aplicación del artículo 35-A de la Ley N.° 27336. Este artículo establece que la suspensión de la ejecución coactiva de multas administrativas está condicionada a la interposición de una demanda judicial y a la presentación de una carta fianza. La propuesta normativa busca desarrollar aspectos operativos no previstos en la regulación vigente, estableciendo reglas claras, uniformes y vinculantes para la gestión de la carta fianza como condición para la suspensión de la ejecución coactiva de sanciones administrativas de multa impuestas por el OSIPTEL. La finalidad de la norma es fortalecer la ejecutoriedad de las sanciones, reducir la incertidumbre jurídica y mejorar la predictibilidad regulatoria. Asimismo, se plantea estandarizar procedimientos internos y asignar competencias dentro del OSIPTEL. En línea con el principio de transparencia, se otorga un plazo de quince días para recibir comentarios de los interesados, el cual vence el 16 de mayo de 2026.
Portal Institucional del OSIPTEL (04/05/26)
OSIPTEL: Se aprueban lineamientos resolutivos para procedimientos sancionadores en segunda instancia
El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) aprobó los lineamientos resolutivos en materia administrativa sancionadora emitidos por su Tribunal de Apelaciones. Estos lineamientos tienen carácter general y buscan dotar de mayor predictibilidad, uniformidad y transparencia a las decisiones en segunda instancia dentro de los procedimientos administrativos sancionadores. Entre los principales criterios desarrollados se encuentran la inaplicación de la interrupción del plazo de caducidad del procedimiento, precisándose que no puede reiniciarse por actuaciones del órgano instructor; la delimitación de su alcance en casos de nulidad parcial, circunscribiéndolo al análisis del fondo; la aplicación de la retroactividad benigna en función de la norma más favorable, así como la conservación del acto administrativo ante vicios no trascendentes. Asimismo, se precisan criterios para la suspensión del procedimiento por procesos judiciales, el cómputo del plazo de medidas correctivas y parámetros para el cálculo de multas, como la inaplicación del factor de perpetuidad cuando cesa la conducta infractora.
Portal Institucional del OSIPTEL (30/04/26)
INDECOPI: Declaran irrazonable prohibición de cableado aéreo en Miraflores por falta de sustento de proporcionalidad
La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) declaró carentes de razonabilidad las prohibiciones de instalar redes de cableado aéreo de telecomunicaciones y electricidad en el distrito de Miraflores, contenidas en la Ordenanza N.° 554-MM (Resolución N.° 0126-2026/SEL-INDECOPI). Si bien la municipalidad actuó dentro de sus competencias y persiguió fines legítimos como el orden urbano, la seguridad y la reducción de contaminación visual, la Sala concluyó que no acreditó la proporcionalidad de la medida ni evaluó alternativas menos restrictivas, incumpliendo lo exigido por el Decreto Legislativo 1256.
Diario Oficial El Peruano (01/05/26)
MTC: Publican proyecto de Adenda No. 4 al contrato de concesión de Muelle Sur
La empresa concesionaria DP World Callao presentó ante el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) la propuesta de Adenda No. 4 al contrato de concesión del Terminal de Contenedores Zona Sur del Callao. El proyecto de adenda tiene por objeto viabilizar las Fases 3, 4 y 5 del proyecto a través de inversiones en infraestructura portuaria y vial, incluyendo la ejecución del Antepuerto del Callao. El proyecto de adenda obtuvo las opiniones técnicas de PROINVERSIÓN, OSITRAN y la opinión favorable del MEF, encontrándose a la espera de aprobación.
Portal Institucional del MTC (29/04/26)
APN: Aprueban Plan Maestro del Terminal Portuario de Lambayeque
Mediante Resolución de Acuerdo de Directorio No. 0037-2026-APN-DIR, el Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional (APN) aprobó la actualización del Plan Maestro del Terminal Portuario de Lambayeque. El Plan Maestro actualizado del Terminal Portuario de Lambayeque establece un puerto público multipropósito, escalable y sostenible, ubicado en el Área de Desarrollo Portuario de Eten, para atender la demanda de exportación agroindustrial, minera y de carga general del norte peruano, integrando cabotaje y transbordo con los hubs de Callao y Chancay. El plan incorpora criterios de resiliencia climática, mitigación de impactos ambientales y sociales, y una hoja de ruta de permisos, priorizando la articulación intermodal con la futura vía férrea Cajamarca–Eten y la hidrovía amazónica.
Diario Oficial El Peruano (29/04/26)
Portal Institucional de la APN (29/04/26)
SBS: Publican para comentarios la modificación del reglamento para el requerimiento de patrimonio efectivo por riesgo de crédito
Mediante Resolución No. 01255-2026, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) autoriza la difusión en consulta pública del proyecto normativo que modifica el Reglamento para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo de Crédito fin de precisar el tratamiento de determinadas exposiciones bajo el método estándar, en concordancia con los lineamientos de Basilea III para el cálculo del capital regulatorio. Los interesados podrán remitir sus comentarios y observaciones dentro del plazo de noventa (90) días calendario, contados desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución, venciéndose el plazo el martes 28 de julio.
Diario Oficial El Peruano (29/04/26)
SBS: Publican para comentarios el Reglamento del proceso de gestión del patrimonio efectivo de las empresas del sistema financiero
Mediante Resolución No. 01257-2026, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) autorizó la difusión en consulta pública del proyecto normativo del Reglamento del Proceso de Gestión del Patrimonio Efectivo de las Empresas del Sistema Financiero. Dicha norma tiene por objeto establecer disposiciones específicas para la gestión del patrimonio efectivo, integrando la gestión de riesgos, el gobierno corporativo y la planeación estratégica, e incluyendo anexos de autoevaluación en escenarios base, de estrés, estrés severo y análisis de sensibilidad, en concordancia con estándares internacionales. Los interesados podrán remitir sus comentarios y observaciones dentro del plazo improrrogable de treinta (30) días calendario, contados desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución, venciéndose el plazo el domingo 31 de mayo.
Diario Oficial El Peruano (30/04/26)
OSIPTEL: Se inicia revisión de cargos de interconexión tope en diversos servicios de telecomunicaciones
El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) dispuso el inicio del procedimiento de revisión de los cargos de interconexión tope aplicables a diversos servicios de telecomunicaciones, incluyendo (i) la terminación de llamadas en la red del servicio de telefonía fija local, (ii) el transporte conmutado, (iii) el transporte conmutado de larga distancia, (iv) los enlaces de interconexión y (v) la adecuación de red. Esta revisión se enmarca en la obligación de actualizar periódicamente dichos cargos y responde a la necesidad de incorporar avances tecnológicos y el desarrollo de redes multiservicio. Asimismo, se busca garantizar condiciones eficientes de interconexión y promover la competencia en el mercado. La medida se dirige a las empresas concesionarias de servicios de telefonía fija, portadores y servicios móviles, quienes deberán presentar, en un plazo de sesenta días hábiles que vence el 30 de julio de 2026, sus propuestas sustentadas en estudios de costos con base en un modelo integral. Los cargos vigentes continuarán aplicándose hasta la aprobación de la nueva regulación.
Portal Institucional del OSIPTEL (30/04/26)
OSIPTEL: Se amplía plazo de entrada en vigencia de norma sobre uso prohibido del servicio de telecomunicaciones
El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) modificó la vigencia de la norma que regula los criterios para identificar el uso prohibido de los servicios públicos de telecomunicaciones y el procedimiento para el corte del servicio y bloqueo de equipos. La modificación recae en la Primera Disposición Complementaria Final de la norma aprobada por la Resolución N.° 000139-2025-CD/OSIPTEL, ampliando excepcionalmente el plazo de entrada en vigencia de cuatro a ocho meses desde su publicación, fijándose como nueva fecha el 1 de septiembre de 2026. La medida responde a solicitudes de empresas operadoras, que advirtieron dificultades técnicas para implementar los sistemas requeridos, debido a la complejidad de sus redes y niveles de madurez tecnológica. No obstante, el regulador descartó supeditar el inicio del plazo a la entrega de información adicional. Con esta decisión, se busca asegurar una implementación adecuada sin afectar los objetivos de control y fiscalización del uso indebido del servicio.
Portal Institucional del OSIPTEL (30/04/26)
INDECOPI: Declaran barreras burocráticas ilegales requisitos del MTC para habilitaciones vehiculares y transporte de mercancías
La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) declaró barreras burocráticas ilegales determinados requisitos exigidos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones para solicitar nuevas habilitaciones vehiculares y prestar el servicio de transporte público de mercancías, contenidos en el Reglamento Nacional de Administración de Transporte. La decisión cuestiona la legalidad de disposiciones específicas del reglamento por imponer exigencias contrarias al marco normativo vigente.
Diario Oficial El Peruano (01/05/26)
INDECOPI: Sancionan a entidades financieras por discriminar por edad en acceso a créditos
La Sala Especializada en Protección al Consumidor del INDECOPI sancionó a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Tacna y a la Cooperativa de Ahorro y Crédito Serfinco con multas de 8 UIT y 5 UIT, respectivamente, por establecer límites de edad en la promoción de sus productos crediticios sin sustento objetivo. La autoridad determinó que estas prácticas constituyen trato discriminatorio, recordando que la evaluación del riesgo debe basarse en criterios objetivos como la capacidad de pago y no en condiciones personales como la edad.
Nota de Prensa INDECOPI (29/04/26)
MINJUSDH: Aprueban nuevo Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) aprobó, mediante Decreto Supremo N° 006-2026-JUS, el nuevo Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, con la finalidad de compilar, ordenar y sistematizar todas las modificaciones normativas efectuadas a dicha ley, permitiendo a las entidades públicas y a los administrados contar con un único texto actualizado como fuente normativa. El nuevo TUO consolida disposiciones relevantes, tales como el fortalecimiento del uso de herramientas digitales, incluyendo la obligatoriedad de mesas de partes virtuales disponibles de manera continua, la regulación de las modalidades de notificación con énfasis en medios electrónicos sujetos al consentimiento del administrado, y el desarrollo de los supuestos de silencio administrativo positivo y negativo. Asimismo, incorpora modificaciones en los plazos para resolver recursos de reconsideración, incluyendo disposiciones específicas aplicables a organismos reguladores, e integra cambios vinculados a los derechos de tramitación para las micro y pequeñas empresas. La norma entró en vigencia el día siguiente de su publicación, es decir el viernes 1 de mayo, y derogó el TUO aprobado en 2019.
Diario Oficial El Peruano (30/04/26)
EVENTOS

Cárteles: El acuerdo secreto que paga al consumidor (Virtual)
Este 5 de mayo, a las 08:30 h (hora Guatemala) se llevará a cabo de manera virtual el evento “Cárteles: El acuerdo secreto que paga al consumidor”. El evento, que es organizado por Compite Guate, contará con la participación de Gabriela Flores, Coordinadora de Investigaciones Preliminares SC de El Salvador y Juan David Gutierrez, Académico y Experto en Derecho de Competencia.
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