Regulación & Competencia: Latam
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Paraguay: CONACOM sanciona a Bancard por abuso de posición dominante

Mediante Resolución No. D/AL 59/2023, el Directorio de la Comisión Nacional de la Competencia (CONACOM) sancionó a Bancard por haber incurrido en una práctica de abuso de posición dominante denunciada por Banco Continental, consistente en la aplicación de condiciones diferenciadas por prestaciones equivalentes. Además, el Directorio ordenó medidas correctivas a Bancard, las cuales comprenden, entre otras, abstenerse de aplicar condiciones discriminatorias a cualquier emisor de tarjetas de crédito/débito; y de implementar cualquier restricción vertical, en particular, cláusulas de exclusividad en los mercados de emisión, adquirencia y procesamiento de tarjetas. La decisión final invoca, asimismo, al Banco Central del Paraguay a emitir o promover una regulación que permita la interoperabilidad entre las empresas procesadoras de pagos.
➔ Portal Institucional de la CONACOM (21/11/23)
Brasil: CADE descarta gun jumping en la venta de Oi Móvel
El Consejo Administrativo de Defensa Económica (CADE) decidió archivar la denuncia de Algar Telecom sobre la presunta ejecución anticipada no autorizada (gun jumping) de la venta de Oi Móvel a Claro, TIM y Vivo. De acuerdo con la denuncia, estas tres (3) empresas habrían formado un consorcio para participar de la oferta pública de las acciones de Oi Móvel, acción que constituiría una operación notificable. Ante ello, Tim alegó que no habría formado un consorcio, sino una oferta conjunta, puesta en conocimiento de distintos agentes. Finalmente, la Superintendencia General del CADE determinó que no se había conformado un consorcio y por tanto no se verificaba la existencia de una infracción por gun jumping.
➔ Portal Telesintese (14/11/23)
CAN: Tribunal Andino concede plazo hasta enero a Bolivia para aplicar normativa sobre el precio del Diesel
El Tribunal de la Comunidad Andina de Nacional (CAN) concedió una prórroga al estado de Bolivia hasta enero del 2024 para adecuar su normativa y aplicar la sentencia que ordena no diferenciar los precios del combustible para vehículos bolivianos y los que tienen placa extranjera. En ese sentido, el Procurador del Estado, Cesar Siles, informó que por medio de un acto dictado por el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina se concedió dicha prórroga excepcional y única hasta el próximo 19 de enero. Cabe decir, que el reclamo peruano señala que, dicha diferenciación de precios vulnera los principios de trato nacional, no discriminación y libre competencia previstos en el marco de las decisiones andinas que los países pertenecientes a la Comunidad Andina deben cumplir.
Chile: TDLC rechaza requerimiento de FNE por colusión entre empresas de helicópteros para extinción de incendios
El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) rechazó el requerimiento presentado por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) por la supuesta colusión entre empresas de helicópteros proveedoras de la Corporación Nacional Forestal (CONAF) para la extinción de incendios. Según el TDLC, la actuación de la FNE se realizó fuera del plazo legal, lo cual ocasionó la prescripción de la acción; en concreto, el acuerdo colusorio generó efectos hasta el 10 de diciembre de 2014 y el requerimiento fue presentado el 19 de agosto de 2020. Cabe mencionar que, desde 2011, el TDLC no resolvía desestimar un requerimiento de colusión presentado por la FNE.
➔ Sentencia del TDLC (16/11/23)
➔ Diario La Tercera (17/11/23)
Chile: FNE aprueba concentración en sector de transporte marítimo
La Fiscalía Nacional Económica (FNE) aprobó la operación de concentración consistente en la adquisición del 67,88% de control por parte de American Industrial Partners Capital Fund VII LP, a través de Aqua Funding, empresa activa en el sector de servicios de transporte marítimo y de propiedad de Aquaship Invest, L.P., Grip Skipsinvest AS y otros accionistas minoritarios. Según la FNE, la operación de concentración no genera riesgos a la competencia, en tanto: (i) los agentes económicos involucrados participan en distintos segmentos; (ii) no existe superposición horizontal; y, (iii) no existen relaciones verticales. Adicionalmente, tampoco existen riesgos de conglomerado, ya que no existe vínculo de complementariedad en los mercados en los que participan la empresa compradora y la entidad objeto.
➔ Portal Institucional de la FNE (14/11/23)
Colombia: SIC investiga a Terpel, Chevron, Biomax, Primax y otros distribuidores por presuntas prácticas anticompetitivas en el mercado de combustibles líquidos
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) inició una investigación en contra de las distribuidoras de combustibles Organización Terpel S.A., Chevron Petroleum Company, Biomax Biocombustibles S.A., Primax Colombia S.A., la Asociación de Distribuidores Minoristas de Combustible y Derivados del Petróleo de Nariño y otros 46 minoristas por presuntas prácticas anticompetitivas dirigidas a obstaculizar el ingreso de nuevos agentes al mercado en Nariño. Según la SIC, las investigadas habrían coordinado y ejecutado una estrategia de acciones judiciales y administrativas dirigidas a impedir la construcción de plantas de abastecimiento evitando así que nuevos agentes puedan acceder al beneficio de abastecer al mercado de combustibles en primer orden de prelación. La conducta imputada habría obstaculizado los efectos de la medida regulatoria de orden de prelación orientada a incentivar la construcción de plantas en la región a fin de disminuir el riesgo de desabastecimiento y a generar condiciones para reducir el precio de los combustibles en la zona.
➔ Portal Institucional de la SIC (15/11/23)
Colombia: SIC ordena a Linkedln cuidar datos personales de usuarios
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) emitió una orden administrativa de carácter preventivo a las compañías LinkedIn Corporation y LinkedIn Ireland Unlimited Company a fin de que refuercen las medidas de seguridad para proteger los datos personales y la información de sus usuarios, garantizando el principio y el deber de seguridad de su información. Esta decisión surge tras la presunta exposición de la información personal de más de 500 millones de usuarios de la red social a nivel global causada por una brecha de seguridad frente al web scraping o “scrapeo”. Según se indica, lo anterior constituye un riesgo permanente para el tratamiento de la información personal, pues que la extracción masiva de datos se realiza por medios automatizados.
Ecuador: SCE inicia estudio de mercado sobre el sistema de seguros de salud privados
La Superintendencia de Competencia Económica (SCE) señaló el inicio del estudio de mercado sobre el sistema de seguros de salud privados en el Ecuador. Al respecto, se plantea evaluar el comportamiento y evolución competitivo de dicho mercado, analizar su marco regulatorio, identificar la estructura del mercado y conocer el accionar de los actores que operan en dicho mercado, de manera que pueda plantear recomendaciones orientadas fortalecer la competencia.
➔ Portal Institucional de la SCE (10/11/23)
España: CNMC investiga a distribuidora eléctrica del Grupo Naturgy (UFD) y a sus matrices por posible abuso de posición de dominio
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) inició un procedimiento administrativo sancionador contra UFD Distribución Electricidad, S.A., sus matrices Holding Negocios Electricidad, S.A. y Naturgy Energy Group, S.A.; y la empresa subcontratada Lean Grids Services, S.L., por un posible abuso de posición de dominio en el mercado de instalación de equipos y prestación de servicios de medida en los puntos de suministro tipos 3 y 4. Según la CNMC, la empresa habría llevado a cabo una estrategia exclusionaria consistente en la realización de prácticas de cierre de mercado e imposición de condiciones discriminatorias a terceros competidores.
➔ Portal Institucional de la CNMC (21/11/23)
México: Ciudad de México contra el modelo Airbnb: da un primer paso para regular las plataformas de hospedaje
El Ejecutivo, encabezado por Martí Batres, ha presentado una iniciativa para controlar las plataformas de estancias cortas de la misma forma que se hizo en Nueva York. De aprobarse la iniciativa, tanto los propietarios como las plataformas estarán obligados a dar los datos estadísticos al Gobierno, entre ellos, cuántas noches se ha rentado en total. El registro se dará por un año y cuando finalice ese período, el dueño tendrá que renovarlo. Si es que las ocupaciones en noche superan el 70% al año, se les negará el registro al siguiente año de ejercicio con el objetivo de incentivar que el inmueble rentado se incluya en el mercado de arrendamiento a residentes de la ciudad a largo plazo. Asimismo, esta norma busca mejorar la economía turística de forma redistributiva, evitando la concentración de estos servicios en pocos intermediarios que lo ofrecen.
Paraguay: CONACOM indagará sobre incremento súbito del precio del tomate
Ante la elevación súbita de los precios del tomate, la Comisión Nacional de la Competencia (CONACOM) convocará a una reunión interinstitucional con el Ministerio de Agricultura y Ganadería, el Ministerio de Industria y Comercio, y la Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario (SEDECO) para determinar si hay indicios de concertación de precios respecto al incremento súbito del precio del tomate. De determinarse ello, la autoridad de competencia podría abrir una investigación para determinar la existencia de cártel o acuerdos anticompetitivos respecto al precio de este bien.
➔ Diario Última Hora (15/11/23)
Paraguay: CONACOM emite opinión sobre proyecto de ley que regula plataformas de delivery
La Comisión Nacional de la Competencia (CONACOM) emitió una opinión sobre el proyecto de ley que pretende regular la prestación de servicios en plataformas digitales de movilidad y de reparto a domicilio. Al respecto, la CONACOM señaló en su opinión que se debe evitar exigencias o requisitos como la licencia o un local físico que puedan discriminar o establecer barreras innecesarias a los actores del mercado.
➔ Portal Institucional de la CONACOM (14/11/23)
Perú: Modifican Código de Protección y Defensa del Consumidor y Ley de Concesiones Eléctricas, reconociendo derechos en favor de los usuarios
El pasado 18 de noviembre, se publicó la Ley No. 31937 que modificó el artículo 66 de la Ley No. 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor sobre la garantía de protección a los usuarios de servicios públicos regulados e incorporó un numeral que dispone que los usuarios tienen derecho a que se les suspenda la orden de corte de servicio, incluso al momento de ejecutarse el procedimiento, si acredita el pago previo de la deuda. En ese sentido, también se modifica el artículo 82 del Decreto Ley No. 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, disponiendo que el concesionario de distribución eléctrica no puede condicionar la atención del reclamo formulado por el usuario al pago previo de la deuda. Finalmente, se dispone que en un plazo de 30 días calendario se establezca la multa aplicable y la adecuación normativa para la aplicación efectiva de las modificaciones.
➔ Diario Oficial El Peruano (17/11/23)
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