Lima, 11 de febrero
2025 Año XI

Lima, 11 de febrero 2025
Año XI

Regulación & Competencia: Iberoamérica


NOTICIAS


REPÚBLICA DOMINICANA: ProCompetencia planea implementar control previo de concentraciones y sanciones pecuniarias por conductas desleales

La presidenta del Consejo Directivo de Pro-Competencia, María Elena Vásquez Taveras, destacó la necesidad de modificar la Ley No. 42-08 sobre Defensa de la Competencia, lo cual fue respaldado por gremios empresariales como el CONEP y la AIRD. La reforma, cuyo borrador ya está listo, busca otorgar a Pro-Competencia la facultad de imponer sanciones económicas por prácticas de competencia desleal, actualmente limitadas al cese de la conducta infractora. Además, incorporaría el control previo de fusiones y concentraciones, protegiendo la libre competencia y mitigando impactos negativos de operaciones transfronterizas en el mercado local. Vásquez Taveras resaltó el avance en la concientización sobre el rol de Pro-Competencia en la regulación del mercado y la garantía de condiciones equitativas para los agentes económicos, aunque persiste el reto de fortalecer su reconocimiento en el sector empresarial y la población en general.

Portal Institucional de ProCompetencia (10/02/25)


La Subsecretaría de Transporte Aéreo ha autorizado a la empresa argentina Fly Seg a prestar servicios de rampa en diversos aeropuertos del país, entre los cuales se encuentran como el push back de aeronaves, el embarque y desembarque de pasajeros, y la gestión de equipaje. Esta decisión, publicada en el Boletín Oficial, se enmarca en la desregulación del sector, lo que pone fin al monopolio de Intercargo y fomenta la competencia. Asimismo, Fly Seg, que ya opera en aeropuertos de Brasil, podrá ofrecer sus servicios en terminales clave de Argentina, como Ezeiza, Aeroparque y Córdoba. A su vez, el Gobierno aprobó el certificado digital para explotadores aeroportuarios, facilitando la incorporación de nuevos actores.   

Diario El Economista (05/02/25) 


El Consejo Administrativo de Defensa Económica (CADE) organizará una audiencia pública para analizar la competencia en los ecosistemas digitales de iOS (Apple) y Android (Google), misma que se llevará a cabo de manera híbrida en Brasilia y por transmisión de YouTube. El objetivo es evaluar posibles barreras a la competencia en el marco de investigaciones sobre Google Android, Play Store y Apple App Store. La audiencia permitirá a expertos, agentes económicos y la sociedad aportar contribuciones para futuras decisiones del CADE. La participación es abierta, con inscripciones para intervenciones orales o envíos escritos hasta el 12 de febrero.   

Portal Institucional del CADE (04/02/25) 


La empresa lechera Chilterra demandó a Prolesur, filial de Soprole, ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) por abuso de posición dominante en la fijación del precio base de la leche. Chilterra acusa a Prolesur de aplicar criterios arbitrarios en la valorización de la leche, lo que habría llevado a su crisis financiera. La demanda solicita una multa de hasta USD 8 millones, equivalente al 30% de las ventas de la línea de productos involucrada. Prolesur ya fue notificada y tiene 30 días hábiles para responder. Este caso marca un hito, pues, a diferencia de demandas previas en el sector, cuestiona directamente la fijación del precio base. La discusión sobre qué constituye un «precio abusivo» promete ser clave en el proceso.

Diario Financiero (03/02/2025)
Demanda Chilterra


Mediante la Resolución No. 133, la Fiscalía Nacional Económica (FNE) inició una investigación sobre la operación de concentración entre Cencosud Inmobiliaria S.A. e Inmobiliaria Catedral Limitada. La transacción, notificada el 16 de enero de 2025, contempla la eventual adquisición de control sobre un inmueble ubicado en Villarrica, de propiedad de Inmobiliaria Catedral, por parte de Cencosud. Tras analizar la notificación y sus anexos, la FNE determinó que la operación se encuentra completa y ordenó el inicio de la investigación bajo el Rol FNE F415-2025. De esta manera, la revisión se efectuará conforme al Decreto Ley No. 211 y la normativa vigente, con el objetivo de evaluar su impacto en la libre competencia del mercado inmobiliario.

Portal Institucional de la FNE (04/02/2025)


La Corte Constitucional le puso fin este martes al monopolio del aguardiente en Colombia. La sentencia declara inconstitucional un artículo de la conocida como Ley de Licores, aprobada en 2016, que otorgaba una protección especial a la producción de aguardiente de cada departamento. En específico, dicho artículo otorgada a los gobernadores la facultad para bloquear la comercialización de aguardientes producidos fuera de sus fronteras. De acuerdo con la Corte Constitucional, dicha restricción vulneraba la libre competencia y la libertad de elección de los consumidores.

Diario El País (05/02/2025)


Ante la adquisición de Sadabell por parte de BBVA, la Comisión Nacional de los Mercados y Competencia (CNMC) solicitó información a los otros bancos españoles sobre la competitividad en el mercado financiero. La postura de BBVA es sostener que el sector bancario es muy competitivo y la operación no va a afectar la competencia. No obstante, la CNMC ha expresado preocupación por posibles efectos adversos a la competencia, y exclusión financiera.

Diario Expansión (09/02/25)


La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia aprobó las propuestas realizadas para la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) para comercializar los derechos audiovisuales en varios territorios europeos de la primera división masculina de fútbol sala para las temporadas 2024/25 y 2025/26. Entre las recomendaciones están incluir restricciones a la publicidad y criterios de valoración para la adjudicación de lotes.

Portal Institucional CNMC (07/02/25)


El Senado de México analiza una reforma energética que eliminaría a la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) y la Comisión Reguladora de Energía (CRE), concentrando sus funciones en la nueva Comisión Nacional de Energía (CNE), órgano dependiente de la Secretaría de Energía (Sener). La CNE no tendrá autonomía presupuestal y su regulación será determinada por un Comité Técnico presidido por la titular de Sener, quien también encabeza los consejos de administración de Pemex y CFE. Este Comité, compuesto por funcionarios designados y tres expertos nombrados por el Ejecutivo, tendrá facultades para otorgar permisos y emitir regulaciones. La propuesta podría reducir la transparencia del sector al no garantizar la transmisión pública de sus sesiones. Además, se prevé la restricción de permisos de importación y comercialización de petrolíferos para favorecer a Pemex, bajo el argumento de trazabilidad y control de calidad del mercado energético.

Diario El Economista (09/02/25)


La Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi (SPC) sancionó a Operadora Peruana de Cines S.A.C. (Cinépolis) con una multa de 30 UIT (USD 43.6 mil) por impedir a los consumidores ingresar a sus salas con alimentos adquiridos fuera de sus establecimientos. La decisión reitera el criterio establecido en 2018, desestimando el argumento de Cinépolis de equiparar su negocio a un restaurante. La SPC sostuvo que el cine se presenta comercialmente como una sala de exhibición de películas, no como un restaurante, por lo que la restricción impuesta carece de justificación legal. Como medida correctiva, Cinépolis deberá permitir el ingreso de alimentos similares a los que vende y publicar avisos informativos sobre la eliminación de dicha restricción.

Portal Institucional del INDECOPI (10/02/25)


El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) publicó el Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional, adecuándolo a la Ley No. 32048. La norma introduce cambios en los artículos 12, 35, 36, 50 y 58, y agrega disposiciones sobre la exclusividad en la prestación de servicios portuarios esenciales y la prórroga de concesiones hasta por 30 años adicionales. También permite que las inversiones privadas fuera del área concesionada contribuyan a la conectividad y competitividad portuaria, sujetas a modificación contractual bajo el Decreto Legislativo N° 1362. Además, establece que la Autoridad Portuaria Nacional otorgará automáticamente la exclusividad en la prestación de servicios a quienes la soliciten. El MTC deberá emitir lineamientos de evaluación para la prórroga de concesiones en aplicación del artículo 58 del Reglamento de la Ley No. 27943 en un plazo de 60 días contados a partir del día siguiente de la publicación del reglamento.​

Portal Institucional del MTC (06/02/25)

   

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