Regulación & Competencia: Iberoamérica
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PERÚ: INDECOPI publica Proyecto de Guía de Colaboración entre competidores para prácticas sujetas a prohibición relativa

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), con apoyo del Banco Mundial y la Cooperación Suiza, presentó el Proyecto de Guía de Colaboración entre Competidores para Prácticas sujetas a prohibición relativa. El documento busca orientar a las empresas sobre cómo cooperar sin afectar la competencia ni perjudicar a los consumidores, ofreciendo un marco de seguridad jurídica respecto a las alianzas permitidas. La guía se centra en colaboraciones que pueden generar eficiencias y beneficios para el mercado, como proyectos de investigación, sostenibilidad o compras conjuntas, siempre que estas prácticas produzcan ventajas para los consumidores. En línea con la normativa de competencia, tales conductas se evalúan bajo la figura de “prohibición relativa”, que exige analizar sus efectos positivos y posibles riesgos. La autoridad invitó a ciudadanos, empresas y demás interesados a revisar el proyecto y enviar comentarios hasta el 3 de octubre de 2025.
➔ Portal Institucional del INDECOPI (04/09/25)
ARGENTINA: Corredores Viales se disolverán tras concesión de sus rutas nacionales
De acuerdo con el Decreto 97/2025, se dispone la privatización de Corredores Viales S.A., empresa estatal que administra más de 9.000 km de rutas nacionales, ordenando su liquidación en un plazo de doce meses. El Ministerio de Economía será responsable de convocar licitaciones nacionales e internacionales para adjudicar las concesiones viales mediante un esquema de peajes, con el fin de trasladar al sector privado la inversión en obras y mantenimiento. La medida se fundamenta en las cuantiosas pérdidas y transferencias fiscales acumuladas por la compañía y se inscribe en la estrategia de desestatización impulsada bajo la Ley de Bases, que ya viabilizó la privatización de Impsa, Enarsa, Intercargo y AySA, confirmando un repliegue del Estado en estos sectores.
Diario América Economía (01/09/25)
BRASIL: CADE ordena notificación de acuerdo de código compartido entre Gol y Azul
El Tribunal del Consejo Administrativo de Defensa Económica (CADE) resolvió, de manera unánime, que el acuerdo de código compartido celebrado entre las aerolíneas Gol y Azul debe notificarse en un plazo de 30 días. La decisión no configura una fusión, sino la obligación de someter el contrato a control previo, considerando que tales acuerdos no están exentos del análisis competitivo y pueden generar riesgos de coordinación entre competidores. Se destacó que, tratándose de aerolíneas nacionales y vuelos domésticos, las preocupaciones antitrust son mayores que en casos internacionales, razón por la cual no resulta aplicable el precedente TAM/Qatar. Hasta que el CADE concluya su evaluación, las empresas tienen prohibido expandir las rutas bajo código compartido y, de omitirse la notificación en el plazo previsto, el acuerdo deberá suspenderse con salvaguarda de los pasajes ya emitidos.
Portal Institucional del CADE (03/09/25)
BRASIL: CADE confirma condena de Rumo-ALL por abuso de posición dominante y fija una nueva multa
El Tribunal del CADE confirmó la condena contra Rumo Logística por abuso de posición dominante al restringir el acceso de competidores al patio ferroviario de Santa Adélia (SP), infraestructura esencial para el transporte de azúcar al Puerto de Santos, en un procedimiento iniciado por denuncia de Agrovia. En este fallo se fijó una multa de USD 3. 6 millones, con opción de reducción al 10% si la empresa desiste de acciones judiciales y paga en una sola cuota en 30 días. Asimismo, se ratificó las obligaciones de garantizar acceso no discriminatorio a la red y de abstenerse de prácticas exclusorias.
Portal Institucional del CADE (03/09/25)
CHILE: FNE recomienda modificar regulaciones de costos variables de centrales termoeléctricas
La Fiscalía Nacional Económica (FNE) recomendó al Ejecutivo modificar la normativa sobre declaraciones de costos variables de centrales termoeléctricas, con el fin de reducir espacios de discrecionalidad en condiciones de despacho forzoso o priorizado por seguridad del sistema. Aunque la investigación iniciada en 2024 descartó conductas anticompetitivas de AES Andes en el Sistema Eléctrico Nacional, la FNE identificó riesgos de prácticas oportunistas, como declarar mezclas de insumos menos eficientes, lo que eleva costos marginales y pagos laterales al resto de agentes. De esta manera, el análisis se centró en tres hechos: las declaraciones de precios de carbón en el complejo Ventanas durante 2023, el cierre anticipado de Norgener tras la quema priorizada de 94.000 toneladas de carbón en 2024, y errores en costos de embarques en Cochrane y Angamos entre 2018 y 2023.
Portal Institucional de la FNE (04/09/2025)
COSTA RICA: Congreso impulsa plan para reducir precios de medicamentos tras fracaso de decretos
La Asamblea Legislativa de Costa Rica aprobó en primer debate, con 40 votos a favor, el proyecto de Ley No. 23.234, “Ley de Fomento y Promoción de la Competencia en el Mercado de Medicamentos”. La iniciativa, impulsada por las diputadas María Marta Carballo y Melina Ajoy, busca reducir los altos precios de los medicamentos y garantizar un mayor acceso de la población a través del fortalecimiento de la competencia en el sector privado. Entre sus disposiciones centrales, la ley prohíbe a droguerías e importadoras establecer contratos de exclusividad con farmacias, calificando esta práctica como monopolística y sancionable bajo la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor. Asimismo, ordena al MEIC la implementación de un “Observatorio de Precios de Medicamentos Multinivel” que permita dar transparencia en toda la cadena de valor. El proyecto avanza tras el fracaso de decretos presidenciales previos que intentaron sin éxito contener los precios.
ESPAÑA: CNMC analizará el impacto de sus recomendaciones sobre la distribución minorista y mayorista de medicamentos
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) anunció que realizará una evaluación ex post del impacto de sus recomendaciones dirigidas a la distribución minorista y mayorista de medicamentos en España. Estas evaluaciones apuntan a determinar el grado de implementación de dichas medidas, así como su efecto sobre el bienestar de los pacientes, la eficiencia y la sostenibilidad financiera del Sistema Nacional de Salud. En el nivel minorista, se recomendó flexibilizar la regulación sobre farmacias; en el nivel mayorista, se promovió fortalecer la evaluación farmacológica y económica de medicamentos innovadores, fomentar la competencia en los genéricos y vincular la retribución de agentes a la calidad del servicio. El análisis también incorporará el examen de reformas normativas recientes, como el anteproyecto de ley de medicamentos y productos sanitarios.
Portal Institucional de la CNMC (04/09/2025)
GUATEMALA: Directorio inicia proceso de elección del primer Superintendente de Competencia
El Directorio de la Superintendencia de Competencia dio inicio formal al proceso de elección del primer Superintendente, autoridad que, conforme al artículo 50 de la Ley de Competencia, ejercerá la dirección y administración de la institución durante seis años sin posibilidad de reelección. Tras la reciente integración del Directorio, se estableció un plazo de 120 días para la designación del titular. En este marco, los integrantes del Directorio iniciaron el 4 de septiembre de 2025 las entrevistas públicas a los aspirantes, con el objetivo de seleccionar a la máxima autoridad administrativa de la entidad.
Portal Institucional del Congreso de la República (05/09/2025)
MÉXICO: La Secretaría de Economía impone cuotas compensatorias definitivas a las importaciones de calzado originarias de China
La Secretaría de Economía emitió la Resolución final del procedimiento administrativo de investigación antidumping de oficio sobre las importaciones de calzado originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia. La investigación antidumping inició el 26 de abril de 2024 y consideró la información presentada por importadoras, exportadoras, productoras nacionales, cámaras y una asociación. La investigación determinó que dichas importaciones ingresaron a México en condiciones de dumping, generando daño a la industria nacional. En consecuencia, con objeto de proporcionar condiciones leales de competencia y defender los intereses de la planta productiva nacional procede el establecimiento de cuotas compensatorias definitivas de entre 0.54 y 22.50 dólares por par, a las importaciones originarias de China que ingresen por debajo del precio de referencia de 22.58 dólares por par. Estas medidas estarán vigentes durante cinco años y podrán prorrogarse en caso necesario.
Diario Oficial de la Federación (03/09/25)
PANAMÁ: Sancionan por incumplimiento con información de productos
La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO) impuso 103 multas en primera instancia, por un total de USD 24.9 mil, a distintos agentes económicos por incumplir la Ley 113 de 2019, que obliga a identificar claramente los productos sucedáneos o de imitación mediante un letrero visible que indique su naturaleza, nombre en idioma español y país de origen. La normativa busca garantizar que los consumidores distingan entre productos originales y sus imitaciones, precisando además si son nacionales o importados. En el presente año, tras 171 verificaciones realizadas en seis provincias, solo 25 productos cumplieron la disposición legal, mientras que 141 fueron infractores. ACODECO recordó que la etiqueta de anaquel no sustituye al letrero exigido y habilitó diversos canales de denuncia ciudadana, preservando el anonimato del denunciante, con el fin de reforzar la protección al consumidor y la transparencia comercial.
Portal Institucional de la ACODECO (09/09/25)
PERÚ: Sancionan a dos universidades por emplear datos personales para fines publicitarios sin consentimiento
La Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (ANPD) del Ministerio de Justicia sancionó a la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP) y a la Universidad ESAN por infringir la Ley de Protección de Datos Personales. La PUCP recibió una multa de 25,5 UIT (aproximadamente USD 38 500) y la Universidad ESAN de 11,25 UIT (alrededor de USD 16 980), sumando en total 36,75 UIT, equivalentes a USD 55 480 dólares americanos. Las investigaciones revelaron que ambas universidades enviaron mensajes publicitarios mediante correos electrónicos y mensajes de texto sin contar con el consentimiento válido de los destinatarios. Además, continuaron remitiendo dichas comunicaciones pese a las solicitudes de cancelación de datos realizadas por los ciudadanos. La ANPD reiteró que cualquier entidad, pública o privada, debe obtener consentimiento libre, previo, expreso, informado e inequívoco antes de usar información personal para fines de marketing. Asimismo, recordó que la privacidad es un derecho fundamental protegido por la Ley N.° 29733.
Portal Institucional del MINJUSDH (05/09/25)
EVENTOS

Antitrust and regulation in a decline spiral (Virtual)
El jueves 25 de septiembre a las 10:00 am (hora Argentina), se llevará a cabo el desayuno virtual “Antitrust and regulation in a decline spiral”. En esta oportunidad, el debate lo abrirá Cristina Caffarra (economist and antitrust expert, Honorary Professor, University College London)
NOTAS

Aspectos relevantes para la aplicación de la Ley de Competencia de Guatemala
Por: Eduardo Quintana y Lucía Villarán, Socios Regulación y Competencia

INDECOPI publica Proyecto de Guía de Colaboración entre Competidores
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