Regulación & Competencia: Iberoamérica
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PANAMÁ: Declaran lesivo el contrato de concesión de Panama Ports

El Pleno de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de su facultad de control de constitucionalidad, ha declarado la nulidad total del contrato-ley de Panama Ports Company. El fallo determina que la concesión es lesiva al interés público y vulnera ocho preceptos constitucionales, destacando la infracción al principio de igualdad y soberanía estatal sobre bienes de dominio público. La Corte concluye que el esquema de «prórroga automática» y las cláusulas de «extensión futura» carecen de validez jurídica por omitir solemnidades de orden público, como el refrendo de la Contraloría, y por supeditar el bienestar social al interés particular. En consecuencia, el Tribunal establece con carácter vinculante que la concesión no existe jurídicamente, invalidando cualquier prórroga y revirtiendo la administración de los puertos de Balboa y Cristóbal al Estado.
➔ Diario La Estrella De Panamá (31/01/26)
CHILE: FNE culmina Estudio de Mercado sobre Educación Superior con cinco paquetes de recomendaciones para mejorar el desempeño competitivo de este sector
La Fiscalía Nacional Económica (FNE) publicó el informe final de su noveno estudio de mercado sobre educación superior, en el que analiza el funcionamiento competitivo del sector y propone cinco paquetes de recomendaciones para mejorar su desempeño. El diagnóstico identifica tres problemas centrales: dificultades de los estudiantes para tomar decisiones informadas (incluida una elevada proporción que elige carreras con retorno privado negativo), fallas en la disponibilidad y comprensión de información relevante sobre calidad, empleabilidad y costos, y distorsiones derivadas de ciertas regulaciones que afectan principalmente a instituciones estatales. Sobre esa base, la FNE recomienda, entre otros puntos, fortalecer y simplificar la información para postulantes y estudiantes, introducir ajustes en los mecanismos de financiamiento y en la regulación de títulos y grados para reducir ventajas históricas injustificadas y revisar reglas que limitan la competencia entre instituciones. Según estimaciones del propio estudio, si estas medidas lograsen reducir en torno a 10 % la deserción y la proporción de alumnos que se matriculan en programas con valor presente neto negativo, los beneficios para familias y para el Estado podrían ser significativos en términos de mejor uso de los recursos destinados a educación superior.
Portal Institucional FNE (30/01/26)
CHILE: FNE informa que Transbank cumple con condición impuesta por el TDLC para desregular sus tarifas
La Fiscalía Nacional Económica (FNE) informó, mediante la Resolución N.º 22/2026, que Transbank cumple la condición fijada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) en la Resolución N.º 86/2025 para desregular sus tarifas de margen adquirente, al haberse verificado que su participación mensual en el segmento de procesamiento adquirente, medida en número de transacciones, ha sido inferior al 50 % durante al menos seis meses consecutivos. Con ello, se habilita la segunda etapa del esquema definido por el TDLC, que contemplaba inicialmente un sistema tarifario regulado y, posteriormente, la liberalización de las tarifas una vez constatado un nivel suficiente de competencia en el mercado. La FNE recuerda que la Corte Suprema, mediante sentencia de 14 de enero de 2026, rechazó los recursos de reclamación contra la Resolución N.º 86/2025 y confirmó íntegramente el nuevo diseño tarifario, considerando el cambio de circunstancias derivado del tránsito desde un modelo de tres partes con posición de monopolio a otro de cuatro partes con competidores. Verificada la condición para la desregulación, la Fiscalía archivó la investigación Rol N.º 2812-25, iniciada para fiscalizar el cumplimiento de la resolución del TDLC.
Portal Institucional FNE (29/01/26)
ECUADOR: Gobierno presenta proyecto de ley energética que regula la delegación de proyectos al sector privado
El Gobierno de Ecuador presentó el 28 de enero de 2026 ante la Asamblea Nacional el Proyecto de Ley Orgánica para el Fortalecimiento de los Sectores Estratégicos de Minería y Energía, con carácter económico urgente, marcando el tercer intento del Ejecutivo por reformar el sector eléctrico. La iniciativa responde al fallo de la Corte Constitucional que declaró inconstitucional una disposición que permitía concesionar servicios eléctricos al sector privado por razones amplias de “interés público”. El proyecto redefine el artículo 25 de la Ley Orgánica del Servicio Público de Energía Eléctrica y establece criterios específicos para la delegación excepcional de proyectos de generación eléctrica a empresas privadas, estatales extranjeras o de economía popular y solidaria, mediante procesos públicos. Estas delegaciones procederán ante retrasos en el Plan Maestro de Electricidad, déficit energético, emergencias del sector o cuando el sector privado ofrezca condiciones más favorables. Las concesiones podrán durar hasta 30 años, sin transferir la titularidad del servicio, manteniéndose la rectoría estatal. Además, el proyecto impulsa la autogeneración, crea la figura del Distrito Autónomo Energético y propone medidas para reducir los costos de generación eléctrica.
ESPAÑA: CNMC investiga posibles prácticas colusorias en licitaciones de servicios aéreos
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) inició una investigación preliminar por posibles acuerdos y/o prácticas concertadas entre empresas del sector de trabajos aéreos para manipular licitaciones públicas de servicios de prevención y extinción de incendios, transporte sanitario, y búsqueda y salvamento. Según se informó, entre el 27 y el 30 de enero de 2026 la CNMC realizó inspecciones en las sedes de varias empresas del sector con la colaboración de autoridades autonómicas de competencia. La autoridad precisó que estas actuaciones no prejuzgan la existencia de infracción ni la culpabilidad de las empresas investigadas, y que, de encontrarse indicios suficientes, podría iniciarse un expediente sancionador.
Portal Institucional CNMC (30/01/26)
ESPAÑA: CNMC multa a empresas del Grupo Repsol por abuso de posición de dominio mediante estrechamiento de márgenes
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) impuso una multa total de 20,5 millones de euros (aproximadamente USD 24,3 millones) a las empresas Repsol Comercial de Productos Petrolíferos, Solred y Campsa Estaciones de Servicio aplicar una política de estrechamiento de márgenes abusivo en el mercado de combustibles de automoción entre abril y diciembre de 2022. La CNMC concluyó que, durante dicho periodo, Repsol ostentaba posición de dominio en el mercado mayorista nacional de suministro de gasóleo A (GOA) a estaciones de servicio, lo que le imponía una especial responsabilidad competitiva. La conducta consistió en incrementar de forma generalizada los precios mayoristas a estaciones independientes, mientras aplicaba simultáneamente descuentos adicionales aguas abajo en su red minorista para clientes profesionales, afectando especialmente a estaciones de bajo coste. La autoridad consideró que esta estrategia restringió la capacidad competitiva de sus rivales, vulnerando el artículo 2 de la Ley de Defensa de la Competencia y el artículo 102 del TFUE. Además de la multa, la CNMC prohibió a las empresas sancionadas contratar con el sector público para el suministro de GOA durante seis meses.
Portal Institucional CNMC (03/02/26)
MÉXICO: Profeco inicia investigación contra Ticketmaster por irregularidades en venta de boletos
La Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) inició un procedimiento sancionador contra Ticketmaster por irregularidades en la venta de boletos para los conciertos de BTS en México, imponiendo una multa superior a cinco millones de pesos (aproximadamente USD 290,000). La empresa fue notificada formalmente y cuenta con un plazo de 10 días, hasta el 12 de febrero, para apelar y presentar pruebas en su defensa. Asimismo, Profeco emitió exhortos a las plataformas de reventa Viagogo, TopHop y Hello Ticket, con sede en el extranjero, para que se ajusten a la normativa mexicana y cesen prácticas desleales, advirtiendo posibles acciones legales y restricciones operativas. El caso se enmarca en las denuncias de los fans de BTS por falta de transparencia y presunto fraude en el proceso de compra, ante una demanda que superó ampliamente la oferta disponible. En paralelo, Profeco anunció la elaboración de lineamientos para regular la venta y publicidad de boletos.
Diario El Sol de México (02/02/26)
PANAMÁ: ACODECO publica primer monitoreo de precios de uniformes y útiles escolares en la capital
La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO) realizó su primer monitoreo de precios de uniformes, calzado y útiles escolares en diversos comercios de la ciudad de Panamá, ante la cercanía del inicio del año lectivo. El operativo, ejecutado por el Departamento de Información de Precios y Verificación (DIPREV), abarcó establecimientos en Albrook Mall, el centro de San Miguelito (incluida la Gran Estación) y los centros comerciales Los Andes y Los Pueblos, donde se constató una amplia variación de precios entre productos similares. ACODECO recordó que estos precios se rigen por la libre oferta y demanda y solo corresponden a los locales visitados durante el periodo del monitoreo, y puso a disposición del público, en su portal oficial, el listado detallado de los artículos y sus valores para facilitar la comparación. La institución exhortó a los consumidores, en especial a los padres de familia, a comparar precios antes de comprar, exigir siempre la factura y verificar la calidad de los productos, a fin de realizar compras responsables.
Diario Panamá 24 horas (02/02/26)
PARAGUAY: CONACOM tiene 180 días para indagar a frigoríficos por abusos en mercado
La Comisión Nacional de la Competencia (Conacom) inició un sumario de investigación contra siete frigoríficos del país por presuntas prácticas anticompetitivas en el mercado de la carne bovina, con el fin de determinar si existieron acuerdos colusorios o abusos de posición dominante que contribuyan a los altos precios de este producto. La Resolución del Directorio D/AL Nº 12/2026 otorga a la Dirección de Investigación un plazo de 180 días (90 días hábiles prorrogables por otros 90) para realizar diligencias y recabar pruebas, tras lo cual deberá emitir un requerimiento conclusivo, ya sea formulando cargos o proponiendo el archivo. El procedimiento se centra en posibles infracciones a los artículos 8 y 9 de la Ley 4.956/2013 e involucra a Frigorífico Concepción, Frigochorti, Frigochaco, Frigorífico Neuland, Frigorífico Guaraní, Frigorífico Victoria y Frigomerc. Conacom enfatiza que la apertura del sumario no implica un prejuzgamiento sobre la responsabilidad de las empresas, sino una actuación destinada a verificar el cumplimiento de la normativa de competencia y, en caso de acreditarse infracciones, aplicar las medidas previstas en la ley.
PERÚ: INDECOPI revoca derechos antidumping a importaciones de zapatillas textiles de origen chino
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), a través de la Sala Especializada en Defensa de la Competencia, revocó la Resolución 043-2024/CDB-INDECOPI la cual impuso derechos antidumping definitivos a importaciones de zapatillas con parte superior de material textil originarias de China. La Sala concluyó que la Comisión no acreditó adecuadamente la existencia de circunstancias especiales que justificaran el inicio de la investigación de oficio, en particular el interés nacional y la relevancia económica del sector, conforme al Acuerdo Antidumping y a la normativa nacional aplicable. Asimismo, identificó deficiencias metodológicas en el análisis de dumping, daño y relación causal, especialmente por la utilización inconsistente del rango de precios. Debido a ello, al no verificarse dumping ni daño importante atribuible a las importaciones investigadas, se dispuso la eliminación de los derechos antidumping.
Diario Oficial El Peruano (26/01/26)
PERÚ: INDECOPI sanciona a banco por llamadas spam
La Comisión de Protección al Consumidor No. 3 del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) sancionó a un banco con una multa de 279.5 UIT (S/ 1.5 millones) por realizar llamadas telefónicas con fines comerciales sin contar con el consentimiento de los consumidores. Esta sanción se suma al inicio de procedimientos sancionadores contra diversos bancos y operadores móviles. La sanción aún puede ser objeto de apelación.
Portal Institucional de INDECOPI (26/01/26)
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