
Regulación & Competencia: Perú
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OSINERGMIN: Publican proyecto que modifica el PR-31 del COES “Cálculo de los Costos Variables de las Unidades de Generación”

Mediante la Resolución No. 196-2021-OS/CD, el Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN) dispuso la publicación, en el portal de internet de OSINERGMIN, del proyecto de resolución que modifica el Procedimiento Técnico del COES 31 “Cálculo de los Costos Variables de las Unidades de Generación” (PR-31), su exposición de motivos, el Informe Técnico 565-2021-GRT y el Informe Legal 566-2021-GRT. Ello en el marco del Decreto Supremo 031-2020-EM que estableció disposiciones referidas a la determinación del precio del gas natural para generación eléctrica y ordenó que el COES modifique los procedimientos técnicos correspondientes con la finalidad de precisar la fórmula para la determinación del precio unitario por servicio de transporte de combustible gaseoso. Los interesados tendrán hasta el día 11 de setiembre para remitir sus comentarios a la entidad.
➔Diario Oficial El Peruano (26/08/21)
OSIPTEL: Publican proyecto Reglamento de Solución de Controversias
Mediante Resolución No. 156-2021-CD/OSIPTEL, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) ha publicado para comentarios el proyecto de “Reglamento de Solución de Controversias entre Empresas” (RSC). Este proyecto se publica con ocasión del nuevo Reglamento de Organización y Funciones del OSIPTEL – ROF, a fin de adecuar el RSC a las nuevas disposiciones. Adicionalmente, se considera necesario incorporar mejoras y precisiones relevantes en las reglas procedimentales, que contribuyan a dotar de una mayor celeridad y predictibilidad a los Procedimientos de Solución de Controversias, optimizando su tramitación y afianzando las garantías del debido procedimiento administrativo, en beneficio de las empresas que participan en dichos procedimientos y del mercado de servicios públicos de telecomunicaciones en general. El plazo que se ha otorgado para recibir comentarios es de veinte (20) días calendario, contados desde la publicación de esta resolución.
➔Diario Oficial El Peruano (26/08/21)
INDECOPI: La presidenta señaló que es necesario reformar y repensar la institución
La presidenta del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), Hania Pérez de Cuéllar, señaló que ha planteado esta propuesta desde el primer día de su gestión, iniciada en agosto del año pasado. Advierte que para ello se debe trabajar en propuestas normativas que impliquen un mayor presupuesto, dado que el INDECOPI maneja siete competencias, “mientras que otras entidades que manejan una o dos, triplican su presupuesto”. De otro lado, respecto al alza de precios de los productos de la canasta básica familiar, la presidenta indicó que esto podría deberse a diversas causas, una de ellas es que existe un contexto internacional en que se han encarecido muchos insumos para poder producir, así como la inestabilidad del tipo cambiario que incide en las importaciones. En relación con el precio del balón de gas, manifestó que el INDECOPI ha realizado un monitoreo permanente con el área de libre competencia, pero hasta el momento no se han encontrado indicios de prácticas anticompetitivas.
➔Portal Institucional de INDECOPI (24/08/21)
Congreso: Proponen ley que protege a los usuarios ante cobros excesivos en el suministro de agua potable
El pasado 26 de agosto se presentó el Proyecto de Ley 075-2021-CR, Ley que protege a los usuarios ante cobros excesivos en el suministro de agua potable. Así, se propone que los usuarios puedan efectuar reclamos ilimitadamente por consumos atípicos y, de resultar procedentes, se les deberá facturar conforme al consumo histórico. Asimismo, también se plantea que a los prestadores de servicios de saneamiento se les cobre únicamente la tarifa social por el uso de agua potable y alcantarillado.
➔Portal Institucional del Congreso (23/08/21)
OSIPTEL: Publican proyecto de Metodología de Cálculo para la Determinación de Multas
Mediante Resolución No. 151-2021-CD-OSIPTEL, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) ha publicado para comentarios el documento “Metodología de Cálculo para la Determinación de Multas en los Procedimientos Administrativos Sancionadores tramitados ante el OSIPTEL”. Esta metodología tiene por objeto establecer la metodología que corresponde aplicar para el cálculo de las multas, considerando los criterios recogidos dentro del Principio de Razonabilidad en el artículo 248 del Texto Único Ordenado de la Ley No. 27444, Ley del Procedimiento Administrativo, aprobado por Decreto Supremo No. 004-2019-JUS, a fin de brindar predictibilidad a los agentes fiscalizados en la determinación de este tipo de sanciones. Cabe señalar, que el plazo para presentar comentarios es de quince (15) días hábiles improrrogables, contados desde el día siguiente de su publicación.
➔Diario Oficial El Peruano (21/08/21)
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Gabriela López
Asociada Senior, Jefa del Área de Consultoría Económica
“¿Aires de controles de precios?: la receta más antigua y la de peores efectos”
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