Publicado por: BFE+
El mercado de pagos en el Perú viene experimentando un crecimiento acelerado. Según el Reporte del Sistema Nacional de Pagos y del Sector Fintech en Perú1, a junio de 2026, por primera vez se ha alcanzado un total de 767 pagos digitales por persona en los últimos doce meses. En comparación con el número de pagos en 2022, dicho valor representa un incremento del 407.9%.
Este crecimiento se observa principalmente a partir de la adopción de la regulación de interoperabilidad2 en octubre de 2022. A junio de 2026, mientras que otros tipos de pagos digitales (pagos con tarjeta, transferencias utilizando número de cuenta o CCI, entre otros) crecieron 111%, los pagos digitales con alias (pagos con número de celular o código QR) crecieron 858.3%.

Todo este desarrollo se montó sobre infraestructuras administradas por agentes privados. En efecto, los distintos proveedores de servicios que participan en una transferencia o pago digital están conectados a través de infraestructuras administradas por Visa Direct y la Cámara de Compensación Electrónica, que funcionan como rieles paralelos para permitir que un usuario pueda efectuar pagos en un comercio.
En este contexto, el Banco Central de Reserva del Perú ha anunciado el lanzamiento de la plataforma de Transferencias Automáticas de Pagos Peruanas (TAPP), una infraestructura de pagos basada en el modelo del Unified Payments Interface (UPI) adoptado en India, que funcionaría en paralelo y complementaría a los rieles ya existentes. Se espera que, bajo esta nueva plataforma, el crecimiento en el número de pagos digitales por persona continúe.
Lo anterior obliga a plantear preguntas importantes: ¿cómo se está financiando la interoperabilidad impuesta por el Banco Central de Reserva del Perú? ¿Es sostenible el ecosistema de pagos interoperables? Son preguntas que actualmente se están planteando en India, a raíz de los costos asociados a los pagos con código QR en UPI.
Un comercio que adopta una solución para aceptar pagos con QR está contratando un servicio. En consecuencia, dado que todo servicio implica un costo (aunque no siempre visible), dicho comercio debe pagar la tarifa correspondiente. Posteriormente, ese pago se distribuye entre el proveedor del servicio de aceptación de pagos, el proveedor de la billetera digital o de la tarjeta del banco, y el administrador de la infraestructura, entre otros. Todos asumen parte del costo de mantener el sistema de pagos.
A pesar de ello, en 2019 el gobierno de India aprobó una regulación que prohibía a los bancos y a los proveedores de servicios de pago efectuar cobros por enviar o recibir pagos digitales. Como era de esperarse, ello, en conjunto con otros factores, favoreció el crecimiento del número de pagos digitales en India.
Sin embargo, India viene enfrentando problemas para mantener los costos y la operatividad de UPI. El gobierno entrega subsidios a los bancos para sostener este sistema de pagos, pero dichos subsidios solo cubren una pequeña parte de los costos que estos enfrentan. Según The Economist, la falta de retorno ha impactado en sus incentivos para innovar y para ofrecer beneficios u ofertas que permitan ampliar la cobertura3. Según una nota de BFSI de India, estos subsidios cubren apenas el 11 % de los costos reales de la industria y el 14 % de la recaudación potencial por MDR, lo que compromete el financiamiento de la infraestructura a largo plazo4.
Irónicamente, el problema se volvió insostenible. Ello propició un debate en torno a si debía eliminarse la restricción a los cobros. Por un lado, se defendía la necesidad de que UPI pudiera financiarse sin subsidios o, al menos, sin representar un gasto relevante para el gobierno de India. Por otro lado, se cuestionaba eliminar la restricción, pues se sostenía que UPI se había desarrollado de manera gratuita y que los costos de flexibilizarla superarían los beneficios. Este debate se cerró recientemente, cuando el gobierno aprobó una regulación que elimina la restricción a efectuar cobros, aunque limitada a transacciones comerciales por encima de determinado monto. Aunque esta medida es saludable, no ha sido bien recibida por diferentes sectores. Ello es evidente pues resulta difícil “reestablecer” un cobro por algo que, por decisiones regulatorias previas, se percibía como gratuito.
Con todo lo anterior, el adoptar una infraestructura de pagos basada en el modelo UPI no debe limitarse a incorporar sus sistemas, tecnologías o herramientas, sino también debe permitir aprender de la experiencia adquirida desde su implementación y de las consecuencias de las medidas regulatorias adoptadas.
Resulta difícil pensar que en el Perú se adopte una medida regulatoria que prohíba efectuar cobros. Una medida así sería inconstitucional. Aunque en el Perú nada es imposible. No obstante, cabe preguntarse qué efecto generaría omitir las medidas necesarias para que los distintos proveedores de servicios puedan efectuar cobros a los usuarios y hacer efectivos los cobros a otros proveedores por los servicios utilizados en cada operación. No esperemos que este problema se vuelva insostenible en el Perú.
- Reporte del Sistema Nacional de Pagos y del sector Fintech en Perú – Setiembre 2026. Disponible en: https://www.bcrp.gob.pe/publicaciones/reporte-del-sistema-nacional-de-pagos/rspf-setiembre-2026.html ↩︎
- Conforme a lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento de Interoperabilidad de los Servicios de Pago provistos por los Proveedores, Acuerdos y Sistemas de Pagos, aprobado mediante Circular No. 0024-2022-BCRP. ↩︎
- The Economist. (2026, August 30). India’s payments system is ten. It must start paying for itself. Disponible en: https://www.economist.com/asia/2026/08/30/indias-payments-system-is-ten-it-must-start-paying-for-itself ↩︎
- BFSI From The Economic Times (2026, August 13). UPI costs Rs 20,700 crore, government allocation just Rs 2,000 crore: Parliament Panel. Disponible en: https://bfsi.economictimes.indiatimes.com/articles/upi-costs-rs-20700-crore-government-allocation-just-rs-2000-crore-parliament-panel/133198606?utm_source=top_news&utm_medium=tagListing ↩︎
Omar es abogado por la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Su práctica se centra en las áreas de libre competencia, regulación económica y derecho administrativo. Además, cuenta con experiencia en derecho civil y arbitraje. En su práctica ha asesorado a empresas del sector financiero, mercado de pagos, retail, cementero, infraestructura, energético, hidrocarburos, etc. Cuenta con un nivel fluido de inglés.

