Regulación & Competencia: Perú
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EJECUTIVO: Dictan medidas extraordinarias para la reorganización patrimonial de Petroperú y encargan su gestión integral a PROINVERSIÓN

El Poder Ejecutivo aprobó el Decreto de Urgencia No. 010-2025, el cual establece medidas extraordinarias en materia económica y financiera para garantizar la reorganización patrimonial de PETROPERÚ S.A. y asegurar la continuidad del abastecimiento de hidrocarburos. Esta intervención responde crisis estructurales de solvencia de la empresa, pérdidas operativas persistentes, capital de trabajo negativo y una drástica reducción de sus líneas de crédito. La norma busca evitar el desabastecimiento de combustibles, especialmente en regiones como Loreto, Ucayali y Madre de Dios, donde la empresa posee más del 85 % de participación de mercado y la falta de suministro pondría en riesgo servicios esenciales como la electricidad y el transporte. El decreto autoriza la reorganización de los activos de la empresa en uno o más bloques patrimoniales autónomos, los cuales pueden incluir a la Nueva Refinería de Talara. El diseño, conducción y ejecución de este proceso se encarga de manera integral a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSIÓN), entidad facultada para decidir la transferencia de activos, representar los derechos políticos de las acciones y seleccionar operadores especializados para la gestión técnica de las unidades de negocio. Asimismo, la norma deroga la prohibición legal de promover la inversión privada en Petroperú y autoriza una transferencia de S/ 240 millones desde el Ministerio de Energía y Minas para financiar la reestructuración orgánica y la reducción de personal de la empresa.
➔ Diario Oficial El Peruano (31/12/25)
MINJUSDH: Aprueban Directiva que establece las disposiciones para la designación, desempeño y funciones del Oficial de Datos Personales
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) aprobó la Directiva que regula la designación, desempeño y funciones del Oficial de Datos Personales, con el fin de fortalecer la aplicación de la Ley N.º 29733 y su reglamento. La norma, elaborada por la Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, responde a la necesidad de contar con criterios técnicos uniformes para la designación de este funcionario, cuya ausencia había generado incertidumbre jurídica y dificultades en la labor supervisora de la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales. La Directiva desarrolla los artículos 37, 38 y 39 del Reglamento de la Ley, precisando el perfil, funciones, independencia y parámetros técnicos vinculados al volumen y tipo de datos tratados. Asimismo, busca mejorar la gobernanza del sistema de protección de datos, la seguridad jurídica y la capacidad institucional del Estado para garantizar este derecho fundamental. La resolución dispone la publicación de la Directiva en el diario oficial y en las sedes digitales del MINJUSDH y la ANPD.
Portal Institucional del MINJUSDH (31/12/25)
MINJUSDH: Aprueban Metodología para el cálculo de multas en materia de Protección de Datos Personales
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) aprobó una nueva Metodología para el cálculo de multas en materia de Protección de Datos Personales, actualizando el marco sancionador aplicable a quienes vulneren la Ley N.° 29733. La actualización responde a los cambios introducidos por el Reglamento aprobado mediante el D.S. N.° 016-2024-JUS, el cual incorporó nuevos tipos infractores, criterios agravantes y atenuantes, y un régimen de responsabilidad más detallado. La nueva metodología, elaborada por la Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, busca asegurar sanciones proporcionales, predecibles y coherentes con el principio de razonabilidad, fortaleciendo además la capacidad supervisora de la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales. Con su aprobación, queda derogada la metodología anterior vigente desde 2020. La resolución dispone la publicación de la norma y su anexo en la sede digital del MINJUSDH y en el Diario Oficial El Peruano, consolidando un marco sancionador actualizado y alineado con la normativa vigente.
Portal Institucional del MINJUSDH (31/12/25)
OSIPTEL: Publican para comentarios Proyecto de Norma que establece el Cargo de Interconexión Tope por diversos servicios de telecomunicaciones
A través de la Resolución No. 000133-2025-CD/OSIPTEL, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) dispone la publicación del proyecto de norma que fija el Cargo de Interconexión Tope por Terminación de Llamadas en redes móviles, PCS y servicios troncalizados. En ejercicio de su facultad normativa y bajo la metodología de costos incrementales de largo plazo (LRAIC+) referida a un operador hipotético eficiente, se propone un valor único y recíproco de USD 0,00082 por minuto tasado al segundo, sin IGV, estableciéndose un cargo diferenciado rural de USD 0,00003. La propuesta técnica busca asegurar la eficiencia económica y la dinámica competitiva del mercado minorista. Los administrados e interesados cuentan con un plazo de veinticinco días hábiles para remitir comentarios vía Mesa de Partes Virtual, previo a la audiencia pública programada para el 11 de febrero de 2026.
Diario Oficial El Peruano (31/12/25)
Portal Institucional del OSIPTEL (31/12/25)
OSIPTEL: Modifican Norma que establece Régimen de Calificación de Infracciones y disponen publicación de Proyecto de Metodología de Cálculo de Multas
A través de la Resolución No 000138-2025-CD/OSIPTEL, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) decidió someter a consulta pública el proyecto de Metodología de Cálculo de Multas, lo que conlleva la modificación del Régimen de Calificación de Infracciones para fortalecer la eficacia disuasiva de la potestad sancionadora. El cuerpo normativo propuesto integra fórmulas generales, parámetros específicos y montos fijos orientados a dotar de predictibilidad a la cuantificación punitiva en el sector. Se otorga a los interesados un plazo perentorio de treinta días calendario para presentar observaciones técnicas mediante la Mesa de Partes Virtual.
Diario Oficial El Peruano (02/01/26)
OSIPTEL: Establecen criterios para la determinación del uso prohibido del servicio público de telecomunicaciones
A través de la Resolución No. 000139-2025-CD/OSIPTEL, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) aprobó la norma que establece los criterios técnicos para determinar el uso prohibido de servicios públicos de telecomunicaciones, orientada a fortalecer la seguridad ciudadana mediante la restricción de comunicaciones ilegales en centros penitenciarios y juveniles. Este marco regulatorio faculta a las operadoras para proceder al corte inmediato del servicio y bloqueo de terminales tras verificar criterios de geolocalización, monitoreo de estaciones y permanencia en zonas restringidas. Asimismo, se dispone la implementación de alertas preventivas a usuarios, obligaciones de reporte al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y procedimientos de reactivación ante medidas injustificadas. La normativa contempla un régimen sancionador y de exoneración de responsabilidad para empresas que actúen conforme a los parámetros técnicos, entrando en vigencia general en un plazo de cuatro meses.
Diario Oficial El Peruano (31/12/25)
INDECOPI: Se ordena a banco devolver más de S/ 264 mil a consumidor por operaciones no reconocidas
La Sala Especializada en Protección al Consumidor del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), en segunda y última instancia administrativa, ordenó a Alfin Banco devolver S/ 264 179.90 a un consumidor afectado por operaciones no reconocidas y por graves vulneraciones al Código de Protección y Defensa del Consumidor. La Sala confirmó que la entidad financiera atribuyó indebidamente cinco cuentas de ahorro al usuario, modificó sin autorización su correo electrónico registrado en la banca móvil y permitió el cargo de 27 operaciones no reconocidas, configurando métodos comerciales coercitivos y una manifiesta falta de idoneidad del servicio financiero. El monto a devolver comprende las operaciones observadas, comisiones, ITF e intereses legales. Asimismo, se dispuso cancelar las cuentas no solicitadas y corregir la información personal del cliente en el sistema. Paralelamente, la Sala impuso al banco una multa de 22.63 UIT.
Portal Institucional del INDECOPI (30/12/25)
CONGRESO: Presentan proyecto de ley para fortalecer las facultades de SUNASS y garantizar la calidad de los servicios de saneamiento
La congresista Jhakeline Katy Ugarte Mamani, integrante de la bancada Juntos por el Perú – Voces del Pueblo, presentó el Proyecto de Ley No. 13633/2025-CR, el cual tiene como objeto fortalecer las competencias regulatorias, supervisoras y fiscalizadoras de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (SUNASS). La finalidad de esta iniciativa es garantizar la prestación eficiente, continua y sostenible de los servicios de agua potable y alcantarillado en todo el territorio nacional, en específico, la propuesta otorga a SUNASS competencias reforzadas para establecer el régimen tarifario urbano y rural, aprobar metodologías de gestión técnica y emitir disposiciones obligatorias sobre la calidad y continuidad del servicio. Asimismo, faculta al organismo para realizar acciones de supervisión presenciales o remotas, requerir información técnica y financiera en plazos perentorios y ordenar medidas correctivas inmediatas ante situaciones que comprometan el suministro. El proyecto también contempla un perfeccionamiento del régimen sancionador para enfrentar prácticas de opacidad informativa o incumplimientos críticos, estableciendo que la implementación de la ley se financiará con el presupuesto institucional del regulador, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Portal Institucional del Congreso (29/12/25)
OSINERGMIN: Amplía plazo para comentarios a modificación de rubro 1 de la Tipificación de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones
El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN) aprobó la Resolución No. 181-2025-OS/PRES, la cual dispone ampliar, por segunda vez, el plazo para la recepción de comentarios sobre el proyecto que modifica la Tipificación de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones, estableciendo como fecha límite el 23 de enero de 2026. La prórroga responde a solicitudes de empresas del sector para realizar una evaluación integral de la propuesta dada su relevancia técnica. En concreto, el proyecto normativo tiene como objetivo modificar el rubro 1 de la tipificación vigente para incorporar una infracción específica vinculada al incumplimiento reiterado de normas y precedentes en materia de facturación por consumos atípicos o excesivos.
Diario Oficial El Peruano (31/12/25)
OSINERGMIN: Prorrogan plazo para recibir aportes sobre el nuevo procedimiento integrado de fiscalización de distribución eléctrica
El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN) aprobó la Resolución No. 180-2025-OS/PRES, la cual dispone ampliar el plazo para la recepción de comentarios sobre el proyecto del “Procedimiento Integrado para la Fiscalización de la Operatividad y Seguridad de las Instalaciones de Distribución Eléctrica”, estableciendo como límite el 26 de enero de 2026. La prórroga responde a solicitudes de gremios y empresas del sector, como la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía, con el fin de realizar un análisis exhaustivo dada la relevancia técnica de la propuesta. En específico, el nuevo reglamento tiene como objetivo unificar y reemplazar los procedimientos vigentes en la materia, consolidando en un solo instrumento las disposiciones sobre el envío de información, ejecución de acciones de fiscalización y mecanismos de verificación. Con esta integración, se busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones por parte de las Empresas de Distribución Eléctrica (EDE) y mejorar los mecanismos de supervisión sin generar nuevas cargas regulatorias.
Diario Oficial El Peruano (31/12/25)
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