Regulación & Competencia: Iberoamérica
NOTICIAS
GUATEMALA: Entra en vigor primera parte del Reglamento de la Ley de Competencia

La Superintendencia de Competencia de Guatemala aprobó, a través de su Directorio, el reglamento de la Ley de Competencia (Decreto 32-2024) y lo publicó en el Diario de Centro América. La primera parte del Reglamento de la Ley de Competencia entró en vigor el 30 de diciembre de 2025, tras su publicación en el Diario de Centro América, mientras que las disposiciones relativas a denuncias, investigaciones y sanciones comenzarán a regir en diciembre de 2026, conforme a los plazos del decreto 32-2024. El Reglamento, el cual fue aprobado mediante la Resolución 11-2025 del Directorio de la Superintendencia de Competencia (SICOM), desarrolla aspectos institucionales, promoción de la competencia y funcionamiento de la autoridad, quedando diferida la aplicación del régimen sancionador y de control de concentraciones económicas. A partir de diciembre de 2026, las investigaciones podrán iniciarse por denuncia de cualquier persona natural o jurídica, por solicitud de parte de agentes económicos con interés legítimo o de oficio por la SICOM.
➔ Diario Prensa Libre (29/12/2025)
BRASIL: CADE aprueba acuerdo de desistimiento en la investigación contra Apple
El Tribunal del Consejo Administrativo para la Defensa Económica (CADE) de Brasil aprobó un Acuerdo de Cese y Desistimiento (ACC) con Apple, resolviendo la investigación por presuntas prácticas anticompetitivas en el ecosistema iOS. Mediante este compromiso, Apple se obliga a permitir la apertura de tiendas de aplicaciones alternativas y el uso de sistemas de pago de terceros, eliminando la obligatoriedad exclusiva del procesamiento de pagos propio. Asimismo, se suprimen las cláusulas de anti-steering, facultando a los desarrolladores a informar sobre ofertas externas bajo parámetros de neutralidad y objetividad. El acuerdo, con una vigencia de tres años, incluye una nueva estructura tarifaria y el desistimiento de litigios judiciales por parte de la empresa. El incumplimiento de estas obligaciones conlleva la reanudación del proceso administrativo y multas de hasta USD 27.3 millones.
Portal Institucional del CADE (23/12/25)
COSTA RICA: COPROCOM recibe una notificación de concentración económica relacionada con productos ferreteros, equipos de seguridad industrial y otros.
La Comisión para Promover la Competencia (COPROCOM) informó que el 26 de noviembre de 2025 recibió la notificación de una operación que involucra a la compañía Diagnostika, S.A. (Compradora parte del mismo grupo de interés económico que Capris S.A) y siete personas físicas (Vendedoras). De conformidad con el escrito de notificación inicial, la transacción consiste en la adquisición de la participación mayoritaria de Importaciones Vega, S.A. por parte de la compradora. De acuerdo con los notificantes, los mercados involucrados en la operación están relacionados con los servicios de importación, almacenamiento y distribución mayorista de productos ferreteros, eléctricos, de iluminación, herramientas y equipos de seguridad industrial. La COPROCOM ha otorgado un plazo de diez días hábiles que vence el 15 de enero de 2026 para que los terceros interesados presenten ante la Comisión la información que consideren relevante para el análisis de la concentración.
Linkedin de COPROCOM (23/12/25)
ESPAÑA: CNMC multa a cuatro agencias de viajes por reparto de licitaciones
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) sancionó con más de 3 millones USD a cuatro agencias de viajes por haberse repartido y manipulado licitaciones públicas convocadas por el Banco de España y la Universidad Complutense de Madrid. Además, la CNMC impuso a las empresas sancionadas la prohibición de contratar con la administración pública por un periodo de tres meses para la empresa de viajes Integración de Agencias de Viaje y seis meses para Nautalia, Viajes El Corte Inglés y Ávoris Retail. Esta decisión aún puede ser apelada ante la Audiencia Nacional.
Portal Institucional CNMC (29/12/25)
ESPAÑA: CNMC desregula mercado mayorista de llamadas en redes fijas
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) aprobó retirar la regulación nacional del mercado mayorista de terminación de llamadas en redes fijas, al concluir que no existen riesgos efectivos de precios excesivos ni de conductas anticompetitivas, en un contexto de descenso sostenido del tráfico de llamadas a terminaciones fijas y de limitación de precios a nivel europeo mediante el Reglamento Delegado (UE) 2021/654. En consecuencia, la CNMC dispuso levantar las obligaciones regulatorias vigentes para los operadores de telefonía fija en un plazo de seis meses, sin perjuicio de poder intervenir posteriormente a través de herramientas regulatorias generales en caso de conflictos o prácticas discriminatorias.
Portal Institucional CNMC (29/12/25)
MÉXICO: Se inicia procedimiento antidumping sobre las importaciones de ácido graso destilado de sebo de res originarias de Argentina.
La Secretaría de Economía de México aceptó la solicitud presentada por Comercialización Pakdu, S.A. de C.V. y declaró el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de ácido graso destilado de sebo de res originarias de Argentina. La solicitante alegó un incremento significativo de dichas importaciones a precios subvaluados, con márgenes de discriminación de precios superiores al de minimis y niveles crecientes de subvaloración, lo que habría ocasionado daño material a la rama de producción nacional. Con base en los datos aportados, la autoridad identificó indicios de dumping, aumento de la participación de las importaciones argentinas, presión a la baja sobre los precios internos y deterioro de indicadores económicos y financieros de la industria local, incluida una caída de 66% en la producción y un aumento sustancial de pérdidas operativas. La Secretaría fijó como periodo investigado abril 2024– marzo 2025 y otorgó 23 días hábiles a las partes interesadas para acreditar su interés jurídico y presentar argumentos y pruebas.
Diario Oficial de la Federación (26/12/25)
MÉXICO: Se inicia procedimiento antidumping sobre las importaciones de lámina acrílica originarias de China.
La Secretaría de Economía de México decidió iniciar un procedimiento administrativo de investigación antidumping respecto de las importaciones de lámina acrílica originarias de China, tras admitir la solicitud presentada por Plastiglas de México, S.A. de C.V. La empresa denunció un incremento sustancial de dichas importaciones durante 2022-2025, asociado a márgenes de discriminación de precios superiores al de minimis y a una marcada subvaloración frente a los precios nacionales, lo que habría provocado daño material a la industria local. La autoridad fijó como periodo investigado abril 2024 – marzo 2025 y como periodo de análisis de daño abril 2022 – marzo 2025. Con base en la información recabada, determinó indicios suficientes de dumping y afectación a la producción nacional, incluidos aumentos relevantes de las importaciones chinas, pérdida de participación de mercado, caída de precios internos, deterioro de indicadores económicos y sustitución de compras nacionales por producto importado. En consecuencia, se declaró el inicio formal de la investigación, otorgándose plazos procesales a las partes interesadas para presentar argumentos y pruebas.
Diario Oficial de la Federación (26/12/25)
PERÚ: Aprueban reglamento de ley que regula la promoción de la inversión privada mediante APP y proyectos en activos
Mediante el Decreto Supremo No. 316-2025-EF se aprobó el reglamento de la Ley No. 32441, que regula la promoción de la inversión privada a través de Asociaciones Público Privadas (APP) y Proyectos en Activos (PA). El reglamento deroga el marco anterior para adecuarse a las nuevas exigencias de eficiencia y seguridad jurídica en el Sector Público No Financiero. En específico, la norma consta de 188 artículos y establece que la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSIÓN) asumirá el rol de Entidad Pública Titular del Proyecto para todos los proyectos de APP del Gobierno Nacional, encargándose no solo de la promoción, sino también de la ejecución contractual y la liberación de interferencias. Asimismo, fija montos mínimos para promover APP cofinanciadas: superiores a 10,000 UIT para proyectos nacionales y 7,000 UIT para regionales o locales. Entre sus disposiciones clave, destaca la obligatoriedad de incluir una cláusula anticorrupción en todos los contratos y la implementación de la Junta de Resolución de Disputas para proyectos que superen las 80,000 UIT, buscando prevenir paralizaciones por controversias técnicas. Además, crea el Registro Nacional de Contratos de APP (RNCAPP) para centralizar la información estadística y contractual del sistema.
Diario Oficial El Peruano (24/12/25)
ARTÍCULOS

Alejandro Falla,
Socio Regulación y Competencia
Warner Bros. y la “política” de competencia
NOTAS

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