Lima, 06 de octubre
2025 Año XI

Lima, 06 de octubre 2025
Año XI

Regulación & Competencia: Perú


NOTICIAS


OSIPTEL: Declaran no existencia de Proveedores Importantes en mercado de acceso mayorista al servicio de televisión de paga

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL), en ejercicio de su función normativa y conforme a las disposiciones legales vigentes, realizó la segunda revisión del Mercado No. 35 relativo al acceso mayorista al servicio de televisión de paga. Tras analizar los comentarios recibidos al proyecto publicado en julio de 2025 y el informe técnico correspondiente, el Consejo Directivo resolvió redefinir el mercado relevante como el acceso mayorista al servicio de televisión de paga provisto mediante fibra óptica a nivel nacional y declarar la no existencia de proveedores importantes en dicho mercado, dejando sin efecto la calificación previa de Integratel Perú S.A.A. Asimismo, se establecen reglas sobre la terminación y modificación de relaciones de compartición, garantizando la continuidad del servicio y protección a los usuarios.

Diario Oficial El Peruano (03/10/25)


OSIPTEL: Aprueban Norma que establece regulación diferenciada en función del tipo de abonado  

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) aprobó la Norma que establece una regulación diferenciada según el tipo de abonado, clasificando a los abonados en individuales y corporativos. Estos últimos comprenden a las personas jurídicas identificadas con RUC que contraten servicios públicos de telecomunicaciones. En las relaciones con abonados corporativos, no resultan aplicables determinadas normas del OSIPTEL, salvo excepciones vinculadas a la verificación de identidad, contratación y uso prohibido del servicio. Los derechos y obligaciones se regirán por lo pactado en el contrato, pudiendo las partes acordar mecanismos alternativos de solución de controversias. La empresa operadora deberá garantizar canales adecuados para reportes y cuestionamientos del servicio, con procedimientos previamente informados al OSIPTEL. 

Diario Oficial El Peruano (03/10/25) 


MINEM: Prepublican proyecto de Reglamento de la Ley de Fomento del Hidrógeno Verde

El Ministerio de Energía y Minas (MINEM) dispuso la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley No. 31992, Ley de Fomento del Hidrógeno Verde, junto con su Exposición de Motivos. La medida, impulsada por la Dirección General de Eficiencia Energética, constituye un paso clave para establecer un marco normativo que promueva el desarrollo del hidrógeno verde como vector energético sostenible y competitivo. Según la exposición de motivos, el reglamento busca otorgar certeza jurídica a las inversiones privadas en la cadena de valor del hidrógeno verde, promoviendo la competencia, la seguridad energética y el cumplimiento de los compromisos climáticos del país. Por último, el MINEM abrió un plazo de quince días para recibir comentarios y aportes de entidades públicas, privadas y ciudadanía.

Portal Institucional del MINEM (02/10/25)


OSITRAN: Inicio de procedimiento de interpretación sobre ejecución de obras en el Terminal Portuario de Paita

El pasado 2 de octubre de 2025, el Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (OSITRAN) emitió la Resolución No. 0003-2025-CD-OSITRAN, mediante la cual dispuso el inicio de un procedimiento de interpretación del Contrato de Concesión del Terminal Portuario de Paita. El objeto del procedimiento es esclarecer el sentido de la Cláusula 6.4 y del Apéndice 2 del Anexo 9, referidos a la ejecución del Muelle Espigón Existente (Etapa 3) y su área de respaldo. La medida se adoptó ante la existencia de interpretaciones divergentes entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el concesionario Terminales Portuarios Euroandinos Paita S.A., respecto a la obligatoriedad y plazo de dicha obra. 

Portal Institucional OSITRAN (03/10/25)


INDECOPI: Sancionan a entidad bancaria por no brindar servicios idóneos ni seguros

La Sala Especializada en Protección al Consumidor del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) confirmó en segunda y última instancia la sanción impuesta a una entidad bancaria por no brindar un servicio idóneo ni seguro, imponiéndole multas que suman 20.49 UIT (equivalente a S/ 109 621,50). En un primer caso, el banco ofreció a una clienta un seguro de bien inmueble para respaldar su crédito, pero este no estaba vigente cuando intentó usarlo tras los daños ocasionados por lluvias en 2023. Además, el banco modificó su cronograma de pagos sin previo aviso, por lo que deberá emitir una nueva liquidación de la deuda. En el segundo caso, una usuaria sufrió el retiro no autorizado de S/ 16 084 de su cuenta, sin recibir notificación oportuna del movimiento. La Sala determinó que el banco vulneró los estándares de seguridad digital y ordenó el reembolso del monto sustraído más los intereses.

Portal Institucional del INDECOPI (02/10/25)


INDECOPI: Sancionan a Cineplanet por impedir a usuario el ingreso de alimentos

La Oficina Regional del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) en Piura sancionó a Cineplex S.A. (Cineplanet) con una multa de 3 UIT (equivalente a S/16 050) por impedir el ingreso de un consumidor que llevaba hamburguesas adquiridas fuera del local, pese a que eran productos similares a los sándwiches con hot dog que la cadena vende en su establecimiento del Real Plaza Piura. La Comisión determinó que esta conducta vulneró el artículo 19° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, al restringir injustificadamente el ingreso de alimentos equivalentes. Además, Cineplanet fue amonestada por no responder oportunamente el reclamo del usuario. Como medida correctiva, deberá abstenerse de impedir el ingreso de alimentos iguales o similares a los que ofrece, reafirmando el criterio del INDECOPI sobre el trato razonable y proporcional al consumidor.

Portal Institucional del INDECOPI (02/10/25)


INDECOPI: Sancionan a tres agencias de viajes en Áncash por exponer a turistas a una situación de riesgo

La Sala Especializada en Protección al Consumidor del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) confirmó en segunda instancia las multas que suman 7.91 UIT (equivalente a S/ 42 318,50) contra las agencias Lalo Travel, Mirador Tours y Mony Tours, por ofrecer la Laguna Parón (Áncash) como destino turístico pese a que su ingreso estaba restringido por riesgo de desborde y caída de rocas. La investigación comprobó que las empresas promovieron viajes hacia una zona cerrada por seguridad, exponiendo a los consumidores a un peligro injustificado y vulnerando el artículo 25° del Código de Protección y Defensa del Consumidor. En consecuencia, se ratificaron las sanciones impuestas por la sede Chimbote del INDECOPI: 5.01 UIT a Lalo Travel, 1.60 UIT a Mirador Tours y 1.30 UIT a Mony Tours, ordenando el pago inmediato bajo apercibimiento de medidas coercitivas. La entidad reafirmó su compromiso de proteger la seguridad de los consumidores y exigir responsabilidad a las agencias turísticas.

Portal Institucional del INDECOPI (03/10/25)


INDECOPI: Declaran ilegal barrera burocrática impuesta por el Gobierno Regional de Áncash en el registro de flota vehicular

La Comisión de la Oficina Regional del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) en La Libertad, declaró ilegal la calificación de “evaluación previa sujeta a silencio administrativo negativo” aplicada por el Gobierno Regional de Áncash al procedimiento de Registro y modificación de la flota vehicular por incremento o sustitución, contemplado en su TUPA. Dicha calificación contravino la normativa nacional, pues este trámite se encuentra estandarizado como de aprobación automática conforme al Decreto Supremo N° 047-2021-PCM y al artículo 41° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Al imponer un régimen más restrictivo, el Gobierno Regional de Áncash generó una barrera burocrática ilegal que afectaba la eficiencia administrativa y vulneraba el principio de uniformidad regulatoria. Con esta decisión, el INDECOPI reafirma su rol en la eliminación de trabas indebidas que obstaculizan la actividad económica y el acceso a procedimientos administrativos.

Portal Institucional del INDECOPI (05/10/25)


CONGRESO: Presentan proyecto de ley que modifica el Código de Protección y Defensa del Consumidor

Los grupos parlamentarios Juntos por el Perú – Voces del Pueblo – Bloque Magisterial presentaron un proyecto de ley que tiene por finalidad modificar Ley No. 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor. Así, se propone modificar el artículo 121 de dicho cuerpo normativo, con el fin de ampliar el plazo de prescripción de la infracción administrativa a cinco años. A la fecha, el proyecto bajo mención ya se encuentra siendo evaluado por la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos.

Proyecto de Ley No. 12612/2025-CR (30/09/25)


MTC: Impulsan modernización del Puerto de Matarani con inversiones por más de USD 700 millones

El pasado 4 de octubre de 2025, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobó, mediante el Decreto Supremo No. 015-2025-MTC, la Adenda No. 5 al contrato de concesión del Terminal Portuario de Matarani. La adenda dispuso la ampliación del plazo de concesión por 30 años y autorizó inversiones adicionales por más de USD 700 millones, ejecutadas en ocho etapas. Las obras incluyen mejoras obligatorias y eventuales orientadas a modernizar la infraestructura y optimizar la eficiencia logística del puerto. Además, se mantiene la retribución del 5% de los ingresos brutos a favor del Estado y se incorpora una retribución adicional del 1% sujeta a umbral de ingresos. 

Portal Institucional MTC (04/10/25)


MTC: Anuncian megaproyecto de tren rápido que unirá Tumbes y Tacna

El pasado 3 de octubre de 2025, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) anunció que la empresa Dohwa Engineering presentó una carta de intención para elaborar el estudio de prefactibilidad del tren rápido Tumbes–Tacna, bajo la modalidad de asistencia oficial para el desarrollo (AOD) del Gobierno de Corea del Sur. El proyecto contempla un trazado de 2 446 kilómetros, con estaciones en Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Áncash, Lima, Ica, Arequipa, Moquegua y Tacna. El estudio definirá el costo y viabilidad técnica de la obra, que prevé transportar 113 millones de pasajeros y 61,5 millones de toneladas de carga anuales. 

Portal Institucional MTC (03/10/25)


OSIPTEL: Publican para comentarios Proyecto de Norma de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones  

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL), en ejercicio de su función normativa prevista en la Ley No. 27332 y su Reglamento General, dispone la publicación para comentarios del Proyecto de Norma de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones. Esta iniciativa responde a la necesidad de actualizar el marco normativo vigente, conforme a las mejores prácticas internacionales y la Agenda Regulatoria 2025, a fin de simplificar y ordenar las disposiciones aplicables, derogar normas obsoletas e incorporar medidas que fortalezcan la seguridad, la digitalización y el empoderamiento de los usuarios. El Proyecto, sustentado en el Informe No. 00218-DPRC/2025, será sometido a consulta pública por un plazo de cuarenta días calendario. 

Diario Oficial El Peruano (29/09/25) 


OSIPTEL: Aprueban Norma que modifica el Reglamento General de Infracciones y Sanciones    

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) aprobó la Norma que modifica el Reglamento General de Infracciones y Sanciones (RGIS), con el fin de optimizar los criterios de responsabilidad y graduación de sanciones, incorporando nuevos eximentes, atenuantes y agravantes, así como beneficios por pronto pago. La reforma precisa las etapas del procedimiento sancionador, regula la aplicación de multas coercitivas y establece la facultad discrecional del órgano de instrucción para no iniciar procedimientos en casos excepcionales, conforme a los principios de razonabilidad y eficiencia. Asimismo, modifica el artículo 15 del Reglamento General de Fiscalización para precisar la culminación de las supervisiones y deroga disposiciones obsoletas de la metodología de cálculo de multas.  

Diario Oficial El Peruano (02/10/25) 


NOTAS


Alejandro Falla | Bullard Falla Ezcurra +

Comentarios al proyecto de guía de colaboración entre competidores

El 4 de setiembre de 2025, la Dirección Nacional de Investigación y Promoción de la Libre Competencia (DLC) publicó el Proyecto de Guía de colaboración entre competidores para prácticas sujetas a prohibición relativa, con el objetivo de promover acuerdos lícitos de colaboración entre empresas. Los invitamos a leer los comentarios elaborados por nuestros socios Alejandro Falla y Andrea Cadenas, junto con nuestro asociado Omar Soca, del equipo de Regulación y Competencia.


EVENTOS


Alejandro Falla | Bullard Falla Ezcurra +

Brazilian competition law: Recent developments and forward looking (Virtual)

El jueves 16 de octubre a las 10:00 am (hora Argentina), se llevará a cabo el desayuno virtual “Brazilian competition law: Recent developments and forward looking”. En esta oportunidad, el debate lo abrirá Gustavo Augusto Freitas de Lima (Presidente del Conselho Administrativo de Defesa Econômica, Brasil)

   

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