Regulación & Competencia: Perú
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INDECOPI: En 2024 las solicitudes de investigación por dumping y subsidios se incrementaron alcanzando niveles de prepandemia

La Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) recibió 11 solicitudes de investigaciones de exámenes sobre dumping y subsidios durante el 2024. A partir del segundo trimestre del año, la Comisión recibió solicitudes para iniciar investigaciones en los sectores textil, industrial, combustibles, cerámicos y productos de acero, relacionadas a China, Pakistán y Estados Unidos de América.
➔ Portal Institucional del INDECOPI (04/03/25)
OSIPTEL: Publican Proyecto de Norma que establece los procedimientos de baja de los servicios públicos móviles
El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL), mediante Resolución No. 018-2025-CD/OSIPTEL, publicó el Proyecto de Norma que establece el procedimiento de baja de los servicios públicos móviles y/o bloqueo de equipos terminales móviles utilizados o vinculados con la comisión de delitos y el procedimiento de baja de los servicios públicos móviles en el marco del proceso de validación de la información del registro de abonados y del vendedor o persona natural que intervenga directamente en la contratación de los servicios públicos de telecomunicaciones. Entre otras obligaciones, se establece que las empresas operadoras deben enviar un SMS a los abonados con registros inconsistentes a fin de ser subsanados bajo el apercibimiento de suspensión del servicio y finalmente la baja de este. Este proyecto responde a la necesidad de fortalecer la seguridad ciudadana y prevenir el uso indebido de servicios para fines ilícitos.
➔ Diario Oficial El Peruano (10/03/25)
OSITRAN: La Concesionaria Metro de Lima Línea 2 busca destrabar proyecto con adenda en donde se sinceren plazos
La Sociedad Concesionaria Metro de Lima Línea 2 presentó su Plan de Negocios 2025 ante el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (OSITRAN), destacando una propuesta para el destrabe del Contratode Concesión mediante una adenda, la obtención de autorizaciones clave como los Certificados ITSE y la actualización del Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado (EIA-sd). Asimismo, la concesionaria espera resolver la controversia financiera con el Estado peruano a través del pago del 100 % del Laudo pendiente por USD 566,7 millones y la aprobación de costos adicionales para la interconexión con la Línea 1. En 2024, la inversión en construcción alcanzó USD 3 057 millones, con un 67 % de avance en la concesión. Además, se transportaron 13,1 millones de pasajeros y se firmaron dos adendas para optimizar aspectos financieros y técnicos. El Plan de Negocios 2025 forma parte de las reuniones anuales de OSITRAN, donde las concesionarias informan avances y coordinan actividades de supervisión en la infraestructura de transporte de uso público.
➔ Portal Institucional del OSITRAN (05/03/25)
OSINERGMIN: Resuelven reconsideración solicitada por Gases del Pacífico S.A.C. contra resolución que fijó tarifas de distribución de gas natural
OSINERGMIN emitió la Resolución No. 027-2025-OS/CD, modificando las tarifas de distribución de gas natural por red de ductos en la Concesión Norte tras resolver el recurso de reconsideración presentado por Gases del Pacífico S.A.C. Así, La empresa solicitó la nulidad o modificación de la Resolución 207, cuestionando aspectos como la demanda máxima, el costo de transporte virtual, los costos unitarios de inversión de CAPEX, los gastos operativos y de mantenimiento de la concesión en cuanto al OPEX y la dimensión de la demanda. Ante ello, OSINERGMIN declaró fundadas algunas solicitudes, como la actualización de costos de supervisión y ajustes en transporte virtual, y desestimó otras, como la reducción de la vida útil de cisternas y la exclusión de ciertos clientes en la demanda proyectada. Por último, la resolución garantiza tarifas actualizadas para el período 2025-2028, las cuales se encuentran alineadas con criterios técnicos y regulatorios.
➔ Diario Oficial El Peruano (05/03/25)
OSINERGMIN: Fijan nueva tarifa de gas natural en cuatro regiones del norte
OSINERGMIN estableció nuevas tarifas de gas natural para Huaraz, Chimbote, Trujillo, Pacasmayo, Chiclayo, Lambayeque y Cajamarca, garantizando precios justos y sostenibles. La medida responde a la culminación del periodo tarifario inicial de ocho años y se formalizó mediante la Resolución No. 027-2025-OS/CD. Como resultado, la tarifa a cliente final se fijó en 14.66 USD/MMBTU, lo que representa una reducción para los usuarios. Esta disminución obedece al menor costo del transporte virtual, que bajó de 4.44 USD/MMBTU a 1.37 USD/MMBTU para el periodo 2025-2028. Por otro lado, el proceso de regulación se llevó a cabo con transparencia, incluyendo audiencias públicas y la publicación de informes técnicos. Finalmente, con esta medida se busca asegurar el abastecimiento continuo y eficiente del servicio, beneficiando a miles de usuarios en la zona norte del país.
➔ Portal Institucional del OSINERGMIN (06/03/25)
OSINERGMIN: Publican para comentarios proyecto que aprueba disposiciones aplicables para la comercialización de cilindros de propiedad o responsabilidad de dos o más Empresas Envasadoras
Mediante Resolución No. 32-2025-OS/PRES, OSINERGMIN publicó para comentarios el proyecto normativo que regula la comercialización de cilindros de gas licuado de petróleo (GLP) de dos o más Empresas Envasadoras en Locales de Venta. La norma busca facilitar la inscripción en el Registro de Hidrocarburos, precisando que ciertos requisitos, como el Certificado de Conformidad, no serán exigibles a estos establecimientos. Asimismo, los locales que actualmente operan bajo un modelo monomarca y deseen vender cilindros de varias empresas deberán modificar su registro según el procedimiento establecido. De esta manera, la regulación también exige que estos locales cumplan con condiciones de seguridad específicas y cuenten con una póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual. Por último, los interesados pueden enviar sus sugerencias hasta en un plazo de 15 días hábiles a través de la ventanilla virtual de OSINERGMIN o mediante sus mesas de partes físicas.
➔ Diario Oficial El Peruano (10/03/25)
OSCE: Aprueban publicación del proyecto de Código de Ética para Arbitraje en Contrataciones Públicas
El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) dispuso la publicación del proyecto de Código de Ética para el Arbitraje en Contrataciones Públicas, el proyecto de Resolución correspondiente y su exposición de motivos en la sede digital del OSCE, con el objeto de recibir los comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general, dentro del plazo de quince (15) días calendarios, contados desde el día siguiente de su publicación. Los comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto de Código, deberán ser remitidas a través de la mesa de partes del OSCE o la sede digital del OSCE.
➔ Diario Oficial El Peruano (05/03/25)
CONGRESO: Presentan proyecto que modifica Código de Protección y Defensa del Consumidor
El grupo parlamentario Alianza para el Progreso presentó un proyecto de ley que buscaría garantizar que los procedimientos administrativos del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) en materia de vulneraciones de los derechos del consumidor puedan realizarse de una manera más célere. En ese sentido, se busca modificar el artículo 107 de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, señalando que todas las notificaciones en los procedimientos administrativos en materia de protección al consumidor, inclusive las del procedimiento sumarísimo, son realizadas exclusivamente, de conformidad con el artículo 20 de la Ley No. 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, o norma que la sustituya expresamente. Asimismo, busca incorporar el artículo 107-B referido a la etapa de resolución del expediente, que contenga lo siguiente: “En los procedimientos administrativos iniciados ante una Comisión de Protección al Consumidor, cuando el expediente se encuentre expedito para ser resuelto, el órgano resolutivo competente debe dejar constancia de ello en el expediente y notificarlo a las partes: En dicha etapa las partes no podrán formular alegaciones, ni presentar medios probatorios adicionales ni solicitar su actuación, a menos que sea requerido para ello por el órgano resolutivo competente”.
➔ Proyecto de Ley 10418/2024-CR (04/03/25)
Este boletín recoge los principales hechos vinculados con las áreas de competencia y regulación en el país. La información presentada es de carácter público. BFE+ no incorpora investigación propia ni se hace responsable por su contenido.
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