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Lima, 07 de octubre
2024 Año X

Lima, 07 de octubre 2024
Año X

Regulación & Competencia: Perú


NOTICIAS


MINEM: Establecen marco normativo para el desarrollo de la industria petroquímica en el Perú

El Ministerio de Energía y Minas (MINEM) ha establecido un marco normativo que busca facilitar el desarrollo de la industria petroquímica en Perú, priorizando la producción de urea y fertilizantes para apoyar la agricultura. El decreto legislativo otorga incentivos para la implementación y operación de plantas petroquímicas, garantizando un suministro competitivo de gas natural con la empresa Pluspetrol asegurando este suministro mediante un mecanismo de open season, según la autoridad. La norma también promueve tarifas más competitivas y una supervisión eficiente en la instalación de plantas. Además, se agilizaría la evaluación de estudios ambientales y se otorgarían facilidades a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales para extender la vigencia de terrenos destinados a proyectos petroquímicos. Este impulso a la industria busca reducir las importaciones de urea, contribuirá a la masificación del gas natural y dinamizará la economía con inversiones y generación de empleo.

Portal Institucional del MINEM (02/10/24)


La Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (ANPD), adscrita al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH), sancionó a Telefónica del Perú S.A.A. por obstruir la fiscalización en dos ocasiones entre 2023 y 2024. Las sanciones, de 22.50 y 19.13 UIT, fueron impuestas por no atender requerimientos informativos y obstaculizar investigaciones sobre tratamiento indebido de datos personales, en particular en casos donde se validó incorrectamente la identidad de denunciantes, permitiendo la adquisición indebida de líneas telefónicas y el uso fraudulento de tarjetas de crédito y débito. La ANPD también sancionó a otras entidades, como el Jurado Nacional de Elecciones y Banco Ripley, por prácticas obstructivas similares. Estas acciones reflejan la obligación legal de colaborar con la autoridad en la fiscalización, conforme a la Ley de Protección de Datos Personales y la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Portal Institucional la ANPD (02/10/24)


Mediante las Resoluciones 134-2024-PRE/INDECOPI y 135-2024-PRE/INDECOPI, se formalizaron las designaciones de los señores Luis Alonso García Muñoz Najar y Carlos Alberto Macedo Vela, respectivamente, como miembros de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), por el periodo de cinco (5) años. El señor García ha sido presidente de la Sala de Propiedad Intelectual en el periodo 2000-2005. Por otro lado, el señor Macedo ha sido comisionado en la Comisión de Protección al Consumidor (CPC), Fiscalización de la Competencia Desleal (CCD) y Procedimientos Concursales (CCO), en el periodo 1994-2017.

Diario Oficial El Peruano (03/10/24)
Diario Oficial El Peruano (03/10/24)


La Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) declaró infundada la denuncia interpuesta por la Sociedad Nacional de Pesquería (SNP) y declaró que la prohibición sobre la extracción, transporte, procesamiento y comercialización de anchoveta en tallas menores a doce (12) centímetros no constituye una barrera burocrática ilegal. Según el análisis de la CEB, la Ley General de Pesca admite la posibilidad de restringir la captura de especies marinas, siempre y cuando dicha restricción esté fundada en evidencias científicas y consideraciones socioeconómicas. En este caso, la restricción de la pesca de la anchoveta menor a doce (12) centímetros se sustentaría en los estudios científicos realizados por el Instituto del Mar del Perú (IMARPE). Adicionalmente, la CEB señaló que la denunciante no presentó pruebas suficientes para demostrar la falta de razonabilidad de la medida.

Portal institucional del INDECOPI (02/10/24)


El Poder Ejecutivo aprobó el decreto legislativo que declara de necesidad pública e interés nacional la intervención estratégica e integral en las zonas de influencia del Terminal Portuario Multipropósito de Chancay (TPMCH) y aprobar disposiciones especiales por su construcción y funcionamiento, con la finalidad de facilitar el desarrollo de proyectos de inversión considerados en el instrumento de acondicionamiento territorial y/o en los instrumentos de planificación urbana, priorizados conforme a los procesos y procedimientos establecidos en la fase de Programación Multianual de Inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (SNPMGI). Entre las disposiciones especiales aprobadas, resaltan la aplicación del Reajuste de Suelo para las zonas de influencia del TPMCH, las medidas para fortalecer la seguridad ciudadana y orden público en temas de infraestructura, y la creación de la Autoridad Nacional Autónoma para el desarrollo estratégico e integral del Terminal Portuario Multipropósito de Chancay como entidad ad hoc de naturaleza temporal dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros, encargada de impulsar el desarrollo económico y social, a través de la intervención estratégica e integral.

Diario Oficial El Peruano (02/10/24)


El Poder Ejecutivo aprobó el Decreto Legislativo que tiene por objeto modificar diversas disposiciones vinculadas con la promoción de la inversión privadas mediante Asociaciones Público Privadas. Entre las modificaciones efectuadas destacan la disposición relativa a la Solución Técnica de los proyectos ejecutados mediante la modalidad de Asociación Público Privada, a ser definida durante la fase de Formulación sobre la base de los estudios técnicos elaborados por la entidad pública titular del proyecto, o, por Proinversión, cuando la entidad pública titular del proyecto haya encargado su elaboración y/o contratación, según lo establecido en el Reglamento. Asimismo, se establece que dicha Solución Técnica no puede ser modificada por la entidad pública titular del proyecto durante el Proceso de Promoción. Sin embargo, se dispone que excepcionalmente, cuando Proinversión ejerce el rol de Organismo Promotor de la Inversión Privada, puede proponer modificaciones a la Solución Técnica de los proyectos durante el Proceso de Promoción, siempre que dichos cambios deriven de la profundización de estudios y tengan por finalidad buscar el cumplimiento de los niveles de servicio adecuados, siendo que las modificaciones deben contar con la opinión favorable de la entidad pública titular del proyecto. Respecto a las funciones de Proinversión, se adiciona identificar la existencia de contingencias técnicas significativas que pudieran retrasar el Proceso de Promoción, asumiendo de forma conjunta con la entidad pública titular del proyecto, la responsabilidad sobre la idoneidad del contenido de los estudios técnicos remitidos por las entidades públicas titulares de proyectos, conforme a lo establecido en el Reglamento.

Diario Oficial El Peruano (02/10/24)


En el marco del procedimiento de eliminación de barreras burocráticas por la imposición de una supuesta barrera burocrática ilegal o injustificada que prohíbe el traslado de residuos minerales por el casco urbano, la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) emitió una medida cautelar a favor de la empresa Nexa Resources El Porvenir S.A.C., mediante la cual se ordena a la Municipalidad Provincial de Pasco (MPP) suspender dicha prohibición hasta que se llegue a una decisión final. Según el análisis de la CEB, el otorgamiento de la medida cautelar se sustenta en que la MPP no cumplió con publicar en el diario de avisos judiciales la mencionada prohibición.

Portal institucional del INDECOPI (05/10/24)


La Comisión y Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) declararon barreras burocráticas ilegales diversas disposiciones emitidas por gobiernos regionales o locales: (i) el plazo de atención de ciento ochenta (180) días hábiles para tramitar el procedimiento de Deslinde y Titulación del Territorio de Comunidades Campesinas, establecido por el Gobierno Regional de Ayacucho (GRA); (ii) la suspensión del trámite de procedimientos administrativos para obtener, entre otros, certificados de posesión, licencias de habilitaciones urbanas y licencias de edificación, establecida por la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa (MDPH); y (iii) la limitación de que los revisores urbanos puedan evaluar los expedientes técnicos presentados para la construcción de edificaciones sostenibles, impuesta por la Municipalidad Distrital de Miraflores (MM). Según el análisis de la autoridad, las referidas disposiciones contravienen la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, así como otras normas de rango legal que regulan los procedimientos.

Diario Oficial El Peruano (04/10/24)
Diario Oficial El Peruano (04/10/24)
Diario Oficial El Peruano (04/10/24)


La Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos (CODECO) del Congreso de la República aprobó el dictamen recaído en el Proyecto de Ley 6453/2023-CR, mediante el cual se amplía el número de dietas y sesiones de los diferentes órganos resolutivos del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), de cuatro (4) a diez (10). Según el presidente de la CODECO, el congresista Idelso García Correa, el actual número de sesiones en los órganos resolutivos ha generado perjuicios en la tramitación de los procedimientos; entre otros, la disminución de la producción resolutiva, el incremento del número de solicitudes atendidas fuera del plazo legal y la disminución en la calidad de la evaluación y revisión de los pronunciamientos.

Portal institucional del Congreso (01/10/24)


El Ministerio de Energía y Minas (MINEM), a través del viceministro de Electricidad Víctor Carlos Estrella, presentó una propuesta para modificar la Ley No. 28832 con el objetivo de promover la competencia en la generación eléctrica, reducir costos y evitar el aumento de tarifas para usuarios residenciales, comercios y pequeñas industrias. La reforma busca diversificar la matriz energética, que depende en más de un 90% del agua y gas natural, promoviendo inversiones en energías renovables como la geotermia, biomasa, solar y eólica. La propuesta, aprobada por el Consejo de Ministros y pendiente de aprobación en el Congreso, sería clave para garantizar un suministro más económico, menos contaminante y apoyar el crecimiento económico del país, según las autoridades.

Portal Institucional del MINEM (03/10/24)


El Ministerio de Transportes y Comunicaciones dispuso la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1413, Decreto Legislativo para promover y facilitar el transporte marítimo en tráfico de cabotaje de pasajeros y de carga, aprobado por Decreto Supremo N° 029-2019-MTC, así como su Exposición de Motivos, con el objeto de recibir los comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general, dentro del plazo de quince (15) días calendarios, que culmina el próximo 22 de octubre.

Diario Oficial El Peruano (07/10/24)


El Poder Ejecutivo aprobó el decreto legislativo que fomenta la simplificación de procedimientos administrativos mediante la aplicación eficiente del silencio administrativo positivo, a fin de promover la competitividad y el crecimiento sostenible. Según dicho cuerpo normativo, para aplicar el supuesto previsto en el numeral 33.1 del artículo 33 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, las entidades de la administración pública que cuenten con un Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA deben evaluar el cambio de la calificación de silencio administrativo negativo por la aplicación de silencio administrativo positivo en aquellos procedimientos relacionados a las actividades productivas y la generación sostenible de empleos formales. Los criterios a considerar para priorizar la evaluación de los procedimientos administrativos contenidos en el TUPA serán los siguientes: (i) el administrado en el procedimiento es principalmente una persona natural o una micro, pequeña o mediana empresa, en el marco del objetivo de la presente norma, (ii) la trascendencia de la decisión final no pueda repercutir directamente en administrados distintos del peticionario, mediante la limitación, perjuicio o afectación a sus intereses o derechos legítimos, y (iii) el objeto de la solicitud del procedimiento administrativo iniciado se circunscriba a aspectos de naturaleza previa al inicio o ampliación de una actividad económica, cuya sola aprobación no habilita la ejecución de la misma.

Diario Oficial El Peruano (02/10/24)


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Lucía Villarán | Bullard Falla Ezcurra +

Aeton Salas
Asociado del área de Consultoría Económica

Asegurar, intervenir o competir

   

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