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Lima, 20 de mayo
2024 Año X

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Año X

Regulación & Competencia: Perú


NOTICIAS


El Congreso promulgó la Ley 32033, que garantiza y promueve el acceso y uso a los medicamentos genéricos. Esta permitirá que determinados medicamentos sean comercializados de manera obligatoria por farmacias y boticas a bajos precios, siendo que el 30% del stock (de medicamentos) en todas las farmacias deben ser genéricos. La ley recoge gran parte de lo establecido en el Decreto de Urgencia 005-2024 emitido por el Poder Ejecutivo y busca garantizar la mejora en el acceso a los medicamentos genéricos de calidad y de bajo costo para la población. La obligación se circunscribe a aquellos productos que formen parte de la oferta de productos de marca, por ítem y no por número de unidades en stock. Sin embargo, establece que esta obligación no alcanza a microempresas. Asimismo, se indica que mediante Resolución Ministerial se aprobará el listado de los medicamentos esenciales genéricos a ofertar que se actualizará anualmente.

Diario Oficial El Peruano (20/05/24)
Diario Oficial El Peruano (19/05/24)


INDECOPI: Publican reporte sobre las compras públicas de medicamentos efectuadas por el sector salud a proveedores no domiciliados en Perú

La Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) presentó el “Reporte sobre los procedimientos de compras públicas de medicamentos con proveedores no domiciliados en el sector salud”, mediante el cual se analizan los procesos de contratación internacional de productos farmacéuticos y dispositivos médicos realizados durante el periodo 2019-2023 por el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud (Cenares) y el Seguro Social de Salud (EsSalud). En el reporte, la CLC recomienda diversas medidas para asegurar la competencia, transparencia y eficiencia en este tipo de contrataciones; asimismo, recomendó a la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid) desarrollar las acciones pertinentes para garantizar el cumplimiento de los plazos legales para la evaluación de las solicitudes de registro sanitario y de certificado de registro sanitario presentadas por proveedores domiciliados.

Portal institucional del INDECOPI (15/05/24)


CONGRESO: Presentan proyecto para incrementar sanciones penales por concertación de precios

El grupo parlamentario Perú Libre presentó el Proyecto de Ley No. 7850/2023-CR, el cual tiene como finalidad penalizar la concertación de precios con penas de entre 5 y 8 años, mediante la incorporación del artículo 236 en el Código Penal. El mismo proyecto señala que la pena privativa de libertad será de entre 15 y 20 años cuando la concertación: (i) esté vinculada con productos de primera necesidad; (ii) sea sobre medicamentos y servicios de salud; o, (iii) se realice en estado de emergencia y ponga en riesgo la salud o la vida de la población.

Proyecto de Ley 7850/2023-CR (15/05/24)


EJECUTIVO: Aprueban Decreto de Urgencia que busca dinamizar la ejecución de proyectos de inversión en transportes

El Poder Ejecutivo aprobó el Decreto de Urgencia No. 009-2024, que aprueba medidas extraordinarias en materia económica y financiera para dinamizar e impulsar la ejecución de Proyectos de Inversión en transportes. Para ello, se le otorgan facultades especiales al Ministerio de Transportes y Comunicaciones para que pueda realizar modificaciones contractuales, previo acuerdo con el concesionario, en el menor plazo posible para evitar incumplimientos de los Inversionistas respectos de los plazos pactados para la entrega de la infraestructura. Asimismo, el OSITRAN emitirá opinión técnica no vinculante previa a la modificación contractual. Según el Decreto de Urgencia, se emiten reglas para la construcción de vías internas necesarias para la operación del Nuevo Terminal del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez y para la ejecución del Paso en Lleno de la Tuneladora en la Estación E-13 de la Línea 2. Este Decreto de Urgencia estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2024.

Diario Oficial El Peruano (19/05/24)


CONGRESO: Presentan proyecto para modificar Ley de Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos

La congresista María del Carmen Alva presentó un proyecto de ley que buscaría modificar el Decreto Legislativo No. 1362, que regula la promoción de la inversión privada mediante Asociaciones Público Privadas (APP) y Proyectos en Activos. En específico, buscaría incorporar el inciso 3 en su artículo 21, para prohibir la restricción del ejercicio de atribuciones propias de la entidad pública a través de los contratos. Asimismo, incorporar el inciso 2 en su artículo 35, disponiendo la posibilidad de iniciar la explotación de la concesión, siempre que se haya cumplido con el nivel de inversiones pactadas; modificar el artículo 52, de modo que el nuevo plazo máximo de proyectos de APP sea de 30 años; y, modificar el artículo 56, de modo que establezca que los contratos de APP deban incluir una cláusula referida al mecanismo de solución de controversias, ya sea mediante la vía arbitral o judicial.

Proyecto de Ley 7853/2023-CR (15/05/24)


CONGRESO: Aprueban dictamen que amplía la prohibición de las comunicaciones spam

La Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos (CODECO) del Congreso de la República aprobó por unanimidad el dictamen recaído en los Proyectos de Ley 2942, 3131 y 3541 que modifican el artículo 58.1.e) e incorpora el artículo 58.3 a la Ley 29571 – Código de Protección y Defensa del Consumidor –, a fin de ampliar la prohibición de las comunicaciones spam. La autógrafa de ley prohíbe expresamente el uso de, entre otros, centros de llamadas, sistemas de llamado telefónico, envío de mensajes de texto a celular o de mensajes electrónicos masivos para promover productos y servicios; salvo para aquellos consumidores que manifestaron expresamente a los proveedores su consentimiento para ser contactados a través de dichos medios. Asimismo, la autógrafa establece que la vulneración a esta prohibición es considerada como infracción muy grave.

Portal institucional del Congreso (13/05/24)


APN: Sancionan a empresas prestadoras de servicios portuarios por no acreditar información relativa al otorgamiento de sus licencias

En el ejercicio de sus funciones de fiscalización y sanción, la Autoridad Portuaria Nacional (APN) sancionó a tres (3) empresas prestadoras de servicios portuarios básicos (SPB) por no presentar la información y/o documentación vinculada con la vigencia de los requisitos legales que fueron motivo de la emisión de sus licencias. Esta conducta constituye un incumplimiento de la obligación establecida en el literal c) del artículo 6 del Reglamento del Régimen General de Infracciones y Sanciones para la Actividad Portuaria, aprobado por Decreto Supremo No. 008-2008-MTC, que establece como obligación la remisión de toda información solicitada que guarde relación con el aspecto investigado por la APN en el marco de una inspección.

Portal institucional de la APN (13/05/24)
Portal institucional de la APN (13/05/24)
Portal institucional de la APN (13/05/24)


OSIPTEL: Identifican acceso a infraestructura y trámites municipales como principales problemas para despliegue de fibra óptica

La encuesta realizada por el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) a 61 empresas operadoras reveló que los principales obstáculos para el despliegue de redes FTTH (Fiber to the Home) en Perú son el acceso a la infraestructura de redes existente (23% de entrevistadas lo reconocieron como el principal problema) y los trámites municipales para obtener permisos (22%). En específico, el OSIPTEL reconoce que los operadores enfrentan problemas para usar canalizaciones como postes y ductos, y dificultades con tarifas y plazos municipales no estandarizados. Las zonas con mayores problemas incluyen Arequipa, Cusco, Junín, y varios distritos de Lima Metropolitana.

Portal Institucional del OSIPTEL (17/05/24) 


CONGRESO: Modifican Código de Protección al Consumidor

El Congreso publicó la Ley 32032 que modifica el Código de Protección y Defensa del Consumidor (CPDC) para simplificar el procedimiento para la solicitud de suspensión, cancelación o baja de servicios públicos. En ese sentido, se incorporó un numeral al artículo 66 del CPDC, que dispone la posibilidad para los usuarios de servicios públicos de telecomunicaciones, gas natural, saneamiento, agua potable y electricidad de solicitar a las empresas proveedoras, a través de todos sus canales de atención, la suspensión temporal, la cancelación o la baja del servicio. Así, el acceso a dichas solicitudes debe encontrarse en el menú de inicio de las respectivas páginas web, aplicaciones oficiales y canales telefónicos, y debe ser atendida de forma expeditiva siguiendo el principio de simplicidad.

Diario Oficial El Peruano (18/05/24)


EJECUTIVO: Aprueban Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Mediante Decreto Supremo 007-2024-JUS se aprobó el nuevo Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el cual complementa los deberes de la entidades comprendidas en su ámbito de aplicación y de los funcionarios responsables de atender las solicitudes de acceso a la información. Asimismo, establece mecanismos para facilitar a las entidades la entrega de información (como la posibilidad de entregas parciales y bajo un cronograma cuando deba utilizarse la prórroga, así como la modalidad de entrega de información por enlace en la nube para descarga) y aprueba un nuevo formato modelo de solicitudes de información donde se distingue entre los requisitos que obligatoriamente pueden exigir las entidades al momento de presentar, los ciudadanos, sus solicitudes, y otros que son opcionales. Así se impide la inclusión de requisitos arbitrarios e ilegales que obstruyen el acceso a la información. El reglamento también establece mejoras en el procedimiento para hacer predictivo el tránsito por el Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información cuando la solicitud de información es denegada, fijando plazos máximos para dicho procedimiento,

Diario Oficial El Peruano (16/05/24)


CONGRESO: Presentan proyecto que permite ingreso de alimentos y bebidas en eventos masivos

El grupo parlamentario Podemos Perú presentó un proyecto de ley que busca regular la venta de alimentos y bebidas a los eventos de concurrencia masiva, a fin de evitar prácticas abusivas que limiten los derechos de los consumidores. En ese sentido, este proyecto de ley propone que los asistentes a cualquier evento de este tipo puedan ingresar con alimentos y/o bebidas para su consumo personal, tales como snacks, confitería, agua, bebidas gasificadas o refrescantes, así como cualquier producto igual o de similar característica a los que son ofertados por los organizadores del evento, quedando exceptuados de los productos permitidos las bebidas alcohólicas. Asimismo, establece la competencia del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) como la autoridad competente para fiscalizar el cumplimiento de la ley propuesta.

Proyecto de Ley 7887/2023-CR (17/05/24)


CONGRESO: Presentan proyecto para modificar el Decreto Legislativo que norma el arbitraje

La congresista María del Carmen Alva presentó un proyecto de ley que buscaría modificar el Decreto Legislativo No. 1071 que norma el arbitraje con el fin de garantizar la publicidad de todos los arbitrajes en los que intervenga como parte el Estado peruano tras su conclusión. Según la Exposición de Motivos del proyecto, este se fundamenta en una de las recomendaciones realizadas por la Defensoría del Pueblo en el marco de las controversias de la concesión Vías Nuevas de Lima, perteneciente a la empresa Rutas de Lima.

Proyecto de Ley 7842/2023-CR (14/05/24)


INDECOPI: SEL declara barrera burocrática un requisito al solicitar autorización para transporte terrestre de mercancías

La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas (SEL) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) declaró barrera burocrática ilegal la exigencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) de que solicitar la autorización para prestar el servicio de transporte de mercancías se consigne como actividad comercial principal ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT) la prestación de servicios de transporte terrestre de mercancías. Según el análisis de la SEL, la exigencia contraviene el Decreto Legislativo 757 – Ley Marco para el crecimiento de la inversión privada –, por cuanto afecta el derecho de las empresas a organizarse y desarrollar sus actividades de la forma que juzguen conveniente.

Diario Oficial El Peruano (15/05/24)


INDECOPI: Declaran barreras burocráticas ilegales la suspensión de licencias de edificación y del inicio y ejecución de obras en Miraflores

La Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) declaró barreras burocráticas ilegales la suspensión de las licencias de edificación aprobadas por revisores urbanos mediante informes técnicos favorables y la suspensión del inicio y de la ejecución de las obras de los proyectos que cuentan con licencia de edificación en virtud de haberse obtenido mediante informes técnicos favorables, ambas establecidas en el artículo tercero de la Ordenanza No. 610/MM de la Municipalidad Distrital de Miraflores (MDM). De acuerdo con la CEB, la ilegalidad de las medidas radica en el que la MDM no tiene competencia para suspender las licencias de edificación aprobadas por revisores urbanos, así como el inicio y/o ejecución de las obras de los proyectos que cuentan con licencia de edificación en virtud de haberse obtenido mediante informes técnicos favorables.

Diario Gestión (15/05/24)


OSINERGMIN: Aprueban Procedimiento para la Atención de Situaciones de Riesgo Eléctrico Grave

El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN) aprobó el “Procedimiento para la atención de situaciones de riesgo eléctrico” con el fin de asegurar que exista una actuación de forma inmediata ante situaciones de riesgo eléctrico grave (REG). La Resolución establece disposiciones de actuación de parte de los titulares de instalaciones de transmisión y distribución eléctrica frente a situaciones de REG que presupongan o no el incumplimiento de distancias de seguridad, que incluyen medidas iniciales, preventivas y de comunicación del REG a OSINERGMIN. Ello implica que este organismo tenga las facultades para verificar la documentación presentada por el Titular, realizar inspecciones a las instalaciones involucradas donde persista el REG y dicte medidas de seguridad en casos de necesidad.

Diario Oficial El Peruano (20/05/24)


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Desayuno virtual “Recent Developments in US Antitrust Enforcement”

El próximo 30 de mayo a las 10 am (Hora Argentina) se llevará a cabo el desayuno virtual “Recent Developments in US Antitrust Enforcement”. En esta oportunidad, el debate lo abrirá Edith Ramirez (Hogan Lovells, EE. UU). Cupos limitados.

   

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