Lima, 23 de agosto
2022 Año IX

Lima, 23 de agosto 2022
Año IX

Regulación & Competencia: Latam


NOTICIAS


CHILE: TDLC dicta condiciones de competencia en el mercado de tarjetas de crédito, débito y prepago

Mediante Instrucciones de Carácter General No. 5/2022, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) dictó condiciones para garantizar la libre competencia en el mercado de medios de pago con tarjetas de crédito, débito y prepago. En su mayoría las condiciones estuvieron inspiradas en recomendaciones que había realizado la Fiscalía Nacional Económica (FNE). Tras reconocer la posición dominante con la que cuentan Visa y Mastercard en el referido mercado, el TDLC indicó, entré otros, que: (i) es necesario implementar la interoperabilidad entre operadores adquirientes y emisores; (ii) se debe eliminar o modificar restricciones a licenciamiento de adquirencia; (iii) no se puede impedir a comercios aplicar precios diferenciados por medio de pago, de forma provisoria; y, (iv) las marcas de tarjetas no pueden imponer la aceptación conjunta de todos sus productos; entre otras instrucciones.

 Portal Institucional del TDLC (18/08/22)

 Portal Institucional de la FNE (17/08/22)


BOLIVIA: Defensa del Consumidor fiscalizará entrega de subsidios de lactancia

Jorge Silva, viceministerio de Defensa de los Derechos del Usuario y del Consumidor indicó que instalará puntos de supervisión en las distribuidoras de subsidios de lactancia habilitadas por el Servicio de Desarrollo de las Empresas Públicas Productivas (SEDEM), con el fin de que se puedan realizar reclamos de manera inmediata ante sobreprecios en algunos productos del subsidio. Además, indicó que el viceministerio celebró el convenio de supervisión con el SEDEM como resultado de las preocupaciones y observaciones de las beneficiarias del subsidio.

Diario El Deber (16/08/22)


BRASIL: CADE aprueba la adquisición de LafargeHolcim Brasil por parte de CSN cimentos

El Consejo Administrativo de Defensa Económica (CADE) aprobó por unanimidad, y sin restricciones, la adquisición por parte de CSN Cimientos, del 100% de las acciones emitidas por LafargeHolcim Brasil. Mientras CSN Cimientos actúa en la cadena productiva del acero – desde la extracción del mineral de hierro hasta su producción y comercialización – y cemento; LafargeHolcim Brasil se desenvuelve en el rubro de la fabricación de cemento, hormigón y áridos para la construcción civil. Con la mencionada transacción, CSN Cimentos lograría su expansión en el segmento de cemento y su diversificación geográfica, así como ocuparía mayor presencia en el mercado nacional. Con respecto a la operación, la autoridad concluyó que la referida operación no plantea preocupaciones a la competencia, toda vez que la presión competitiva por parte de reconocidos agentes económicos del mercado garantizarán niveles suficientes de libre concurrencia.

Portal institucional del CADE (17/08/22)


BRASIL: CADE denuncia cártel en mercado de distribución y reventa de gas de cocina

El Consejo Administrativo de Defensa Económica (CADE) sancionó a las empresas Nacional Gás Butano Distribuidora, Resendedora de Gás da Paraíba y Frazão Distribuidora de Gás por integrar un cártel en el mercado de distribución y renta de gas licuado (GLP), que operaba bajo la modalidad de fijación de precios, división de los mercados de distribución y reventa del producto. Con investigaciones iniciadas en el 2009 por parte de la Agencia Nacional de Petróleo (ANP), Policía Federal y el Ministerio Público de varios estados, el CADE descubrió que, junto a otros agentes económicos del mismo rubro, las empresas llegaban a acuerdos para falsear la competencia, coludiendo en la reventa del GLP en Paraíba y en el mercado de distribución en diversos estados del Nordeste de Brasil. Por otro lado, el CADE decidió archivar la denuncia a otras empresas investigadas, toda vez que se probó que cumplieron con el Término de Compromiso de Cesación (TCC), así como el pago de una contribución pecuniaria.

Portal institucional del CADE (17/08/22)


CHILE: TDLC dicta condiciones de competencia en el mercado de tarjetas de crédito, débito y prepago

Mediante Instrucciones de Carácter General No. 5/2022, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) dictó condiciones para garantizar la libre competencia en el mercado de medios de pago con tarjetas de crédito, débito y prepago. En su mayoría las condiciones estuvieron inspiradas en recomendaciones que había realizado la Fiscalía Nacional Económica (FNE). Tras reconocer la posición dominante con la que cuentan Visa y Mastercard en el referido mercado, el TDLC indicó, entré otros, que: (i) es necesario implementar la interoperabilidad entre operadores adquirientes y emisores; (ii) se debe eliminar o modificar restricciones a licenciamiento de adquirencia; (iii) no se puede impedir a comercios aplicar precios diferenciados por medio de pago, de forma provisoria; y, (iv) las marcas de tarjetas no pueden imponer la aceptación conjunta de todos sus productos; entre otras instrucciones.

Portal Institucional del TDLC (18/08/22)

Portal Institucional de la FNE (17/08/22)


CHILE: FNE analiza proyecto de ley que impacta mercado de gas natural chileno

La Fiscalía Nacional Económica (FNE), representada por su titular Ricardo Riesco y otros funcionarios, expusieron ante la Comisión de Minería y Energía del Senado los impactos que tendría el proyecto de ley que buscaría modificar el régimen aplicable a la revisión de rentabilidad anual de las empresas concesionarias de distribución de gas. De acuerdo con Riesco, el proyecto produciría un importante ahorro para los consumidores. Como ejemplo de ello, remarcó que a raíz de una deficiente regulación en junio de 2017, la empresa Metrogas pudo aumentar el costo de su servicio de distribución de gas natural, prestado mediante su relacionada Agesa. En ese sentido, de acuerdo con la FNE, con este proyecto se considerará la rentabilidad de todo el grupo verticalmente integrado, permitiendo así la baja de cuentas a favor de los consumidores.

Portal Institucional de la FNE (17/08/22)


COLOMBIA: SIC abre investigaciones a empresa propietaria de “Eastbay” y “Popcash” por aparentes violaciones de los derechos de los consumidores y el régimen de datos personales

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) inició investigaciones en contra de CONSTRUIR COMUNDO S.A.S. por presuntas vulneraciones al régimen de protección al consumidor, como consecuencia de las operaciones de crédito que el agente económico realiza a través de sus aplicativos Eastbay y Popcash. Entre las conductas investigadas están la difusión de información presuntamente engañosa, fallas de calidad en el servicio, cláusulas abusivas, falta de atención a los requerimientos de información realizados por la autoridad, y falta de disposición de mecanismos de atención de reclamos y quejas. De comprobarse la existencia de las presuntas infracciones, el agente económico sería sancionado con una multa de hasta USD 450,000.00 aproximadamente. Por otro lado, la Delegatura de Datos Personales de la SIC también abrió investigaciones en contra de CONSTRUIR COMUNDO S.A.S. por la presunta infracción de uso de información sensible para su gestión de cobranza. Ello, sin contar con la autorización previa, expresa e informada de los ciudadanos, y sin que se les informara las finalidades específicas para los cuales se recolectaron sus datos y los derechos que les asisten a propósito de dicha autorización. De comprobarse la existencia de las referidas conductas, además de la imposición de una multa pecuniaria, la empresa se vería obligada a suspender y/o cerrar sus actividades que involucran el tratamiento de datos personales.

Portal institucional de la SIC (18/08/22)

COLOMBIA: SIC sanciona a Movistar por publicidad engañosa y por vulnerar el derecho de terminación de contratos

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) sancionó a Movistar por haber difundido publicidad engañosa en el marco de la campaña “IlimiDatos – Pasa Gigas Pide y Comparte tus datos con quién quieras”. Según indica la autoridad, la compañía telefónica vulneró el deber de información, toda vez que la campaña permitía concluir a sus usuarios que sus datos podían ser compartidos con cualquier línea receptora, sea prepago o pospago; sin embargo, el servicio únicamente estaba disponible entre usuarios pospago. En esa misma línea, Movistar también fue sancionado por no brindar el trámite adecuado a las solicitudes de terminación de contrato a los usuarios que se sintieron engañados con la publicidad. La SIC señala que la compañía exigió documentos y requisitos no previstos dentro de la regulación para atender los pedidos, quejas y reclamos de usuarios. La SIC impuso a Movistar una multa de USD 344.004,29; sin embargo, contra la referida sanción, proceden los recursos de reposición y apelación.

Portal institucional de la SIC (23/08/22)

ECUADOR: Publican nueva Ley Orgánica para la fijación del precio de la leche

El pasado 17 de agosto fue publicada en el Registro Oficial la “Ley Orgánica para fomentar la producción, comercialización, industrialización, consumo y fijación del precio de la leche y sus derivados”, la cual obliga a la industria láctea a pagar a los productores de leche al menos USD 0.42 por litro de leche cruda más un valor adicional por calidad higiénica y sanitaria, que será definido mediante reglamento posteriormente. La referida ley también dispone: (i) la prohibición a la importación de leche en polvo por diez (10) años; (ii) la creación del Consejo Nacional de la Leche; (iii) la fijación de una tasa de interés especial para créditos a los ganaderos; y, (iv) sanciones penales para quienes no paguen el precio oficial a los productores.

Portal web de Primicias (19/08/22)

Registro Oficial No. 128 – Segundo Suplemento (17/08/22)


ECUADOR: SCPM sanciona a la empresa Banred por abuso de poder de mercado

La Superintendencia de Control del Poder de Mercado (SCPM) sancionó a la empresa Banred por incurrir en actos de abuso del poder de mercado, ante el incremento injustificado en sus tarifas para la renovación del Convenio de Interconexión de Redes de Cajeros Automáticos y por establecer condiciones desiguales para la provisión del servicio de red interbancaria de cajeros automáticos, ambos actos en perjuicio de la empresa Red Transaccional Cooperativa (RTC). La SCPM consideró que Banred cuenta con una posición dominante en el mercado de servicio de red interbancaria de cajeros automáticos y que dichas conductas afectaban la capacidad de expansión de RTC. Por ello, impuso a Banred una multa de USD 80,312.45 y ordenó la implementación de un programa de cumplimiento.

Portal Institucional de la SCPM (18/08/22)


MÉXICO: COFECE emplaza a agente económico del mercado de Gas licuado del petróleo por presuntas prácticas monopólicas

La Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) notificó a un agente económico por su probable responsabilidad en la realización de prácticas monopólicas relativas en el mercado de importación, comercialización, transporte, almacenamiento, distribución y expendio al público de gas licuado de petróleo (GLP). La autoridad sostiene que la referida empresa habría establecido distintos precios o condiciones de venta o compra a diferentes vendedores o compradores en condiciones equivalentes, en el mercado nacional de bienes y servicios relacionados al GLP. Con este emplazamiento, la empresa investigada podrá ejercer su derecho de defensa, ofreciendo pruebas relacionadas a las alegaciones hechas en su contra. De comprobarse la existencia de la conducta anticompetitiva, la COFECE resolverá interponer una multa de hasta el 8% de los ingresos de la empresa y ordenará la corrección o supresión de la presunta conducta monopólica.

Portal institucional de la COFECE (17/08/22)

PERÚ: INDECOPI declara barreras burocráticas ilegales varias disposiciones de municipalidades provinciales

Mediante Resoluciones No. 0237, y 0246-2022/SEL-INDECOPI, la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas (SEL) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) ratificó la ilegalidad de exigir la tramitación de un certificado de conformidad ambiental, así como de cumplir las obligaciones que este estipula y renovarlo anualmente a empresas dedicadas al rubro de almacén y depósito de insumos químicos.; en la medida que no estaba habilitada para exigir aquello mediante un procedimiento administrativo de parte. De igual manera, ratificó la ilegalidad de las condiciones impuestas por la Municipalidad Provincial del Cusco relacionadas con la imposición de un régimen de evaluación previa sujeta a silencio administrativo negativo para dos procedimientos de la entidad en tanto no acreditó haber sustentado técnica o legalmente la calificación de silencio administrativo negativo para estos procedimientos.

Diario Oficial El Peruano (19/08/22)

Diario Oficial El Peruano (19/08/22)

PERÚ: INDECOPI fiscaliza a Plaza Vea por presunta infracción contra derechos de consumidores

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) ha iniciado una fiscalización a Plaza Vea a fin de evaluar si se afectaron los derechos de los consumidores tras la publicación, el pasado de 11 de agosto, de descuentos de hasta el 90% de sus precios reales. Un representante de la empresa señaló que dichas ofertas se debían a un error involuntario. La empresa habría promocionado la venta de muebles a precios que oscilaban entre S/3.60 y S/86.00, y juegos de comedor desde S/9.00 hasta S/71.96. Actualmente, INDECOPI se encuentre fiscalizando a “La Curacao” y “Saga Falabella” por incurrir en actos similares.

Portal Institucional del INDECOPI (17/08/2022)


ARTÍCULOS


Agustín Valencia-Dongo
Asociado Senior del área de
Regulación y Competencia

“Consumidores o autores:
cuál pesa más? ”


EVENTOS


Argentina: Desayuno Virtual ForoCompetencia

ForoCompetencia invita al próximo desayuno virtual: “Acciones de daños por temas antitrust”, que tendrá lugar el martes 30 de agosto a las 10:00am, hora de Argentina.

Inscríbete en: https://www.forocompetencia.com/desayunos-virtuales

   

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