
Regulación & Competencia: Latam
NOTICIAS
Perú: INDECOPI sanciona en primera instancia a cártel integrado por empresas constructoras y ejecutivos

La Comisión de Defensa de la Libre Competencia (Comisión) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) sancionó, en primera instancia administrativa, al denominado “Cártel de la Construcción”, integrado por 33 empresas constructoras y a 26 de sus ejecutivos, por haberse repartido 112 procesos de contratación pública para la construcción, mejoramiento, rehabilitación y mantenimiento de carreteras en el país convocados por Provías del Ministerio de Transporte y Comunicaciones, y otras entidades del Estado. Las multas impuestas por la Comisión a las empresas ascienden a un total de 624 891,50 UIT, equivalentes a más de S/ 2 749 000 000 (aproximadamente USD 682 millones); mientras que los ejecutivos fueron multados con un total de 1 531,3 UIT, equivalente a más de S/ 6,7 millones (aproximadamente USD 1.6 millones). Además, la Comisión ordenó que las empresas implementen programas de cumplimiento por un período de cinco años. La decisión emitida por la Comisión puede ser apelada ante la Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Tribunal del INDECOPI, última instancia administrativa que podrá confirmar, revocar o anular esta decisión.
➔ Portal Institucional del INDECOPI (18/11/21)
Argentina: Gobierno defiende fusión entre Telecom y Cablevisión
Representantes del Estado Nacional contestaron a la demanda planteada por los trabajadores de la empresa Telecom que solicita la nulidad de la decisión de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) que aprobó la fusión entre Telecom y Cablevisión en el 2018. De acuerdo con la demanda de nulidad, la fusión produciría un monopolio y una reducción de la competencia. Ante ello la defensa jurídica del Estado sostuvo que los efectos de la fusión fueron tomados en cuenta por la CNDC por lo cual no sería posible revertir la fusión objetada. Adicionalmente a la demanda judicial, por la vía administrativa, los trabajadores de Telecom han impugnado los votos favorables a la fusión de los vocales Esteban Greco y Roberta Bidart debido a que ambos habrían sido consultores en GPR Economía, consultora que habría trabajado para Telecom y Cablevisión.
Brasil: CADE inicia proceso para investigar cartel internacional de empresas farmacéuticas
El pasado 18 de noviembre, la Superintendencia General del Consejo Administrativo de Defensa Económica (CADE) inició procedimiento administrativo contra siete empresas y 11 de sus funcionarios por la presunta formación de un cartel internacional en la cadena de producción y comercialización de productos farmacéuticos, que tienen en su composición fármacos antiespasmódicos. El presunto acuerdo habría iniciado a principios de la década de 1990 hasta el 2019 y consistiría en la fijación de cuotas de producción y venta de escopolamina-n-butilbromuro (SnBB), componente de los fármacos antiespasmódicos, además de la coordinación del precio de venta del producto y la creación de barreras artificiales a la entrada de nuevos competidores. Dicho acuerdo habría sido reforzado a partir del seguimiento y continuo intercambio de información sensible entre competidores. Cabe destacar que las empresas participantes del cartel podrían afrontar multas de hasta 20% de su facturación.
➔ Portal Institucional del CADE (22/11/21)
CAN: Sancionan a Familia y Kimberly Clark por prácticas anticompetitivas en mercado de papeles suaves
Mediante la Resolución No 2236, la Secretaría General de la Comunidad Andina (CAN) sancionó a los grupos Kimberly Clark y Familia por infringir las condiciones de competencia en el mercado de papeles suaves (papel higiénico, servilletas de papel, pañuelos de papel y toallas de papel). De acuerdo con esta Resolución, los hechos por los que fueron inspeccionados se habrían originado en Colombia y habrían causado efectos negativos en el mercado del Ecuador, por lo que se determinó la imposición de una multa de USD 17 millones para el grupo Kimberly Clark y la suma de USD 16 millones para el grupo Familia. Así, esta decisión de la CAN es el resultado de una investigación iniciada en el año 2016 a solicitud de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado del Ecuador (SCPM), institución encargada de controlar y vigilar prácticas restrictivas y prácticas desleales, promoviendo la competencia, eficiencia y transparencia del mercado y el comercio justo en dicho país.
➔ Portal Institucional de la CAN (19/11/21)
Chile: FNE no acoge la denuncia de de FinteChile por la no aceptación de tarjetas de prepago en algunos grandes retail
Tras la denuncia de la Asociación de Empresas de Innovación Financiera de Chile (FINTECHILE) ante la Fiscalía Nacional Económica (FNE) por la no aceptación de tarjeta de prepago en el mercado retail, la FNE ha decidido no acogerla. La FNE indicó que los comercios afiliados por Transbank S.A. tienen la potestad de decidir la aceptación o no, como medio de pago, de cada tipo específico de tarjetas, pudiendo elegir indistintamente aquellas que sean de su interés contratar. La FNE comunicó que, si bien la denuncia no sería acogida, el gremio podría ejercer acciones ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia o en otra sede que estime pertinente.
➔ Diario La Tercera (19/11/21)
Chile: FNE señala que bases de licitación elaboradas por el SENCE desincentivan la participación y reducen la intensidad competitiva
Recientemente se realizó la audiencia pública en el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) con el fin de revisar la consulta presentada por la Escuela de Conductores Automóvil Club de Chile sobre las bases elaboradas por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE) para licitar servicios de capacitación para obtener licencias profesionales Clase A-3 y A-5. En el marco de dicha audiencia, el abogado de la División Antimonopolios de la Fiscalía Nacional Económica (FNE), Pedro Sepúlveda, señaló que dichas bases de licitación contienen aspectos que desincentivan la participación de oferentes y/o reducen la intensidad competitiva entre ellos. Asimismo, advirtió que la restricción establecida en las bases de licitación aumentó el riesgo de coordinación al facilitar el descarte de un posible oferente como un competidor efectivo en determinadas comunas.
➔ Portal Institucional de la FNE (17/11/21)
Colombia: SIC formula pliego de cargos por presunto acuerdo de precios en mercado de transporte fluvial en Cesar y Bolívar
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) formuló pliego de cargos en contra de las empresas Sociedad de Agricultores y Ganaderos de Bolivar y Cesar S.A. y Servicio Fluvial de Bolivar y Cesar S.A.S por presuntamente haber celebrado y ejecutado un acuerdo de fijación de precios para igualar las tarifas en la prestación del servicio de transporte fluvial de carga en la modalidad de transbordo de vehículos entre Gamarra, Cesar y Morales, Bolívar. En adición a ello, la SIC formuló pliego en contra de 7 personas naturales vinculadas con las empresas investigadas. De acuerdo con la SIC, las empresas habrían equiparado las tarifas en 15 de los servicios que ofrecían a los consumidores. Dicho se habría celebrado en el año 2018 y su ejecución se habría materializado entre finales de 2018 e inicios de 2019 hasta por lo menos enero de 2021.
➔ Portal Institucional de la SIC (18/11/21)
Ecuador: SCPM sanciona a empresa de tratamientos de diálisis por no notificar operación de concentración económica
La Superintendencia de Control y Poder de Mercado (SCPM) sancionó a la empresa Coindialisis, dedicada a la administración de centros médicos de tratamiento de diálisis, con una multa de US$ 17’043.05 por adquirir el 99.99% de acciones de la empresa Dialymedical, prestadora de tratamientos de hemodiálisis, sin haberlo notificado previamente a la SCPM. Al respecto, la SCPM consideró que la adquisición de la mayoría del capital social de Dialymedical configuraba una operación de concentración vertical y significaba la adquisición de una participación de mercado superior al 30% por parte de Coindialisis en el mercado relevante del servicio de tratamiento de hemodiálisis en centros de la Red Privada Complementaria en la provincia de El Oro, al sur de Ecuador. Siendo ello así, al haber generado un cambio de control, dicha operación debió ser notificada a la SCPM por lo que Coindialisis había incurrido en una infracción muy grave.
➔ Portal Institucional de la SCPM (19/11/21)
Paraguay: CONACOM desestimó reconsideración contra resolución que aprobaba con condiciones una operación concentración en el mercado de servicios portuarios
La Comisión Nacional de Competencia (CONACOM) declaro infundado el recurso de reconsideración presentado por la empresa Medlog S.A. contra la resolución por la cual se autorizó con condicionamientos la operación de concentración entre Medlog S.A. y San Francisco S.A. A juicio de la recurrente, la CONACOM no debió haber establecido condicionamientos, pues las partes no tenían posición de dominio en el mercado de servicios portuarios y, además, el condicionamiento de la operación atentaba contra las normas de libre competencia. Sin embargo, de acuerdo con la CONACOM, las condiciones fueron impuestas, pues se determinó que San Francisco S.A. adquiría una importante posición de dominio en el mercado de servicios portuarios producto de la operación. Asimismo, la CONACOM señaló que condicionar una operación de concentración no limita la libre competencia, sino por el contrario la fortalece al eliminar restricciones y obstáculos significativos en esta.
➔ Portal Institucional de la CONACOM (18/11/21)
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