
Regulación & Competencia: PERÚ
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Ejecutivo: Presidente informa que cualquier renegociación respetará Estado de derecho

El presidente de la República, Pedro Castillo, advirtió que está a favor de cualquier renegociación, respetando el Estado de derecho y los intereses nacionales. “Cualquier renegociación se dará con respeto irrestricto al Estado de derecho y velando por los intereses nacionales en favor del desarrollo del país”, informó en la red social Twitter. Además, señaló que su gestión sigue comprometida en llevar el gas barato a todos los peruanos. Este mensaje se dio luego de que el presidente del Consejo de Ministros, Guido Bellido, publicara en su cuenta en Twitter un mensaje dirigido a la empresa explotadora y comercializadora del gas de Camisea, convocándola a renegociar el contrato con el Estado peruano, pues de lo contrario el Gobierno optará por la “recuperación” o “nacionalización” del yacimiento gasífero.
➔ Diario El Peruano (27/09/21)
➔ Diario El Comercio (26/09/21)
INDECOPI: Declaran como barrera burocrática ilegal la disposición del plan pico y placa
La Sala Especializada en Barreras Burocráticas (SEL) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) declaró como barrera burocrática ilegal la disposición de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML), que dispuso el plan “pico y placa” en la Panamericana Norte y la Panamericana Sur. La razón de ello es que la MML no tiene competencia para regular la circulación de vehículos de carga en las carreteras mencionadas, siendo que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones restringir o limitar la circulación de vehículos en la Red Vial Nacional a la que estas pertenecen. Finalmente, la SEL estableció el plazo de hasta un mes a la MML para que le informe a la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas sobre las acciones adoptadas con relación a lo resuelto en su fallo.
INDECOPI: Identifican el incumplimiento de plazos para emisión de registro sanitario de medicamentos
Como parte de un Reporte de Mercado destinado a identificar mejoras del procedimiento de registro sanitario de medicamentos, la Dirección Nacional de Investigación y Promoción de la Libre Competencia del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) destacó entre sus conclusiones el incumplimiento de los plazos para emisión de registro sanitario que afecta acceso oportuno a medicamentos. A partir de una evaluación desarrollada durante el periodo 2014 – 2021, se detectó que desde 2019, existía un retraso en la inspección y emisión de los certificados de Buenas Prácticas de Manufactura, que es un requisito para el registro sanitario y cuya evaluación tiene un plazo de 90 días para laboratorios extranjeros que no son parte de los Países de Alta Vigilancia Sanitaria (PAVS), como India, China, Argentina, Colombia y México, entre otros. Asimismo, la Dirección ha identificado la falta de suficientes laboratorios nacionales con capacidad para el desarrollo de estudios de equivalencia terapéutica, como un factor que retrasa la eventual inscripción o reinscripción del registro sanitario para medicamentos genéricos para distintas enfermedades que requieren demostrar su intercambiabilidad con el medicamento “de marca”. Por esta razón, la Dirección ha planteado un conjunto de recomendaciones dirigidas al Ministerio de Salud y la DIGEMID, destinadas a mejorar el acceso y uso oportuno de los medicamentos.
➔ Portal Institucional de INDECOPI (22/09/21)
OSITRAN: Revocan decisión de Aeropuertos Andinos del Perú y se ordena que atienda solicitud de acceso de Talma
El Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (OSITRAN) publicó la Resolución N° 104-2021-TSC-OSITRAN del Tribunal de Solución de Controversias (TSC), la cual revocó la Resolución N° 001-2021-AAP-MAIL-LIM que había sido emitida por Aeropuertos Andinos del Perú. En adición, el TSC ordenó a la concesionaria que atienda la solicitud de acceso a oficinas operativas para la prestación del servicio esencial de atención de tráfico de pasajeros y equipaje en los aeropuertos de Ayacucho y Puerto Maldonado. Además, se dispuso que la resolución constituye precedente de observancia obligatoria en ciertos extremos, entre ellos, el alcance desarrollado de la definición de cadena logística de transporte en un terminal aeroportuario.
➔ Portal Institucional del OSITRAN (22/09/21)
INDECOPI: Emiten reporte sobre venta de medicamentos en clínicas privadas
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) ha publicado el Reporte denominado “Mercado de comercialización minorista de medicamentos en clínicas”. En él, la Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC) emite una serie de recomendaciones dirigidas a promover la competencia en el mercado de medicamentos que se venden en las farmacias de las clínicas privadas. Ello a partir de que la CLC encontró diferencias significativas entre los precios de la mayoría de los medicamentos recetados para el tratamiento de la COVID-19 en las farmacias de las clínicas, en comparación con las farmacias y boticas privadas. Ante ello, la CLC recomendó a la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD) brinde información evaluar establecer un procedimiento para la entrega obligatoria de la información de las clínicas o centros médicos privados que permita transparentar los precios de los exámenes, procedimientos médicos y medicamentos en sus atenciones; así como también recomendó al Ministerio de Salud (MINSA) evaluar establecer un procedimiento para autorizar el ingreso de medicamentos no comprados en las farmacias de las clínicas o centros médicos privados sin perjudicar las exigencias de seguridad sobre estos medicamentos.
➔Portal Institucional del INDECOPI (21/09/21)
MINEM: Publican proyectos de procedimientos para la transferencia de información en el mercado de Gas Natural y funcionamiento del MECAP
Mediante la Resoluciones 368-2021 y 369-2021-MINEM/DGH, el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) prepublicó el “Procedimiento Operativo para la Transferencia de Información en el Mercado de Gas Natural” y el “Procedimiento Operativo del mercado electrónico de las subastas de transferencia de volumen de suministro y/o capacidad de transporte de gas natural (MECAP)”, en el marco del Decreto Supremo 012-2021-EM. En ese sentido, el MINEM ha propuesto el procedimiento para la entrega de información al Gestor de Gas Natural, agente encargado de gestionar la información de las operaciones en el mercado primario y las transacciones en el mercado secundario, a fin de estimar la disponibilidad y capacidad de transporte. Asimismo, se ha planteado el procedimiento del mecanismo de subasta para las transacciones de suministro y capacidad de transporte a firme de gas natural. Los interesados tendrán hasta el 29 de setiembre para enviar sus comentarios.
➔Diario Oficial El Peruano (21/09/21)
INDECOPI: Entran en vigencia nuevos parámetros técnicos para la colocación octógonos
Mediante un trabajo articulado de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (CCD) con la Dirección de Fiscalización (DFI) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), se inició una campaña de supervisión y monitoreo del cumplimiento de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable (Ley 30021), ante la entrada en vigencia de los nuevos parámetros técnicos para la colocación de octógonos en las etiquetas de los alimentos procesados y bebidas no alcohólicas en los envases y publicidad en los medios de comunicación. Se recuerda que el INDECOPI, a través de la CCD se encuentra facultado para iniciar un procedimiento sancionador en caso de que se verifique un incumplimiento al Manual de Advertencias Publicitarias, que podría conllevar a la imposición de una multa de hasta 700 UIT.
➔Portal Institucional del INDECOPI (18/09/21)
Congreso: Se propone distribuir “equitativamente” el espectro radioeléctrico
La bancada de Perú Libre ha propuesto en el congreso el Proyecto de Ley 0269-2021-CR, el cual plantea declarar como necesidad pública a la distribución justa y equitativa del espectro radioeléctrico y electromagnético. Además de ello, el proyecto considera a los medios de comunicación como servicios públicos. Se propone establecer como un deber para el Estado peruano la corrección y prevención de concentraciones o acaparamientos de las frecuencias de radio y televisión. De acuerdo con la Exposición de Motivos, el objetivo de esta propuesta es garantizar la pluralidad de medios de comunicación, así como garantizar la colaboración entre el Estado y los medios de comunicación para que estos sean promotores de la educación y cultura, promoviendo la ética de los contenidos allí difundidos. El Instituto Prensa y Sociedad ha rechazado la propuesta por considerarla una amenaza a la libertad de expresión.
➔Portal Institucional del Congreso (17/09/21)
➔Portal institucional de la Defensoría del Pueblo (21/09/21)
ARTÍCULOS

Eduardo Quintana
Socio
La falacia de la distribución justa y equitativa del espectro
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