
Regulación & Competencia: PERÚ
NOTICIAS
MTC: Autorizan el despliegue de tecnología 5G para servicios móviles

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) declaró que el 13 de abril se autorizó a tres operadores de servicios de telecomunicaciones la implementación de la tecnología 5G para los servicios móviles. Esta implementación se realizará bajo el estándar non-standalone (NSA), es decir, sobre infraestructura de redes ya existentes, en los bloques de espectro asignados previamente en las bandas 1.7 GHz, 2.1 GHz, 2.5 GHz y 3.5 GHz. De acuerdo con el MTC, este proceso empezará en Ica, Trujillo, Arequipa, Cañete, Huarochirí, Callao y Lima para luego expandirse a nivel nacional conforme se vayan aprobando las autorizaciones y de acuerdo con los planes nacionales de las operadoras.
➔Portal institucional del MTC (13/04/21)
MINEM: Modifican Reglamento de Distribución de Gas Natural
Mediante Decreto Supremo No. 008-2021-EM, el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) ha modificado el Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo No. 042-99-EM. Entre sus modificaciones, se han incluido disposiciones sobre el traslado de los costos del servicio de transporte y suministro de gas natural a los clientes regulados e independientes, sin perjuicio de lo señalado en los contratos de concesión y los contratos privados existentes; así como disposiciones que permitan destinar recursos del FISE y el SISE a la cobertura de los costos de infraestructura de distribución de gas natural; así como aquellas que habilitan la utilización de cargos para remunerar dicha infraestructura y, de esa manera, impulsar la masificación del gas natural.
➔ Diario Oficial El Peruano (18/04/21)
INDECOPI: Lanzan campaña contra las prácticas anticompetitivas
Como parte de los mecanismos para evitar prácticas anticompetitivas, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) ha lanzado la campaña publicitaria “No a la concertación” que busca crear consciencia contra la comisión de conductas ilícitas como la concertación de precios y el reparto de clientes. Asimismo, busca promover que la ciudadanía denuncie actos de concertación, acogiéndose al Programa de Recompensas, por el cual podrían recibir hasta S/ 400 mil. Esta campaña está siendo financiada a través de un fideicomiso, con aportes de determinadas empresas que ofrecieron un Compromiso de Cese, que fue aprobado por la Comisión de Defensa de la Libre Competencia.
➔Portal institucional del INDECOPI (16/04/21)
OSITRAN: Proponen desestimar solicitud de desregulación tarifaria de COPAM
Mediante la Resolución No. 0015-2021-CD-OSITRAN, el Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (OSITRAN) aprobó el Informe denominado Propuesta: Desestimación de la solicitud de desregulación tarifaria. Esta propuesta fue presentada por la empresa Concesionaria Puerto Amazonas S.A. (COPAM) con el fin de que se desregule la tarifa del servicio de almacenamiento del cuarto día en adelante para carga fraccionada en almacén descubierto brindado en el Nuevo Terminal Portuario de Yurimaguas – Nueva Reforma. Asimismo, se otorga un plazo de veinte (20) días hábiles para que los interesados remitan por escrito sus comentarios o sugerencias.
➔Diario Oficial El Peruano (14/04/21)
OSINERGMIN: Proponen procedimiento de fiscalización de reintegros y recuperos de energía
Mediante la Resolución No. 071-2021-OS/CD, el Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN) publicó el proyecto del “Procedimiento para la fiscalización de los reintegros y recuperos de energía eléctrica en el servicio público de electricidad”. De acuerdo con la entidad, se busca incorporar al procedimiento (i) la modificación del artículo 92 de la Ley de Concesiones Eléctricas sobre la tarifa utilizada en el cálculo, (ii) el artículo 64-A del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas que establece la obligación de leer mensualmente los medidores de energía eléctrica y (iii) los criterios de evaluación en los supuestos de recuperos por error en el proceso de facturación o por vulneración de condiciones de suministro. El OSINERGMIN recibirá comentarios de los interesados hasta el 14 de mayo de 2021.
➔ Diario Oficial El Peruano (14/04/21)
Congreso: Proyecto de Ley de productos farmacéuticos es decretado a Comisión de Salud y Población
El congresista del Grupo Parlamentario Acción Popular, Otto Guibovich, presentó una iniciativa legislativa que tiene por objeto mejorar la oferta de productos de productos para la salud a mejor precio y generar competitividad en este sector. A estos efectos, propone la modificación de la Ley No. 29459, Ley de los productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios, para permitir el registro automático de aquellos productos que estén autorizados por la Agencia de Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA por sus siglas en inglés) y la Agencia Europea de Medicamentos (EMA por sus siglas en inglés). Por otra parte, el proyecto agrega como requisito para la autorización sanitaria especificar en qué tipo de productos se especializan los establecimientos dedicados a la fabricación, importación, almacenamiento, distribución, comercialización, dispensación y expendio de estos.
➔ Portal institucional del Congreso (13/04/21)
INDECOPI: Multan a Mifarma por no vender genéricos por unidad
Mediante Resolución No. 049-2021/CC3, La Comisión de Protección al Consumidor N°3 del del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) sancionó a Mifarma S.A.C. con una multa de 104.5 UIT, lo cual equivaldría a S/ 459,800.00, por realizar dos conductas que contravinieron el Código de Protección y Defensa del Consumidor. La primera fue no poner a disposición de los consumidores la lista de precios de los productos farmacéuticos que comercializa en los términos que exige la norma, pues pese a que contaban con una pantalla giratoria para la consulta de precios, los usuarios requerían de la atención del personal para utilizarla. La segunda fue obstaculizar la venta de medicamentos genéricos por unidad, y no brindar información veraz a los consumidores al señalar que no tenían el medicamento “Naproxeno” de 550 mg. en su versión genérica cuando este estaba disponible en almacén.
➔ Diario El Comercio (13/04/21)
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Alejandro Falla
Socio
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